Residuos peligrosos. Inquietud entre los recuperadores urbanos por cambios en la importación
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- El 18 septiembre, 2019
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Con la actualización de dos decretos sobre la importación de residuos peligrosos, el Gobierno puso en alerta a las cooperativas que reciclan los desechos domiciliarios, industriales y comerciales no peligrosos. Les preocupa que el ingreso al país de residuos con valorización disminuya su participación en el mercado local del reciclaje. Desde la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, negaron que el cambio normativo vaya a afectar la tarea de los recuperadores urbanos.
El Decreto N° 591, que se publicó en el Boletín Oficial la semana pasada, reemplaza artículos de los decretos 181 y 831 de comienzo de la década del 90. En 30 días, cuando estos cambios entre en vigor, se mantendrá la prohibición de importar residuos, excepto cuando sean reciclados o recuperados para otros usos. Pero, en esos casos, ya no será obligatorio presentar un certificado del país de origen que acredite que no se trata de residuos peligrosos para la salud o el ambiente. “En la práctica resulta de imposible cumplimiento, por cuanto los países exportadores únicamente emiten constancias indicando que en el marco regulatorio local, la corriente residual no es considerada un residuo peligroso”, señala el decreto.
Además, se redefine el concepto de esos residuos. “Dado los avances, aquellos residuos que han pasado por operaciones adecuadas y suficientes de tratamiento, incluyendo la segregación, acopio y/o acondicionamiento para fines específicos, según los criterios técnicos, dejan de ser considerados como tales y actualmente son destinados a un proceso productivo e incluso son comercializados como insumos, materias primas o productos, tales como los desechos de papel y cartón, la chatarra ferrosa, la chatarra de aluminio, los desechos de material plástico y el cascote de vidrio, entre otros”, fundamenta el decreto.
La empresa, el organismo o el particular que solicite la autorización para importar esos productos deberá acreditar alguno de los siguientes criterios:
- Que la sustancia u objeto se utilice para finalidades específicas
- Que exista un mercado o una demanda para dicha sustancia u objeto
- Que la sustancia o el objeto satisfaga los requisitos técnicos para las finalidades específicas y cumpla la legislación existente y las normas aplicables al producto
- Que el uso de la sustancia u objeto no genere impactos adversos para el ambiente o la salud
Posturas
Para Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, el nuevo decreto es cuestionable judicialmente: “Viola el principio de no regresión ambiental y de protección del ambiente. Estamos muy preocupados”, dijo a LA NACIÓN. “Quitar el requisito de presentar el certificado de inocuidad abre una caja de Pandora porque ese documento garantizaba que no se trataba de elementos peligrosos ni radioactivos. Esto nos puede convertir en una suerte de repositorio del mundo.”
Sólo en la ciudad de Buenos Aires, los recuperadores urbanos ayudan a reciclar unas 600 toneladas de basura por día, lo que es un 10% de la recolección diaria. “Son los ambientalistas más importantes de las ciudades”, sostuvo Viale. “Ellos dependen del precio de esos reciclables: si hay más oferta, va a haber menos demanda, lo que sería un golpe letal a los recicladores. En el país, ni siquiera estamos en una situación ni cercana a un proceso de reciclaje más o menos racional.”
Por su parte, desde la Secretaría de Ambiente de la Nación negaron que esta actualización normativa vaya a afectar a las cooperativas de recicladores urbanos y defendieron la necesidad de actualizar los requisitos de importación. “Sigue terminantemente prohibida la importación de residuos”, insistió Juan Trebino, subsecretario de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
“Antes creíamos que cuidábamos el ambiente, el reciclado y a los recuperadores locales con un documento que emitía un país que no era el nuestro y, así, estábamos conformes. Grave error. Es algo que nunca funcionó porque ningún organismo ni autoridad mundial emitiría una garantía de que algo no es inocuo -agregó el funcionario-. Ese certificado de inocuidad, que no se emite en ningún lugar del mundo, con este cambio pasa a ser un conjunto de normas técnicas de calidad y de requisitos de importación.”
Las normas que rigen el manejo de los residuos en el país incluye desde la Constitución Nacional, que protege el derecho a un ambiente “sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano”, y cinco convenios internacionales hasta leyes y decretos, entre los que están la Ley 24.051 sobre Residuos Peligrosos y su Eliminación, reglamentada por el decreto 831 de 1992 que fue modificado.
Actores
Los principales sectores que importan residuos son el agro y la industria, que suelen necesitar fibras de celulosa, que provienen principalmente de Estados Unidos, o caucho de un tamaño similar a las pequeñas esferas del telgopor, que llega desde Chile o Brasil, o material ferroso de Paraguay. Pero Trebino explicó que es baja la importación, excepto “cuando el mercado local no lo puede abastecer”. Es el caso, según puso como ejemplo, de los residuos de aluminio, que la industria nacional necesita importar porque la demanda supera la oferta local. Lo mismo sucede con ciertas fibras de papel para la industria o el caucho granulado de 2 mm para muebles o pisos deportivos, entre otras aplicaciones.
“Cuando se critica el decreto, se hace con desconocimiento del marco regulatorio argentino. La importación de residuos está prohibida por la Constitución Nacional y ni una ley o un decreto podría cambiarlo, y regulada por la ley sobre residuos peligrosos y su eliminación -dijo el funcionario, que participó de la redacción del nuevo texto-. Con esta modificación, lo que va a ingresar al país por lo menos no lo hará con un papel sin garantías, sino de acuerdo con normas técnicas específicas y un control que antes no se hacía. En el país, hay mucha gente que vive de la basura. Los recuperadores urbanos, que venden su producción a través de las cooperativas, no se van a ver afectados por esto. Es una norma de control. Y no debería autorizarse ninguna importación si hay un mercado local que satisface la demanda.”
Viale anticipó que desde la asociación que preside analizarán los nuevos cambios con las cooperativas.
Por: Fabiola Czubaj
La Nación
4 de septiembre de 2019
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