Gestión de calidad de los servicios de prevención de riesgos laborales
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- El 5 agosto, 2004
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D. FUNCIÓN IV.
INFORMACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES
1. DEFINICIÓN
El Servicio de Prevención elaborará la información necesaria sobre los riesgos para la seguridad de los traba-jadores, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo, así como las medidas y actividades de protección.
2. CRITERIOS
CRITERIO A:
El Servicio de Prevención elaborará la información teórico-práctica, suficiente y adecuada en materia de pre-vención, centrada en cada puesto de trabajo, para que el trabajador la reciba en el momento de su contratación, así como la información adaptada cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeña o se introduzcan nue-vas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, que generen evolución en los riesgos o la aparición de otros nuevos. La información deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y contemplará las medidas necesa-rias en materia de primeros auxilios.
1 .- El Servicio de Prevención elaborará la información teórico-práctica, suficiente y adecuada en materia de prevención, centrada en cada puesto de trabajo, para que el trabajador la reciba en el momento de su contratación, así como la información adaptada cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeña o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, que generen evolución en los riesgos o la aparición de otros nuevos. La información de-berá analizar las posibles situaciones de emergencia y contemplará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios.
3.- El Servicio de Prevención elaborará la información teórico-práctica, suficiente y adecuada en materia de prevención, centrada en cada puesto de trabajo, para que el trabajador la reciba en el momento de su contratación, así como la información adaptada a cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeña o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo, que genere evolución en los riesgos o la aparición de otros nuevos.
5.- El Servicio de Prevención elaborará la información teórico-práctica, suficiente y adecuada en materia de prevención, centrada en cada puesto de trabajo, para que el trabajador la reciba en el momento de su contratación.
E. FUNCIÓN V
PRIMEROS AUXILIOS Y PLANES DE EMERGENCIA
1. DEFINICIÓN
El Servicio de Prevención teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, y las personas ajenas a la misma, analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de prime-ros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, señalando el personal necesario y con la prepa-ración adecuada. Coordinando las relaciones necesarias con servicios externos al Servicio de Prevención, en particu-lar asistencia medica de urgencia, salvamento o lucha contra incendios, garantizando la eficacia de la misma.
2. CRITERIOS
CRITERIO A:
El Servicio de Prevención en función de! tamaño y la actividad de la empresa, y las personas ajenas, – analiza-rá las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, adecuando los recursos humanos cualificados. Coordinando las relaciones externas al Servicio de Prevención, en particular la asistencia medica de urgencia, salvamento o lucha co-ntra incendios, garantizando la eficacia de la misma.
1.- El Servicio de Prevención en función del tamaño y la actividad de la empresa, y las personas ajenas, analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, adecuando los recursos humanos cualificados. Coordinando las relaciones externas al Servicio de Prevención.
3.- El Servicio de Prevención en función del tamaño y la actividad de la empresa, y las personas ajenas, analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, adecuando los recursos humanos cualificados.5.- El Servicio de Prevención en función del tamaño y la actividad de la empresa, y las personas ajenas, analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores ante situaciones de emergencia.
F. FUNCIÓN VI
VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES EN RELACIÓN A LOS RIESGOS DERIVADOS DEL TRA-BAJO
1. DEFINICIÓN
El Servicio de Prevención elaborará el plan de prevención de riesgos laborales determinando la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de los trabajadores a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que pue-den influir negativamente en la salud, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Evaluará los riesgos y sí de la misma se revelase un riesgo para la seguridad o la salud, adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo adaptando las condiciones de trabajo
2. CRITERIOS
CRITERIO A
El plan de prevención evaluará los riesgos y si de la misma se revelase un riesgo para la seguridad o la salud, adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo adaptando las condiciones de trabajo
1.- El plan de prevención evaluará los riesgos para la seguridad o la salud, adoptando las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo adaptando las condiciones de trabajo o el tiempo de trabajo. En particular de los trabajadores con más riesgo, las mujeres embarazadas o las trabajadores en periodo de lactancia.3.- El plan de prevención evaluará los riesgos para la seguridad o la salud, adoptando las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo adaptando las condiciones de trabajo o el tiempo de trabajo. En particular de los trabajadores con más riesgo.5- El plan de prevención evaluará los riesgos para la seguridad o la salud, adoptando las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo adaptando las condiciones de trabajo o el tiempo de trabajo.
