Normas de Seguridad e Higiene Laboral en actividades Mineras y Petroleras. Anexo 2
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- El 15 octubre, 2009
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Anexo 2: Clasificación de las sustancias explosivas conforme lo describe Decreto número 302/83 de la “Reglamentación Parcial de pólvoras, explosivos y afines” de la Ley Nacional de Armas y Explosivos (20.429).
Conforme lo describe esta norma legal las sustancias explosivas se clasifican en los siguientes grupos, clase y tipos.
1. Grupo A:
- Clase A – 1) Detonadores:
Son accesorios de voladuras destinados a iniciar altos explosivos. Están constituidos, generalmente, por una vaina metálica cilíndrica que contiene un explosivo iniciador y una carga secundaria de alto explosivo. Se les da fuego por medio de una mecha, cebo o electricidad.
Esta clase comprende hasta partida de detonadores con un contenido total neto de explosivos de quinientos (500) gramos y no más de dos (2) gramos por detonador. - Clase A – 2) Cordón detonante:
Es un accesorio de voladura destinado a transmitir instantáneamente la detonación a varias cargas explosivas. Esta constituido por un núcleo de alto explosivo y un revestimiento flexible apropiado. Es iniciado mediante u detonador o un alto explosivo. - Clase A – 3) Mecha rápida:
Es un accesorio de voladura destinado a transmitir rápidamente el fuego. Esta constituido por un núcleo de bajo explosivo y un revestimiento flexible apropiado. Su velocidad de detonación oscila en los cien (100) metros por segundos. - Clase A – 4) Mecha lenta:
Es un accesorio de voladura destinado a transmitir lentamente el fuego. Esta constituido por un núcleo de bajo explosivo y un revestimiento flexible apropiado. Su velocidad de detonación oscila en el centímetro por segundo. - Clase A – 5) Estopín:
Es un accesorio de voladura destinado a iniciar la combustión de las mechas y cargas de propulsión. Están constituidos por dispositivos que contienen mezclas inflamables por medio de acciones mecánicas, químicas o eléctricas. - Clase A – 6) Cápsula de percusión o cebo:
Es un artificio destinado a provocar, por acción de un impacto, el encendido de las pólvoras u otras sustancias fácilmente inflamables. Contiene una pequeña cantidad de explosivo iniciador. - Clase A – 7) Pólvoras para fines deportivos :
en envases de hasta quinientos (500) gramos netos. - Clase A – 8) Nitrocelulosa con un contenido de nitrógeno de hasta doce con sesenta (12,60) por ciento, acondicionada de alguna de las siguientes maneras:
Humedecida con no menos de veinticinco (25) por cinto en peso de agua, alcohol u otro líquido inflamable.
Plastificada con no menos de dieciocho (18) por ciento de peso de plastificante. - Clase A – 9) Nitroglicerina con contenido de nitrógeno mayor de doce con sesenta (12,60), acondicionada con no menos de veinticinco (25) por ciento en peso de agua o alcohol.
- Clase A – 10) Explosivos para fines especiales:
Se consideran en este grupo los explosivos para uso científicos, medicamentos o industriales, en que no se aprovechan sus propiedades explosivas y en las condiciones de cantidad, envases o dilución que se establezcan al ser registrados. - Clase A – 11) Artificios pirotécnicos de bajo riesgo:
Son los artificios relativamente inocuos en si mismos y no susceptibles de explotar en masa. Comprenden este grupo los artificios de entrenamiento o de uso práctico que sean clasificados como de “venta libre Clase A – 11” por la Dirección Nacional de Fabricaciones Militares (en la actualidad RENAR). - Clase A – 12) Cartuchos para herramientas de percusión, matanza humanitaria de animales o similares.
- Clase A – 13) Cordones de ignición:
Están constituido por un hilo de alambre, recubierto por una mezcla de óxido-reducción y eventualmente una cubierta adicional impermeables. Se lo usa para iniciar la combustión de estopines. - Clase A – 14) Muestras:
Las de este grupo y las del grupo 13 (excepto clase 13-6) cuando su peso neto es inferior a un (1) kilogramo.
2. Grupo B:
- Clase B – 1) Pólvoras gelatinizadas:
Son bajos explosivos destinados a provocar efectos balísticos de propulsión, mediante su deflagración. Están constituidas por nitroglicerina gelatinizada con solventes, estabilisantes o plastificantes, explosivos o no. - Clase B – 2) Munición no explosiva:
Munición para armas de calibre mayor de veinte (20) milímetros, con o sin proyectil. - Clase B – 3) Artificios pirotécnicos de riesgos limitados:
Son aquellos artificios no susceptibles de explotar en masa, clasificados como de “venta libre Clase B-3” por el RENAR. - Clase B – 4) Nitrato de Amonio:
con no más de dos décimas (0,2) por ciento de sustancias orgánicas o los fertilizantes con mas de sesenta y cinco (65) por ciento de nitrato de amonio y hasta dos décimas (0,2) por ciento de sustancias orgánicas. - Clase B – 5) Muestras:
Las de este grupo de un (1) kilogramo y las del grupo C (excepto clase C-7) en cantidades que no excedan los quinientos (500) gramos. - Clase B – 6) Agresivos químicos de fines irritantes y sus municiones.
