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Marco Legal Latinoamérica: República de Chile

  • Creado por admin
  • El 9 marzo, 2021
  • En Marco Legal Latinoamérica, Nota Color
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Política Ambiental del Estado

La República de Chile, a través de su Constitución Nacional, establece el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber y responsabilidad del Estado velar para que este derecho no se vea afectado y a la vez tutelar la preservación de la naturaleza. La ley tiene la potestad para establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades con el fin de proteger el medio ambiente. La política ambiental del Estado queda definida principalmente por la Ley 19.300 que describe las bases generales del Medio Ambiente. Por su parte el Decreto Supremo 93/95 fija el procedimiento para el dictado de las normas de calidad ambiental primarias y secundarias y el procedimiento y los criterios para la revisión de dichas normas.

Residuos

 Domiciliarios

  • Código Sanitario.
  • Reglamento sobre normas sanitarias mínimas municipales.
  • Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios.
  • Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
  • Sistema de declaración y seguimiento de desechos sólidos industriales (Resolución 5.081/93).

Peligrosos

El Decreto Supremo 148/04, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a las que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, rehúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

  • Disposiciones Generales.
  • Identificación y Clasificación.
  • Generación.
  • Almacenamiento.
  • Transporte.
  • Eliminación.
  • Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos.
  • Sanciones y Procedimientos.
  • Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas.
  • Reglamento para la aprobación de proyectos de diseño, construcción, operación y cierre de los depósitos de relaves.

Patológicos

  • Reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud (REAS). (Texto modificado por Decreto 24/13 y Decreto 43/16)

Efluentes Líquidos /Recursos Hídricos

El Código de Aguas, Decreto-Ley 1.122, regula el dominio, los derechos, la protección y el aprovechamiento de las aguas terrestres subterráneas y superficiales. De forma complementaria están la Ley 19.300 y un número de reglamentaciones específicas que regulan normas de emisión y de calidad para cada tipo de cuerpo receptor.

Normas de emisión:

  • Reglamento para el control de la contaminación acuática
  • Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarilallado.
  • Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
  • Norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas.
  • Norma sobre procedimiento de caracterización, medición y control de residuos industriales líquidos.

Normas de calidad:

  • Normas de calidad primaria para la protección de las aguas marinas estuarinas aptas para actividades de recreación con contacto directo.
  • Normas de calidad primaria para las aguas continentales superficiales aptas para actividades de recreación con contacto directo.

Efluentes Gaseosos

Fuentes Fijas:

  • Normas para evitar emanaciones o conta- minantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
  • Norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales.
  • Norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntuales de más de una Tonelada.
  • Norma de emisión para olores molestos (comp. sulfuro hidrogeno y mercaptanos: gases trs) asociados a la fabricación de pulpa sulfatada.
  • Norma de emisión para incineración y coincineración.
  • Reglamentación del funcionamiento de establecimientos emisores de anhídrido sulfuroso, material particulado y arsénico en todo el territorio de la República.
  • Procedimiento de decla- ración de emisiones para fuentes estacionarias puntuales y grupales, ubicadas dentro de la Región Metropolitana.
  • Norma de emisión para la regulación del conta- minante arsénico emitido al aire.
  • Reformulación y actualización del plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región metropolitana (PPDA).
  • Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Introducido por diversas modificaciones del Decreto Supremo Nº 31 del 2018.
  • “Guía metodológica para la estimación de emisiones provenientes de fuentes puntuales”

Fuentes Móviles:

  • Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.
  • Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos.
  • Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados.
  • Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
  • Normas de emisión a vehículos y motores de Buses .
  • Normas de emisión para maquinaria móvil fuera de ruta.
  • Normas de formato y características del certificado de verificación de emisiones contaminantes.