III. AREA DE ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA DEL TRABAJO
1. FUNCIÓN:
El servicio de prevención de riesgos laborales dispone de un área de medicina del trabajo para la realización de las funciones de la vigilancia y control de la salud de los trabajadores desempeñadas por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada con arreglo a la normativa vigente.
2. CRITERIOS
CRITERIO A:
El área de medicina del trabajo del servicio de prevención de riesgos laborales dispondrá de un medico espe-cialista de medicina del trabajo o diplomado en medicina de empresa y un ATS de empresa, sin perjuicio de la partici-pación de otros profesionales sanitarios con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.
1.- El área de medicina del trabajo dispone de todo el personal requerido legalmente para el cumplimiento de sus funciones así como de otros profesionales sanitarios no contemplados en la normativa reguladora.2.- El área de medicina del trabajo dispone del personal estipulado en la normativa reguladora pero no de otros profesionales sanitarios no contemplados en la normativa reguladora.3.- El área de medicina del trabajo dispone de un especialista en medicina del trabajo pero no de personal auxiliar sanitario.4.- El área de medicina del trabajo dispone de ATS de empresa pero no de facultativo especialista.5.- El área de medicina del trabajo no dispone de ningún tipo de personal sanitario exigido como mínimo en la normativa reguladora.
CRITERIO B:
El área de medicina del trabajo llevará a cabo una evaluación de la salud de los trabajadores inicial después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas especificas con nuevos riesgos para la salud.
1 .- El área de medicina del trabajo lleva a cabo siempre una evaluación de la salud de los trabaja-dores inicial después de la incorporación al trabajo y después de la asignación de tareas especifi-cas con nuevos riesgos para la salud.2.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo siempre una evaluación de la salud de los trabaja-dores inicial después de la incorporación al trabajo pero no después de ¡a asignación de tareas especificas con nuevos riesgos para la salud.3.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo una evaluación de la salud de los trabajadores cuando se les asigna nuevas tareas especificas con nuevos riesgos para la salud, pero no lleva a cabo una evaluación de la salud de los mismos inicial tras su incorporación al trabajo.4.- El área de medicina del trabajo realiza pero no sistemáticamente una evaluación inicial de la salud de los trabajadores tras su incorporación al trabajo y cuando se les asignan nuevas tareas especificas que conlleven nuevos riesgos.5.- El área de medicina del trabajo no lleva a cabo nunca una evaluación inicial de la salud de los trabajadores tras su incorporación al trabajo ni cuando se les asignan nuevas tareas especificas que conlleven nuevos riesgos.
CRITERIO C:
El área de medicina del trabajo llevara a cabo una evaluación de la salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes pro-fesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores,.
1.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo siempre y sistemáticamente una evaluación de la salud de los trabajadores cuando reanudan el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud.3.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo solo ocasionalmente y ante determinados casos una evaluación de la salud de los trabajadores tras una reanudación del trabajo tras una ausen-cia.prolongada por motivos de salud.5- El área de medicina del trabajo no lleva a cabo nunca una evaluación de la salud de los trabaja-dores tras una reanudación del trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud.
CRITERIO D:
El área de medicina del trabajo llevara a cabo una vigilancia de la salud a intervalos periódicos.
1.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo una vigilancia periódica de la salud.
3.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo sólo ocasionalmente una vigilancia de la salud
5- El área de medicina del trabajo no lleva a cabo una vigilancia periódica de la salud.
