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Alcohol Metílico

 

Características

Toxicidad

Se produce por síntesis química o por destilación de la madera.
Se trata de un hidrocarburo sustituido con un solo grupo hidroxilo. Tiene un olor picante característico.
Usos
a. Alcohol de quemar madera (utilización doméstica).
b. Como disolvente de lacas, barnices y pinturas.
c. Como intermediario de síntesis en la fabricación de algunas materias plásticas y de algunos compuestos orgánicos (ésteres,formol, aldehídos), etc.
d. Como anticongelante.
CMP: 200 ppm
CMP-CPT: 250 ppm
TLV-TWA: 200 ppm (ACGIH)
STEL/C: 250 ppm

Intoxicación aguda por inhalación.
Son muy raras:
a) Trastornos locales: irritación de la mucosa respiratoria, de la piel y de los ojos.
b) Trastornos neurológicos: Cefalalgias, fatiga, insomnio, vértigos y ataxia.
c) Trastornos de la visión.
Exposición crónica
Son targets del metanol: el nervio óptico, S.N.C., piel y mucosas.

Examen periódico. Detección de los efectos tóxicos (Vigilancia médica)

Examen periódico (Vigilancia biológica)

ANUALMENTE
EXAMEN CLÍNICO con orientación:
a) Dermatológica
b) Neurológica
c) Oftalmológica
d) Otorrinolaringológica
FONDO DE OJO

SEMESTRAL.
METANOL URINARIO.
Indice Biológico de Exposición (profesional) Hasta 15 mg/l.
Se puede medir ÁCIDO FÓRMICO EN ORINA.
Concentración sin exposición profesional: < a 50 mg/g de creatinina.
Concentración sin efecto adverso: < a 80 mg/g de creatinina.

CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS AL
ALCOHOL METILICO (METANOL).
La vigilancia de la población expuesta se hará:

SEMESTRALMENTE:

METANOL EN ORINA
1. Sé dosará en 20 ml de orina emitida espontáneamente.
2. La muestra debe ser recogida al finalizar la jornada de trabajo y refrigerada.
3. Método sugerido cromatografía gaseosa.
4. Indice Biológico de Exposición (profesional) Hasta 15 mg/l.
2da. Opción: ACIDO FÓRMICO EN LA ORINA.
• Valor normal para no expuestos < a 50 mg/g. de creatinina.
• Valor máximo admisible para expuestos laboralmente < a 80 mg/g. de creatinina.
1. Es conveniente que la medición del ácido fórmico en orina se haga al finalizar la exposición cuando concluye la semana laboral.
2. Método que se sugiere para medición Cromatografía gaseosa o método enzimático.
ANUALMENTE,
EXAMEN CLÍNICO con orientación:
♦ DERMATOLÓGICA: Dermatitis irritativa, dermatitis eczematiforme recidivante.
♦ NEUROLÓGICA: Depresión del SNC, coma, encefalopatía tóxica crónica
♦ OFTALMOLÓGICA: Irritación conjuntival, vesículas en la cornea, disminución de la agudeza visual
♦ OTORRINOLARINGOLÓGICA: Irritación de vías aéreas superiores
FONDO DE OJO: Neuritis óptica.

Conducta a adoptar de acuerdo a los resultados de los exámenes periódicos.
1. Metanol urinario > a 15 mg/l, o bien Acido fórmico > a 80 mg/g. de creatinina, sin manifestaciones de enfermedad:
a) El Área Médica de la ART evaluará la necesidad del alejamiento transitorio del puesto de trabajo.
b) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante.
c) Educación del trabajador sobre normas de higiene y protección personal.
d) Nuevo control de laboratorio a los quince días. Si persiste valor alto, repetir dosaje a los quince días para determinar el regreso a la exposición en caso de indicado el alejamiento.
e) A partir del regreso a la exposición realizar control trimestral durante seis meses.
f) Luego, control semestral.
2. Metanol urinario > a 15 mg/l o bien Acido fórmico > a 80 mg/g. de creatinina y algunas de las siguientes alteraciones, pero con carácter de reversibles:
• Trastornos de la visión.
• Cefalalgias, vértigo, nausean.
• Irritación de mucosas.
• Alteraciones de la piel.
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Tratamiento de acuerdo a criterio médico.
c) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
d) Realizar controles clínicos, oftalmológico y de laboratorio hasta corrección de la alteración presente. Luego decidir la oportunidad del regreso a la exposición.
e) A partir del regreso a la exposición realizar control trimestral durante seis meses.
f) Luego, control semestral.
3. Metanol urinario > a 15 mg/l o bien Acido fórmico > a 80 mg/g. de creatinina, con manifestaciones oftalmológicas (fondo de ojo) y/o neurológicas de carácter irreversibles:
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Tratamiento según criterio médico.
c) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
d) La reinserción laboral con RECALIFICACION dependerá de la evolución de la patología motivo del alejamiento, previa evaluación de la presencia de agentes de riesgos en el nuevo puesto de trabajo, que pudieran influir sobre las alteraciones que fueron ocasionadas por el alcohol metílico. Se sugiere control trimestral durante un año.

Dr. Nelson F. Albiano

Información extractada de la página de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Libro: «Toxicología Laboral: Criterios para la vigilancia de los trabajadores expuestos a sustancias químicas peligrosas» del Dr. Nelson F. Albiano, Consultor de la S.R.T. en Toxicología Laboral y responsable de PREVENTOX (Centro de información y asesoramiento en Toxicología Laboral).