3. Grupo C:
- Clase C – 1) Altos Explosivos:
Están destinados a producir efectos rompedores y se caracterizan por detonar cuando son iniciados convenientemente. Se entiende por detonación el proceso por el cual el explosivo experimenta una reacción química dentro de un tipo peculiar de onda de choque llamada “onda de detonación”. Esta onda, sometida y reforzada por la reacción química se propaga a través del explosivo en metros por segundo, según la naturaleza físico – química del explosivo.Con nitroglicerina:
- Tipo C – 1a – 1) gelatina explosiva:
Alto explosivo obtenido por la gelatinización, en nitrocelulosa de nitroglicerina y/u otros ésteres nítricos polialcoholes, líquidos a temperatura ambiente. El contenido de ésteres nítricos totales no será inferior al noventa (90) por ciento.
- Tipo C – 1a – 1) gelatina explosiva:
- Tipo C – 1a – 2) gelignitas:
Alto explosivo obtenido por la gelatinización, en nitrocelulosa de nitroglicerina y/u otros ésteres nítricos polialcoholes, líquidos a temperatura ambiente, y adicionados de otras sustancias combustibles y/o explosivas y/o inertes. El contenido de ésteres totales no será inferior al diez (10) por ciento.
- Tipo C – 1a – 2a) gelignita amónica:
Gelignitas con contenido no menor a diez (10) por ciento de nitrato de amonio
- Tipo C – 1a – 2b) gelignitas comunes:
Las restantes gelignitas:
- Tipo C – 1a – 3) Dinamitas:
Altos explosivos constituidos fundamentalmente por nitroglicerina pudiendo llevar otros agregados de ésteres nítricos de otros polialcoholes, líquidos a temperaturas ambientes, absorbidas en materiales inertes y/o combustibles y/o adicionados de otras sustancias explosivas a excepción de nitrocelulosa.
- Tipo C – 1a – 3a) Dinamitas amónicas:
Dinamitas con un contenido no inferior al diez (10) por ciento de nitrato de amonio.
- Tipo C – 1a – 3b) Dinamitas comunes:
Las restantes:
- Tipo C – 1a – 4) Semidinamitas:
Explosivo con un contenido menor del diez (10) por ciento de nitroglicerina y/u otros ésteres nítricos de polialcoholes líquidos a temperatura ambiente. Los ésteres pueden estar absorbidos en materiales inertes y/o combustibles, y/o adicionados de otras sustancias explosivas.
- Tipo C – 1a – 5) Barros explosivos con nitroglicerina:
Explosivos que están constituidos por una sustancia acuosa de sales inorgánicas, nitroglicerina y/u otros ésteres nítricos de polialcoholes, líquidos a temperatura ambiente, gelatinizados con nitrocelulosa y otras sustancias explosivas o no.
- Tipo C – 1a – 6) Otros altos explosivos con nitroglicerina.
- Tipo C – 1b) Explosivos cloratados y percloratados:
Altos explosivos caracterizados por tener como componentes fundamentales cloratos y percloratos. - Tipo C – 1c – 1) Compuestos orgánicos nitrados y sus mezclas:
Compuestos orgánicos industrialmente puros, en cuyas moléculas se encuentran radicales nitrados, nitrogrupos, nitraminas, nitramidas, etc. o las mezclas de estos compuestos entre sí y/o con otros, caracterizados por tener propiedades de altos explosivos y que el ensayo comparativo de sensibilidad a las acciones mecánicas con ácido pícrico cristalizado se muestran igual o menos sensible. Se subdividen de acuerdo a su estado de agregación. - Tipo C – 1c – 2) Compuestos orgánicos nitrados y sus mezclas:
Puros en cuyas moléculas se encuentran radicales nitrados, nitrogrupos, nitraminas, nitramidas, etc., o las mezclas de estos compuestos entre sí y/o con otros, caracterizados por tener propiedades de altos explosivos y que el ensayo comparativo de sensibilidad a las acciones mecánicas con trinitrofenilnitramina (tetril), se muestran igual o menos sensible. Se subdividen de acuerdo a su estado de agregación. - Tipo C – 1c – 3) Compuestos orgánicos nitrados y sus mezclas:
Puros en cuyas moléculas se encuentran radicales nitrados, nitrogrupos, nitraminas, nitramidas, etc. o las mezclas de estos compuestos entre sí y/o con otros, caracterizados por tener propiedades de altos explosivos y no comprendidos en los tipos C – 1 y C-1c – 2. Se subdividen de acuerdo a su estado de agregación. - Tipo C – 1d) Nitrato de amonio:
Con mas de dos décimas (0,2) por ciento de sustancia orgánica o fertilizantes con mas de sesenta y cinco (65) por ciento de nitrato de amonio y más de dos décimas (0,2) por ciento de sustancia orgánica. - Tipo C – 1e) Explosivos a base de Nitrato de amonio:
Altos explosivos caracterizados por tener como componente nitrato de amonio. - Tipo C – 1f) Explosivo de uso inmediato a su fabricación:
Altos explosivos caracterizados porque se preparan con mezclas de sustancias explosivas o no, inmediatamente antes y en el lugar de su empleo. - Tipo C – 1g) Agentes de voladura:
Comprenden las mezclas de nitrato de amonio u otras sustancias oxidantes no calificadas como explosivas con sustancias reductoras no calificadas como explosivas, siempre que dichas mezclas no detonen al ser sometidas al ensayo de sensibilidad con detonador número ocho (N° 8). - Tipo C – 1h) Barros explosivos sin nitroglicerina:
Explosivos que están constituidos por una sustancia acuosa de sales inorgánicas, con el agregado de otras sustancias explosivas o no, exceptuados la nitroglicerina y/u otros ésteres nítricos de polialcoholes líquidos a la temperatura ambiente.