CRITERIO E:
La vigilancia de la salud llevada a cabo por el área de medicina del trabajo del servicio de prevención de ries-gos laborales estará sometida a protocolos específicos u otros medios existentes con respecto a los factores de ries-go a los que este expuesto el trabajador.
1.- La vigilancia de la salud llevada a cabo por el área de medicina del trabajo está sistemáticamen-te sometida a protocolos específicos con una periodicidad regular.3.- La vigilancia de la salud llevada a cabo por el área de medicina del trabajo no está sistemática-mente sometida a protocolos, pero se lleva a cabo con una periodicidad regular.5.- La vigilancia de la salud llevada a cabo por el área de medicina del trabajo no está sometida a ningún tipo de protocolo.
CRITERIO F:
Los exámenes de salud llevados a cabo por el área de medicina del trabajo incluirán una historia clínico-laboral, en la que además de los datos de anamnesis, exploración clínica, control biológico y estudios complementa-rios en función de los riesgos inherentes al trabajo, se hará constar una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia en el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo, y las medi-das de prevención adoptadas.
1.- Los exámenes de salud llevados a cabo por el área de medicina del trabajo incluyen sistemáti-camente una historia clínico-laboral, en la que además de los datos de la anamnesis, exploración clínica, control biológico y estudios complementarios, se hace constar una descripción del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia en el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo, y las medidas de prevención adoptadas.
3.- Los exámenes de salud llevados a cabo por el área. de medicina del trabajo incluyen sistemáti-camente una historia clínico-laboral en la que se incluyen el conjunto mínimo básico de datos, pero no se incluye una descripción del puesto de trabajo, tiempo de permanencia en el mismo, riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo, ni las medidas de prevención adoptadas.
5.- Los exámenes de salud llevados a cabo por el área de medicina del trabajo no incluyen ningún tipo de registro clínico-laboral.
CRITERIO G:
El personal sanitario del área de medicina del trabajo deberá conocer las enfermedades que se produzcan en-tre los trabajadores y las ausencias que se produzcan por motivos de salud, a los solos efectos de poder identificar cualquier relación entre la causa de enfermedad o de ausencia y los riesgos para la salud que puedan presentarse en los lugares de trabajo.
1.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo es conocedor de todas las enfermedades que se producen entre los trabajadores y establece sistemáticamente estudios de causalidad en relación con los factores de riesgo inherentes al puesto de trabajo.3.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo es conocedor de algunas de las enfermedades que se producen entre los trabajadores por razón de su gravedad, pero no realizan ningún estudio de causalidad.5.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo no es conocedor de las enfermedades que se producen entre los trabajadores ni de los riesgos inherentes al puesto de trabajo no estable-ciendo nunca ningún estudio de causalidad.
CRITERIO H:
El personal sanitario del área de medicina del trabajo deberá analizar los resultados de la vigilancia de la sa-lud de los trabajadores y de la evaluación de los riesgos, con criterios epidemiológicos y colaborara con el resto de componentes del área, a fin de investigar y analizar las posibles relaciones entre la exposición a los riesgos profesio-nales y los perjuicios para la salud y proponer medidas encaminadas a mejorar las condiciones y medio ambiente de trabajo.
1.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo lleva a cabo todas las acciones contem-pladas en el párrafo anterior.3.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo lleva a cabo lo estipulado en el criterio, pero no propone ningún tipo de medida encaminada a mejorar las condiciones y medio ambiente de trabajo.5.- El personal del área de medicina del trabajo no realiza ningún tipo de análisis de los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores, ni de la evaluación de ¡os riesgos.
CRITERIO i :
El personal sanitario del área de medicina del trabajo estudiara y valorara, especialmente, los riesgos que puedan afectar a las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, a los menores y a los trabajadores es-pecialmente sensibles a determinados riesgos, y propondrá las medidas preventivas adecuadas.