Calidad del Aire:

  • Norma primaria de calidad de aire para partículas totales en suspensión (PTS).
  • Norma primaria de calidad de aire para dióxido de azufre (SO2).
  • Norma primaria de calidad de aire para dióxido de nitrógeno (NO2).
  • Norma primaria de calidad de aire para monóxido de carbono (CO).
  • Norma primaria de calidad de aire para ozono (O3).
  • Norma de calidad primaria para plomo en el aire.
  • Norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia.
  • Norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino MP2,5.
  • Norma de metodología de pronóstico de calidad de aire para material particulado respirable MP10, para su aplicación desde la Región Metropolitana de Santiago hasta la Región de Los Lagos, inclusive.
  • Norma de metodología de pronóstico de calidad de aire para material particulado respirable MP2,5 para la ciudad de Coyhaique y su zona circundante.
  • Norma  de metodología de Pronóstico de Calidad del Aire para Material Particulado Respirable MP2,5 para las comunas de Tomé, Penco, San Pedro de la Paz, Concepción, Hualpén, Talcahuano, Chiguayante, Hualqui, Coronel y Lota de la Región del Biobío, denominado “Sistema CONAIRE”.
  • Norma de estándares de calidad ambiental (ECA) para aire y disposiciones complementarias.
  • “Protocolo para validación, aseguramiento y control de Calidad de Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones – CEMS”.

Impacto Ambiental

  • Ley 19.300, ley sobre Bases Generales de Medio Ambiente. Título I: Instrumentos de Gestión Ambiental. Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Modificada por Ley 21.162 para exigir la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental en los Proyectos que puedan generar contaminación lumínica.
  • Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
  • Reglamento del Registro Público de consultores certificados para la realización de Declaraciones y Estudios de Impacto Ambiental.
  • Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica.

 

Flora y fauna

  • Ley general de Pesca y Acuicultura.
  • Reglamento ambiental para la acuicultura.
  • Reglamento sobre parques marinos y reservas marinas de la ley general de pesca y acuicultura.
  • Ley de Bosques.
  • Sistema nacional de áreas silvestres protegidas del Estado.
  • Ley de caza.
  • Norma de protección y respeto a los animales.

Suelos

El Decreto-Ley 3.557/81, establece las disposiciones tendientes a la protección del suelo para usos agrícolas a través de la regulación de los productos y sustancias químicas utilizadas en estas prácticas, para el control de plagas y aplicación de fertilizantes.

Decreto-Ley 235/99, establece sistema de incentivos para la recuperación de suelos degradados.
Por su parte, el Decreto 3/12 aprueba Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria Procesadora de Frutas y Hortalizas.

  • Prevención, Control y Combate de Plagas.
  • Fabricación, Comercialización y Aplicación de Plaguicidas y Fertilizantes.
  • Procedimientos y Sanciones

Energía

  • Reglamento que establece el procedimiento para la fijación de estándares mínimos de eficiencia energética y normas para su aplicación.

Hidrocarburos

  • Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Minería

  • Ley 18.248, Código de Minería.
  • Decreto 132/04, Reglamento de Seguridad Minería:
  • Campo de Aplicación. Atribuciones del Servicio.
  • Obligaciones de las Empresas.
  • Título II – Capítulo Quinto: Obligaciones Ambientales.
  • Título X: Normas sobre Cierre de Faenas Mineras.

Seguridad e Higiene

El Código de Trabajo de la República de Chile en su Libro II establece las disposiciones relativas a las condiciones laborales a las que deben acceder de los trabajadores. El empleador está obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de sus empleados, manteniendo condiciones adecuadas de higiene y seguridad y suministrando los recursos necesarios para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.

  • Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Prevención de Riesgos Profesionales.
  • Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
  • Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industriales.
  • Peso Máximo de Carga Humana.
  • Elementos de Protección Personal Contra Riesgos Ocupacionales.
  • Normas sobre Extintores Portátiles.
  • Reglamento de Seguridad Minera.
  • Protección a los Trabajadores en el uso de Productos Fitosanitarios.
  • Guía para la selección y control de cascos de protección uso industrial.
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