Sin Nitroglicerina:
- Clase C – 2) Iniciadores:
Explosivos y artificios que excitados en condiciones adecuadas por choque, roce, chispa o calor son capaces de detonar y transmitir la detonación a un alto explosivo.
- Tipo C – 2a) Explosivos iniciadores:
- Tipo C – 2b) Detonadores:
Comprende los no incluidos en la clase A – 1. - Tipo C – 2c) Elementos o artificio que tengan detonadores.
- Clase C – 3) Bajos explosivos:
Explosivos destinados a producir voladuras o efectos de propulsión y caracterizados porque iniciados por calor, llama o chispa, la reacción se propaga sin alcanzar un régimen de detonación.
- Tipo C – 3a) Pólvora negra:
Bajo explosivo constituido por una mezcla íntima de carbón azufre y nitrato. - Tipo C – 3b) Pólvora sin humo no incluida en la (Clase B –1).
- Tipo C – 3c) Otros bajos explosivos.
- Tipo C – 4) Artificios y composiciones pirotécnicas:
- Clase C – 4a) Artificios pirotécnicos:
que iniciados convenientemente liberan rápidamente una considerable cantidad de energía. Son susceptibles de explotar en masa. - Tipo C – 4b) Artificios pirotécnicos de efectos lumínicos, fumígenos o audibles
no calificados como de venta libre por el RENAR. - Tipo C – 4c) Composiciones pirotécnicas: Sustancias o mezclas de sustancias, de naturaleza explosiva o de fácil ignición, no incluidas en cualquier otra clase de explosivos y destinadas a artificios pirotécnicos.
- Clase C – 5) Cargas huecas:
Cargas moldeadas de alto explosivos, contenidas en un recipiente y con una cavidad, generalmente cónica, revestida de material rígido. - Clase C –6) Municiones explosivas, incendiarias o fumígenas para armas de fuego. Minas: torpedos, granada, bomba de aviación, bombas de profundidad. Proyectiles autopropulsados.
- Clase C – 7) Agresivos químicos y sus municiones, no comprendidos en la Clase B – 6.
- Clase C – 8) Muestras:
Las de este grupo, mayores de quinientos (500) gramos, y las de explosivos nuevos o en estudios, para su clasificación.
4. Excepciones:
A los fines de esta reglamentación no se consideraran explosivos las siguientes sustancias y las que en el futuro determine expresamente el RENAR.
a- Pinturas, lacas, barnices y similares a base de nitrocelulosa, con más de cuarenta (40) por ciento de peso de solvente.
b- Medicamentos que contengan ésteres nítricos calificados como explosivos, mezclados con no menos de noventa (90) partes en peso de sustancias no explosivas por cada diez (10) partes en peso de ésteres nítricos.
c- Fertilizantes con no más de sesenta y cinco (65) por ciento de nitrato de amonio y dos decimos (0,2) por ciento de sustancias orgánicas en sus componentes.
d- Nitroglicerina en solución alcohólica de hasta el diez (10) por ciento en peso, en envases no mayores de dos y medio (2,5) litros, excepto para la comercialización, en la cual el comprador requerirá autorización previa de la D.G.F.M..
e- Nitrocelulosa totalmente disuelta.
f- Nitrocelulosa modificada, en forma de pasta, gelatina, fibra, láminas, películas y chips, no apta para ser empleada como explosivo, que al ser encendida estando confinada no explota y cuya sensibilidad al golpe o fricción no sea mayor que la del dinitrobenceno.
g- Cartucho de caza cargados o vacíos con cebo.
h- Acido pícrico con no menos de veinticinco (25) por ciento de agua, en recipientes herméticos no metálicos, con no más de un (1) kilogramo de peso neto. 41
41- REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, Decreto número 320/83 de la Ley Nacional de Armas y Explosivos número 20429 (1983).”Reglamentación parcial de pólvoras, explosivos y afines”. Artículo 2.
PARTE 1
PARTE 2
PARTE 3
PARTE 4
PARTE 5
ANEXO 1
ANEXO 3
ANEXO 4
ANEXO 5
ANEXO 6
ANEXO 7
ANEXO 8
Por: Santiago Eugenio Gonzalez
Licenciado en Seguridad
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