1.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo lleva a cabo de una forma sistemática y periódica todo lo estipulado en el anterior criterio.3.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo lleva a cabo de una forma sistemática y periódica la valoración de los riesgos que pueden afectar a las trabajadoras en situación de embarazo o parto re-ciente, pero no la valoración de los riesgos que puedan afectar a los menores y a los trabajadores espe-cialmente sensibles., Estableciendo las medidas preventivas adecuadas a las gestantes. -.5.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo no lleva a cabo ningún tipo de valoración de ries-gos en lo que se refiere a las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, menores y trabaja-dores especialmente sensibles, ni toma ninguna medida preventiva al respecto.
CRITERIO J:
El personal sanitario del área de medicina del trabajo deberá proporcionar los primeros auxilios y la atención de urgencia a los trabajadores víctimas de accidentes o alteraciones en el lugar de trabajo.
1.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo proporciona cuando se requiere los prime-ros auxilios y/o atención de urgencia a sus trabajadores.
3.- El personal sanitario proporciona sólo ocasionalmente primeros auxilios y/o atención de urgencia a sus trabajadores.
5.- El personal sanitario del área de medicina del trabajo no proporciona cuando se requiere ¡os primeros auxilios y/o atención de urgencia a sus trabajadores. Diagnostico, tratamiento y rehabili-tación de enfermedades relacionadas
CRITERIO K:
El área de medicina del trabajo colabora con los servicios de atención primaria y especializada del área de salud.
1.- El área de medicina del trabajo lleva a cabo una colaboración sistemática con atención primaria y especializada en todo lo referente a enfermedades relacionadas con el trabajo.3.- El área de medicina del trabajo tan solo colabora esporádicamente con los servicios de atención primaria y especializada en lo referente a enfermedades relacionadas con el trabajo.5.- El área de medicina del trabajo no mantiene ningún tipo de colaboración con los servicios men-cionados.
CRITERIO L:
El área de medicina del trabajo colaborara con las autoridades sanitarias para proveer el sistema de informa-ción sanitaria en salud laboral.
1.- El área de medicina del trabajo colabora con las autoridades sanitarias en lo referente a la constitución del sistema de información sanitaria laboral.3.- Idem anterior sólo ocasionalmente.5.- El área de medicina del trabajo no mantiene ningún tipo de colaboración con las autoridades sanitarias en que se refiere a la constitución del sistema de información sanitaria en salud laboral.
CRITERIO M:
El área de medicina del trabajo realizara la vigilancia epidemiológica en su ámbito de actuación.
1.- El área de medicina del trabajo realiza la vigilancia epidemiológica en su ámbito de actuación.3.- Idem anterior sólo ocasionalmente.5.- El área de medicina del trabajo no realiza la vigilancia epidemiológica en su ámbito de actua-ción.
IV. ÁREA DE ESPECIALIZACIÓN EN SEGURIDAD EN EL TRABAJO
1. FUNCIÓN
El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales dispone de un área de capacitación de seguridad en el traba-jo, para la prevención de riesgos de sus trabajadores.
2. CRITERIOS
CRITERIO A:
El Servicio de Prevención dispone de personal adecuado y suficiente para la prevención de los factores de riesgo profesionales de su organización.
1.- El Servicio de Prevención dispone de personal adecuado y suficiente para la prevención de los factores de riesgo profesionales de su organización.
2.- El Servicio de Prevención destina personal propio para las tareas de prevención de los riesgos profesionales de una organización, para alguna de las actuaciones en esta materia, los comparte con otros Servicio de Prevención.
3.- El Servicio. de Prevención realiza actuaciones periódicas, estando concertado, de forma com-plementaria, con un servicio ajeno a la organización.
4.- Las actividades de prevención de riesgos profesionales están concertadas con un entidad ajena a la organización.
5.- No se realizan actividades de este tipo.
CRITERIO B:
El Servicio de Prevención, ha elaborado y difundido entre sus trabajadores, de acuerdo con la normativa legal vigente, protocolos o normas escritas, en relación con los riesgos profesionales que contengan.
