Relación entre salud y seguridad ocupacional
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- El 10 agosto, 2012
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Existe un vínculo muy importante entre la Medicina Laboral y la Higiene y Seguridad en el Trabajo.
En este aspecto, podríamos señalar que la Medicina Laboral busca detectar, a través de los diferentes exámenes médicos y clínicos, las posibles alteraciones que se produzcan en el estado de salud de un trabajador como consecuencia de su trabajo, en tanto que la Higiene y Seguridad en el Trabajo trata de hacer lo propio, a través de las determinaciones del tipo higiénicas en los lugares de trabajo, de manera de observar las posibles alteraciones en la “salud” de los empleados del establecimiento.
Siempre considerando ese marco teórico, el médico laboral alertará al profesional en higiene y seguridad acerca de los resultados que ha obtenido en los exámenes de salud, pudiéndole indicar el tipo de patología encontrada, el sector de trabajo donde se detectaron esas patologías, la maquinaria utilizada, etc. de manera que éste realice las mediciones y controles técnicos pertinentes a fin de constatar si los valores medidos superan o no los límites permisibles y de ese modo comenzar a corregir los desvíos encontrados si los hubiere.
En caso que sea el profesional de higiene y seguridad quien encuentra, a través de mediciones, valores superiores a los permitidos o bien muy cercanos a éstos en determinados lugares de trabajo y que pudieran ocasionar o hacer presumir que la salud del trabajador se viera afectada, informará al médico laboral de tal situación para que éste en sus controles médicos periódicos introduzca los estudios necesarios para analizar el impacto que tienen o que podrían tener estos contaminantes en la salud el trabajador o bien para que comience con la investigación pertinente sobre aquellos trabajadores que se encuentran expuestos al contaminante medido.
El médico accionará sobre el paciente en tanto que el profesional hará lo propio con la fábrica / establecimiento.
Como lo mencionamos anteriormente esto es un marco teórico. La práctica nos muestra que se producen diferentes situaciones entre estas dos prestaciones en tanto se traten de prestaciones externas o internas.
En el primer caso (ambas prestaciones externas), la desconexión es total; ninguno conoce nada de lo que hace el otro.
Cuando se combina un prestador externo (cualquiera de ellos) con otro de tipo interno, predominan los criterios que fija el Servicio Interno atento al contacto cotidiano o relativamente frecuente que se produce entre éste y la dirección de la empresa o con otras jefaturas de la misma.
A diferencia de los casos anteriores y cuando se trata de ambas prestaciones pero de tipo interno suele observarse una mayor comunicación entre ambos servicios de prevención, aunque no toda la que debería existir para alcanzar resultados satisfactorios.
La conclusión es que de una manera u otra, sean estos servicios externos o internos no se llega casi nunca a lograr que ambos profesionales trabajen en forma conjunta o bien complementaria. Hay diversos motivos para ello, algunos de los cuales podrían ser los siguientes:
- La empresa posee contratada sólo una de las dos prestaciones. Queda claro que falta uno de los interlocutores para que se produzca la comunicación.
- Si ambas son externas puede suceder que el Centro Médico no conozca ni le interese conocer más que los temas para los que lo han contratado (generalmente control de ausentismo y exámenes de salud) y el Servicio de Higiene y Seguridad se dedica solamente al tema de seguridad (evitar accidentes de trabajo) sin interesarle la problemática de la salud pues para eso hay un Servicio de Medicina contratado externamente y si a este no le preocupa el problema de la salud el cual es su actividad más específica, al de Higiene y Seguridad tampoco.
- Al empleador no le interesa “gastar” más dinero en contratar otros servicios del Centro o Clínica Médica y le señala al profesional que se dedique a los temas de seguridad.
Referencias:
Dec. 4160/73 DNHST
Dec. 351/79, Ley 19587
Dec. 1338/96 SRT
Por: Ing. Eduardo Javier Granda
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