Una nueva ¿y última? oportunidad para la salvar la biodiversidad
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- El 13 enero, 2021
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I. El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)
El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD)(1) es uno de los tratados resultantes de la célebre Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo de Río de Janeiro en 1992. Hoy en día, este Convenio tiene una adhesión prácticamente universal, tras haber sido ratificado por 196 naciones. Legalmente vinculante, el CDB tiene tres objetivos centrales: la conservación de la diversidad biológica; el uso sostenible de sus componentes; y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos.
La diversidad biológica constituye la base para el bienestar y la salud humana, y es vital para comunidades enteras y diversos medios de vida del presente y del futuro. La actividad económica global depende en último término de la naturaleza.
El CDB, ha logrado generar conciencia acerca de la crisis global de la biodiversidad, y brindar un espacio abierto y transparente en el que diversos actores y titulares de derechos (organizaciones no gubernamentales, grupos de mujeres, pueblos indígenas y comunidades locales, jóvenes y académicos) hacen escuchar su voz e inciden sobre la toma de decisiones. Sin embargo, persisten grandes desafíos, y la biodiversidad sigue sin estar instalada en la agenda política del más alto nivel.
II. El marco mundial de la diversidad biológica posterior a 2020
El plan estratégico 2011-2020 del CDB(2) adoptado en octubre de 2010 por la 10º Conferencia de las Partes (COP10) del CDB es un marco de acción compuesto de una visión a 2050 —“vivir en armonía con la naturaleza”—, misión, objetivos estratégicos y veinte metas conocidas como las Metas de Aichi para la Biodiversidad. Estas metas abordan una variedad de temas como la conservación de especies y hábitats naturales, áreas protegidas, restauración de ecosistemas, educación y concienciación, especies exóticas invasoras y la movilización de recursos financieros, entre otros.
Este Plan está próximo a finalizar y, pese a los esfuerzos hechos y el progreso alcanzado, diversos estudios dejan en claro que lejos se está de cumplir con los compromisos establecidos una década atrás (3)(4).
Los Estados Parte del CDB adoptaron en la COP14(5) a fines de 2018, el proceso preparatorio para el desarrollo de un marco mundial de la diversidad biológica posterior a 2020 (en adelante, marco post 2020). Este proceso se caracterizaría por ser participativo, inclusivo, transformativo, exhaustivo, catalítico, basado en conocimientos, transparente, eficiente, orientado a los resultados e iterativo.
Tras una serie de consultas regionales, talleres temáticos y reuniones formales e informales a lo largo de 2019 y parte de 2020, los copresidentes del Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el marco post 2020(6) (OEWG, por sus siglas en inglés) desarrollaron un Borrador Cero de marco post 2020(7) para ser discutido por los Estados Parte en una sesión de negociación de cinco días que tuvo lugar en Roma en el mes de febrero de 2020.
La reunión en la ciudad eterna fue productiva, las delegaciones oficiales demostraron compromiso con el proceso, y los observadores pudieron emitir su opinión y lograr el apoyo de diversos países para introducir mejoras en el texto o bien instalar nuevas cuestiones no abordadas por el Borrador Cero. Los copresidentes del OEWG difundirán en las próximas semanas una nueva versión del texto para que prosigan las negociaciones hasta llegar a la COP15 en China ocasión en la cual, tras quince finales y largos días de intensas discusiones, se adoptará la versión definitiva del marco post 2020.
III. Implementación
Un aspecto central relativo al marco post 2020 es lograr una implementación efectiva para revertir la actual crisis ecológica. Es interesante que el Borrador Cero del marco post 2020 haya propuesto la inclusión del “enfoque de todo el gobierno”. Esto es crucial para lograr que se dé la tan necesaria transversalización de la biodiversidad a lo largo de todas las carteras gubernamentales, en todos los niveles. En adición, plantea el establecimiento de una adecuada gobernanza, incluyente e integradora para garantizar coherencia y eficacia en las políticas para implementar el nuevo marco, y adecuados reconocimiento y voluntad política en los niveles más altos de gobierno respecto de la necesidad urgente de detener la pérdida de diversidad biológica(8).
La principal herramienta para bajar las metas globales a escala nacional, son las estrategias y los Planes de Acción Nacionales de Biodiversidad (EPANB). Si bien la mayoría de los Estados Parte del CDB han adoptado o actualizado sus EPANB debido a las Metas de Aichi, se está aun lejos de lograr que estas estrategias se constituyan en verdaderos instrumentos de política ambiental.
Para que ello suceda es necesario que las EPANB partan de las necesidades de los territorios y de las comunidades. Las EPANB no pueden hacerse sólo desde las capitales ni detrás de los escritorios, sino que requieren contar con avales territoriales. Si las distintas jurisdicciones participan y se involucran en su desarrollo, ello generará sentido de pertenencia y las chances de una implementación satisfactoria crecerán. En adición, las EPANB deben desarrollar estrategias de comunicación para que la información resultante de ellas alcance de manera efectiva a la población en general.