Mapas de riesgos de la organización.
Descripción de las maquinas.
Descripción de riesgos del puesto de trabajo.
Uso de sistemas de protección.
Recomendaciones generales.
1.- El Servicio de Prevención, ha elaborado las normas y las ha difundido a los trabajadores.
3.- El Servicio de Prevención, ha elaborado las normas correspondientes, pero tan solo alas ha di-fundido a aquellos trabajadores que ocupan puesto de trabajo de mayor siniestralidad.
5.- No se han elaborado normas.
CRITERIO C:
La actividad preventiva del Servicio de Prevención debe planificarse para un periodo determinado, estable-ciendo las fases y prioridades de su desarrollo en función de ella magnitud de los riesgos y del número de trabajado-res expuestos a los mismos, así como su seguimiento y control periódico.
1.- El Servicio de Prevención realiza actividades de control y seguimiento con una periodicidad mensual.
2.-. El Servicio de Prevención, ha elaborado las normas correspondientes, pero tan solo las ha di-fundido a aquellos trabajadores que ocupan puesto de trabajo de mayor siníestralidad.
3.- No se han elaborado las normas.
CRITERIO D:
La actividad preventiva del Servicio de Prevención debe planificarse para un periodo determinado, estable-ciendo las fases y prioridades de su desarrollo en función de la magnitud de los riesgos y del número de trabajadores expuestos a ¡os mismos, así como seguimiento y control periódico.
1 .- El Servicio de Prevención realiza las actividades de control y seguimiento con una periodicidad mensual.
2.- El Servicio de Prevención realiza las actividades de control y seguimiento con una periodicidad trimestral.
3.- El Servicio de Prevención realiza las actividades de control y seguimiento con una periodicidad semestral.
4.- El Servicio de Prevención realiza las actividades de control y seguimiento con una periodicidad anual.
5.- No se realizan las actividades de control y seguimiento
CRITERIO E:
El Servicio de Prevención, fomenta la participación de los trabajadores en materia de estudio y prevención de los factores de riesgo, mediante la creación de comisiones que:
Conozcan e informen sobre todas aquellas materias que medien en los riesgos profesionales.
Conozcan e informen de los Planes Anuales de actuación en materia de riesgos profesionales.
Elaboren e informen acciones y programas encaminados a la mejora de la organización funcionamiento y calidad de la empresa.
1.-El Servicio de Prevención dispone de comisiones que fomentan la participación de los trabajado-res en materia de estudio y prevención de factores de riesgo, que es operativa y operativa y man-tiene reuniones periódicas.
3.- El Servicio de Prevención dispone de comisiones que fomentan la participación de los trabajado-res en materia de estudio y prevención de factores de riesgo, que es operativa y operativa.
5.- El Servicio de Prevención no contempla la existencia de estas Comisiones.
CRITERIO F:
El Servicio de Prevención, u organismo legalmente establecido, de acuerdo con la normativa legal vigente, tiene pre-visto cursos de información y formación de trabajadores, en materia de prevención de riesgos laborales.
1.- El Servicio de Prevención, imparte cursos de información y formación sobre prevención de ries-gos laborales a todos los trabajadores.
2.- El Servicio de Prevención, imparte cursos de información y formación sobre prevención de ries-gos laborales a todos los trabajadores que ocupan puestos de trabajo de mayor siniestralidad.
3.- El Servicio de Prevención, imparte cursos de información y formación sobre prevención de ries-gos laborales a los trabajadores tanto por el Servicio de Prevención como por una entidad ajena.
4.- El Servicio de Prevención contrata con una entidad ajena los cursos de información y formación sobre prevención de riesgos laborales a los trabajadores.
5.- El Servicio de Prevención no contempla la docencia e información sobre riesgos laborales.
CRITERIO G:
El Servicio de Prevención, según dispone la normativa legal vigente, dispone y utiliza protocolos clínicos que incluyan, en materia de vigilancia y control de la salud de los trabajadores,:
Historia clínico-laboral
Descripción detallada del puesto de trabajo
Permanencia en el puesto de trabajo
Riesgos detectados en el análisis de condiciones de puesto de trabajo
Riesgos en embarazadas, menores y trabajadores especialmente sensibles a determi-nados riesgos.
1.- El Servicio de Prevención que cumple todos los requisitos en materia de vigilancia y control de salud de trabajadores.
3.- El Servicio de Prevención que cumple todos los requisitos al menos el 50% de los requisitos exi-gidos en materia de vigilancia y control de salud de trabajadores, estando el resto concertado con entidad ajena.
5.- El Servicio de Prevención tiene concertada con una entidad ajena las actuaciones en materia de vigilancia y control de la salud de los trabajadores.
V. ÁREA DE ESPECIALIZACIÓN EN HIGIENE INDUSTRIAL
1. FUNCION:
El servicio de prevención de riesgos laborales cuenta con una área de capacitación de higiene industrial, para la prevención de las enfermedades profesionales derivadas del riesgo laboral en el desarrollo de la actividad laboral de la empresa.
2. CRITERIOS
CRITERIO A:
El Servicio de Prevención dispone de personal adecuadamente preparado y en cantidad suficiente para atender en materia de higiene industrial las demandas de actuación en la prevención de enfermedades profesionales deriva-das de la actividad laboral de la empresa.
1.- El servicio de prevención cuenta con personal propio cualificado y cuantitativamente adecuado.
2.- El servicio de prevención destina personal propio para las tareas de higiene industrial, pero el desarro-llo de algunas actuaciones se comparte con otros técnicos del Servicio de Prevención.
3.- El servicio de prevención cuenta con personal técnicamente preparado para actuaciones periódicas, siendo otras actuaciones concertadas con medios ajenos.
4.- Las actuaciones de higiene se conciertan con una empresa ajena.
5.- No se realiza ninguna actuación de higiene industrial
CRITERIO B
El Servicio de Prevención ha elaborado normas escritas para los agentes tóxicos de naturaleza física, química o biológica, en los que para cada uno de ellos se contempla:
Datos del producto, denominación, nombre comercial si lo tiene
Normas de correcta utilización
Medidas de prevención
Síntomas de intoxicación
Procedimiento determinación de niveles TLV
Técnicas de aplicación de medidas de desintoxicación
1.- En el Servicio de Prevención se han elaborado normas escritas conteniendo toda la información para todos los agentes tóxicos que se puedan manejar o generar en el funcionamiento normal o anormal de la empresa.
2.- Por el Servicio de Prevención se han elaborado normas escritas para todos los agentes de toxicidad que se puedan generar en el normal funcionamiento de la empresa
3.- Solamente para los agente tóxicos de mayor incidencia se han elaborado las fichas en las que se re-cogen al menos 4 datos entre los que están presentes TLV, y procedimiento de medidas de desintoxica-ción.
4.- Solo se recogen datos de algunos productos
5.- No se han elaborado normas.
CRITERIO C.
El Servicio de prevención dispone de un laboratorio para realizar la toma y análisis de muestras que se requieran para realizar las funciones de higiene industrial.
1.- El laboratorio del Servicio de Prevención cuenta con todos los aparatajes, normas y protocolos de uti-lización e interpretación de resultados que son necesarios para las determinaciones de todos los agen-tes tóxicos
2.- El laboratorio de higiene dispone de todos ¡os procedimientos y normas escritas para la toma de muestras, pero sólo tiene capacidad de realizar las determinaciones de mayor riesgo, teniendo estanda-rizado el procedimiento de concertación con un laboratorio externo.
3.– El laboratorio de higiene permite realizar la toma de muestras, pero sólo tiene capacidad de realizar las determinaciones de mayor riesgo, careciendo de protocolos y teniendo estandarizado el procedimien-to de concertación con un laboratorio externo, sin normas escritas.