Otro aspecto central de una mejorada implementación es contar con mecanismos de cumplimiento de los compromisos que sean inmediatos, efectivos y de carácter vinculante. En este sentido, se requiere de indicadores de cumplimiento para cada una de las metas que se definan, con criterios específicos que promuevan su cumplimiento y avance a nivel nacional y global. La coordinación con otras plataformas globales como los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) puede coadyuvar al cumplimiento.
La implementación de mecanismos de queja y de denuncia en el marco del CDB, abiertos no solo a los Estados sino también a la sociedad civil, podría ser de gran ayuda para una mejorada implementación. Se podría pensar en mecanismos provenientes del ámbito de los derechos humanos como informes sombra, evaluaciones periódicas a distintos Estados, y relatores especiales que elaboren informes sobre temas específicos del CDB.
A escala nacional, podrían habilitarse procesos de validación para que la sociedad civil de conformidad a la información presentada por los Estados o bien haga expresa sus disidencias respecto de los informes nacionales que periódicamente las Partes tienen que presentar a la Secretaría Ejecutiva del CDB; y recurrir a las auditorías gubernamentales y organismos de fiscalización a nivel nacional y subnacional.
Sin fondos no se puede salvar a la biodiversidad. Activar los medios de implementación acordados y lograr las metas de biodiversidad establecidas requiere de un financiamiento acorde a los desafíos. Según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)(9), los gobiernos gastan aproximadamente USD 500 mil millones por año en apoyo que es potencialmente perjudicial para la biodiversidad; cinco a seis veces más que el gasto total en proteger la biodiversidad(10).
Es positivo que el Borrador Cero del marco post 2020 haya previsto la necesidad de aumentar los recursos -en un porcentaje a definir- para poder implementar las nuevas metas; y que mantuviera el pedido de reforma de incentivos perjudiciales para la biodiversidad, así como la integración de los valores de la biodiversidad en las cuentas y los presupuestos nacionales. La Meta 3 de Aichi así lo dispuso, pero es precisamente una de las metas en la que los países muy poco han avanzado(11).
Por último, un aspecto muy importante es que el marco post 2020 integre enfoques basados en derechos a las políticas de biodiversidad. Desde sus inicios el CDB ha tenido prácticas muy valiosas en esta materia facilitando el acceso a la información, una amplia participación de la sociedad civil, y reconociendo plenamente los derechos de pueblos indígenas y comunidades locales. No obstante, resta mucho por hacer respecto de la interdependencia entre derechos humanos y biodiversidad al interior del CDB(12).
Salvar la biodiversidad supone favorecer la realización de una diversidad de derechos humanos como el derecho a la vida, a la salud, a la cultura, a la alimentación, al agua, y a la no discriminación. Mientras que la realización de los derechos humanos favorece a una conservación más exitosa, la falta de acatamiento de aquellos, por el contrario, puede socavar los resultados de conservación(13).
Se destaca en este sentido, el trabajo del ex Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y el Ambiente, Profesor John Knox. En uno de sus reportes Knox afirmó que “la diversidad biológica es necesaria para el disfrute de una amplia gama de derechos humanos. Su degradación y pérdida socavan la capacidad de las personas para disfrutar de estos derechos(14)”. Knox, por otro lado, señaló que las obligaciones procedimentales de los Estados en materia de derechos humanos en relación con el ambiente son: evaluar el impacto ambiental y hacer pública la información ambiental; facilitar la participación pública en procesos de toma de decisiones en materia ambiental, protegiendo los derechos de expresión y de asociación, y dar acceso a recursos por daño ambiental(15). Estas obligaciones encuentran fundamento en los derechos civiles y políticos, a lo que se suma el Principio 10 de la Declaración de Río 1992, recientemente consagrado y desarrollado para América Latina y el Caribe por el Acuerdo de Escazú.
La consagración de la vinculación entre derechos humanos y biodiversidad en el marco post 2020 del CDB sería un paso en el sentido correcto; armonizaría las actividades de conservación con el respeto a los derechos humanos, y contribuiría a atender la grave situación de personas defensoras de la naturaleza que en todo el mundo enfrentan amenazas y ataques varios e incluso pierden su vida por ello.
IV. Conclusión
La carrera hacia la negociación del marco post 2020 está en pleno desarrollo al cierre de este artículo. El hecho de que la mayoría de las Metas de Aichi no se alcanzará, no solo deja en evidencia que los Estados Parte del CDB no han abordado de manera efectiva los impulsores de la pérdida de biodiversidad, sino que además se está ante el preocupante escenario de una escalada en la destrucción y la degradación de ecosistemas que minará el disfrute de derechos humanos esenciales.