4.- En el servicio de prevención se puede realizar la toma de muestras trasladándolas para su análisis a un de laboratorio de higiene concertado.
5.- No tiene concertación de sistema de acceso a laboratorio de higiene ajeno.
CRITERIO D
El laboratorio de higiene industrial del servicio de prevención tiene protocolos de calibración del aparataje escri-tos, se registran las revisiones que se realizan, así como de contrastación de los reactivos y controles.
1.- El laboratorio cuente con protocolos o normas escritas de procedimientos de calibración y medición. Se realiza con la periodicidad adecuada la calibración de los instrumentos de medida y la validación de productos, registrándose estas actuaciones
2.- El laboratorio tiene protocolos de procedimientos, pero las mediciones y calibraciones no se realizan con perioricidad determinada aunque sí se registran.
3.-El personal encargado de realizar las mediciones y calibraciones conoce las técnicas del procedimiento y cuando las realiza las registra
4.- Se realizan estas actividades llamando para ello a servicios ajenos
5.- No se realizan estos controles.
CRITERIO E
El laboratorio de higiene del servicio de prevención tendrá los recursos instrumentales y empleará los métodos analíticos adecuados técnicamente y en tiempo al tipo de empresa que esté prestando servicios
1.- El laboratorio está acreditado por ENAC y los programas analíticos de control participan en programas de control de calidad
3.- Los métodos analíticos están sometidos a programas de control de calidad.
5.- El laboratorio no está acreditado ni utiliza lo métodos analíticos adecuados
VI. AREA DE ERGONOMIA Y PSICOSOCIOLOGIA
1. FUNCIÓN
La organización dispone, dentro del Servicio de Prevención, de un área de capacitación en ergonomía y psicolo-gía destinada a la mejora de la calidad de las condiciones de trabajo de los profesionales de la empresa.
2. CRITERIOS
CRITERIO A:
La organización dispone, dentro del Servicio de Prevención, de personal adecuado y suficiente para desarrollar la adaptación del trabajador al entorno.
1.- El Servicio de Prevención dispone de personal adecuado y suficiente para desarrollar la adaptación del trabajador al entorno.
2.- El Servicio de Prevención destina personal propio para el desarrollo de las tareas de adaptación al en-torno de los trabajadores, para alguna de las actuaciones en esta materia, las comparte con otros servi-cios de prevención.
3.- El Servicio de Prevención realiza actuaciones periódicas, estando concertado, de forma complementa-ria, con un servicio ajeno a la organización.
4.- Las actividades de adaptación al entorno de los trabajadores de la organización, esta concertado con un servicio ajeno.
5.- No se realizan actividades de este tipo.
CRITERIO B:
La organización, de acuerdo con la normativa legal vigente, tiene diseñados los puestos de trabajo en la empre-sa.
1.- La organización, de acuerdo con la normativa legal vigente, tiene diseñados los puestos de trabajo en la empresa.
3.- La organización, conoce la normativa legal vigente, y ha diseñado algunos puestos de trabajo en la empresa.
5.- La organización, aún conociendo la normativa legal vigente, y no ha diseñado algunos puestos de trabajo en la empresa.
CRITERIO C:
La organización, a través del Servicio de Prevención, tiene protocolizados todos y cada uno de los puestos de trabajo en relación a la detección de:
Riesgos de fatiga física de trabajo.
Riesgos de fatiga mental de trabajo.
Situaciones de estrés y factores psicosociales nocivos.
Factores de naturaleza psicosocial.
1.- La organización, a través del Servicio de Prevención, tiene protocolizados todos y cada uno de los puestos de trabajo en relación con todos los ítems del criterio.
3.- La organización, a través del Servicio de Prevención, tiene protocolizados algunos de los pues-tos de trabajo en relación con todos los ítems del criterio
5.- La organización, a través del Servicio de Prevención, no tiene protocolizados los puestos en re-lación con todos los ítems del criterio.
CRITERIO D:
La organización, a través del Servicio de Prevención, fomenta la participación de los trabajadores en la ade-cuación de las condiciones de trabajo, mediante la creación de los llamados "círculos de calidad" o " grupos semiautónomos"
1.- La organización facilita la participación de los trabajadores en la adecuación de las condiciones de trabajo a través del Servicio de Prevención.
5.- La organización no facilita la participación de los trabajadores en la adecuación de las condiciones de trabajo.
CRITERIO E:
La organización, a través del Servicio de Prevención, facilita la comunicación de los trabajadores utilizando tanto los flujos ascendentes como descendentes y horizontales.
1.- La organización, a través del Servicio de Prevención facilita la comunicación en sus diversos flu-jos ascendentes como descendentes y horizontales.
2.- La organización, a través del Servicio de Prevención, facilita la comunicación en los flujos descendentes y ascendente.
3.- La organización, a través del Servicio de Prevención, facilita la comunicación en el flujo horizontal.
4.- La organización, a través del Servicio de Prevención, facilita la comunicación en el flujo descendente.
5.- La organización no facilita los flujos de comunicación.
CRITERIO F:
La organización, a través del Servicio de Prevención, facilita la información y formación de los profesionales de la empresa en sus ámbitos de trabajo.
1.- La organización, a través del Servicio de Prevención propio facilita la información y formación de todos los trabajadores de la empresa.
2.- La organización, a través del Servicio de Prevención propio, facilita la información y formación de al-gunos puestos de trabajo de la empresa.
3.- La organización, a través del Servicio de Prevención propio y de otro concertado, facilita la información y formación de los puestos de trabajo de la empresa.
4.- La organización, tiene concertada con otra entidad ajena la información y formación de todos los tra-bajadores de la empresa.
5.- La organización no contempla esta situación.
CRITERIO G:
La organización a través del Servicio de Prevención, mantiene un control y seguimiento de la problemática exigi-da en la empresa en relación con el área de capacitación de ergonomía y psicosociología.
1.- La organización efectúa un control y seguimiento, al menos, una vez al semestre.
3.- La organización efectúa un control y seguimiento, al menos, una vez al año.
5.- No se efectúan controles y seguimiento, en éste área por la organización.
5-CONCLUSIONES :
La aplicación con éxito de la Acreditación de la Calidad a un Servicio proporciona oportunidades significativas para :
1- Mejorar la prestación del servicio y la satisfacción del cliente.
2- Mejorar la productividad, la eficacia y reducir costes.
Para lograr que el proceso de acreditación nos garantice un nivel optimo de calidad del servicio se requiere considerar las interacciones humanas como un elemento esencial de la calidad del servicio y reconocer la importancia de la percepción del cliente y de la imagen de la cultura, motivando al personal hacia la mejora continua de la calidad y a satisfacer las expectativas del cliente.
Podemos concluir que la Acreditación es una herramienta de Gestión de Calidad que presenta las siguientes caracteristicas :
– Garantiza una Mejora Continua de la Calidad.
– Proporciona un Incentivo Profesional para los trabajadores.
– Es una herramienta de Marketing en el Mercado Laboral.
5-BIBLIOGRAFIA
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2. Casanova Rodriguez, Mª.: "La Evaluación,Garantia de Calidad ". 1992
3. Denton, D. Keith.: " Calidad en el Servicio a los Clientes ". 1991
4. Hansen, Bertrand L.: " Control de Calidad, Teoria y Aplicaciones ". 1990
5. Horovitz, Jacques.: " A la conquista de la Calidad del Servicio ". 1994
6. Gomez Fraile, Fermin.: " Cómo hacer el Manual de Calidad ". 1996
7. Juran, J.M.: " Manual de Control de Calidad ". 1990
8. Juran, J.M.: " Manual para el Liderazgo de la Calidad ". 1990
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12. Sebastian Pérez, Miguel.: " Gestión y Control de Calidad ".1994
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