El Borrador Cero del marco post 2020 que ya atravesó una reunión de discusiones y aportes supuso un interesante punto de partida, pero es mejorable en muchos aspectos. La comunidad internacional reunida en la COP15 en 2020 en Kunming, China deberá estar a la altura del desafío. Al adoptar un marco mundial de la diversidad biológica posterior a 2020, los Estados Parte del CDB tendrán una nueva y quizás última chance para definir un plan de acción a diez años que se proponga objetivos realistas y ambiciosos, y que prevea los mecanismos de implementación necesarios para asegurar un abordaje efectivo y responsable de las causas detrás de los reinantes y rampantes índices de pérdida de especies y ecosistemas que hacen peligrar nuestra propia existencia.
(*) Abogada (UBA), especializada en derecho (Universidad Católica Argentina). Becada por el Programa sueco “Linnaeus-Palme” de intercambio (Máster sobre Gestión y Política Ambiental, IIIEE – Universidad de Lund). Alumno del Programa de Liderazgo para Visitantes Internacionales del Departamento de Estado de EE. UU. Dicta clases como docente invitada en universidades públicas y privadas. Está a cargo del Área de Biodiversidad y es Directora Ejecutiva Adjunta de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN).
(1) Convenio sobre la Diversidad Biológica. Rio de Janeiro. 1992. Recuperado de: https://www.cbd.int/doc/ legal/cbd-es.pdf
(2) Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi. Nagoya, Japón. 2010. Recuperado de: https://www.cbd.int/doc/strategicplan/2011-2020/Aichi-Targets-ES.pdf.
(3) Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Perspectiva Mundial sobre la Diversidad Biológica 4. Montreal, 2014. 155 p.
(4) IPBES. Summary for policymakers of the global assessment report on biodiversity and ecosystem services of the Intergovernmental Science-Policy Platform on Biodiversity and Ecosystem Services. S. Díaz, J. Settele, E. S. Brondízio E.S., H. T. Ngo, M. Guèze, J. Agard, A. Arneth, P. Balvanera, K. A. Brauman, S. H. M. Butchart, K. M. A. Chan, L. A. Garibaldi, K. Ichii, J. Liu, S. M. Subramanian, G. F. Midgley, P. Miloslavich, Z. Molnár, D. Obura, A. Pfaff, S. Polasky, A. Purvis, J. Razzaque, B. Reyers, R. Roy Chowdhury, Y. J. Shin, I. J. Visseren-Hamakers, K. J. Willis, and C. N. Zayas (eds.). IPBES secretariat, Bonn, Germany. 2019. 56 p.
(5) Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Decisión 14/34. Proceso exhaustivo y participativo para la preparación del marco mundial de la diversidad biológica posterior a 2020. Sharm El Sheij, Egipto. 2018. Recuperado de: https://www.cbd.int/doc/decisions/ cop-14/cop-14-dec-34-es.pdf
(6) Ver novedades de su trabajo aquí: https://www. cbd.int/conferences/post2020/co-chairs-updates
(7) Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Marco Mundial de la Diversidad Biológica posterior a 2020. CBD/WG2020/2/3 – Borrador preliminar del Marco Mundial de la Diversidad Biológica posterior a 2020. 6 de enero de 2020. Recuperado de: https://www.cbd.int/doc/c/62af/ ca24/689ea8d7763cc7e7b937acc4/wg2020-02-03-es.pdf
(8) Fundación Ambiente y Recursos Naturales. Para salvar la biodiversidad necesitamos más ambición. Buenos Aires. 2020. Recuperado de: https://farn.org.ar/ wp-content/plugins/download-attachments/includes/ download.php?id=27453
(9) Ver: https://www.cbd.int/doc/c/dbcc/ a4bc/913fe42c87f6fea8a356ca49/post2020-ws-2020-03- other-01-en.pdf
(10) El análisis de la OCDE calcula que el financiamiento de la biodiversidad es de USD 77-87 mil millones por año, estimación que comprende el gasto público anual promedio entre los años 2015 y 2017 y los datos más recientes disponibles sobre gastos privados para el mismo período.
(11) Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica. 2014, ob. cit.
(12) DI PANGRACIO, A. “Conservación, derechos humanos y el marco mundial para la biodiversidad posterior a 2020”. Informe Ambiental FARN 2019. Buenos Aires. 2019. Recuperado de: https://farn.org.ar/iafonline2019/articulos/2-1-conservacion-derechos-humanos-y-el-marco-mundial-para-la-biodiversidad-posterior-a-2020/ 328 p.
(13) SPRINGER, J., “IUCN’s Rights-Based Approach: A Systematization of the Union’s Policy Instruments, Standards and Guidelines”, UICN, Gland, Suiza. Octubre 2016. 33 páginas.
(14) KNOX, J., “Informe del Experto independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible. Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. 25º período de sesiones. 2013. (15) KNOX, J. “Informe del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible. Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. 34º período de sesiones. 2017.
Por Ana Di Pangracio / Suplemento la Ley – FARN
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