La seguridad laboral en el ámbito internacional.
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- El 1 enero, 2000
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La mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo han constituido una de las esferas principales de ac-tuación de la Organización Internacional del Trabajo desde su creación en 1919, así como de la Unión Europea, so-bre todo a partir de la aprobación del Acta Única Europea en 1987. De hecho, el estudio de las normas, recomenda-ciones y programas emanados de ambas instituciones es una tarea imprescindible para comprender las disposiciones legales y reglamentarias en materia de prevención de riesgos laborales que en estos últimos años se han aprobado en España.
La forma en la que se está desarrollando el proceso de globalización, concretado básicamente en un aumento de la competencia internacional unida a una progresiva desregulación de las condiciones de trabajo, ha supuesto la apari-ción de una serie de problemas cuya primera consecuencia es la elevación a escala mundial de la siniestralidad labo-ral. Se calcula que cada año unos 270 millones de asalariados son víctimas de accidentes de trabajo, en los que mueren unas dos millones de personas, o por ponerlo con un ejemplo más ilustrativo, más de 5.000 trabajadores mueren al día por causas relacionadas con su trabajo, lo que es una tragedia cotidiana de tan grandes dimensiones como la acontecida en el World Trade Center de Nueva York el 11 de septiembre de 2001.
Los nuevos retos derivados de la globalización, así como la realidad que muestran las estadísticas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, han provocado que la OIT y la UE hayan dado un impulso a sus actividades en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, cuyos primeros resultados se han concretado en la adopción de va-rios informes y programas que es necesario comentar, aunque sea de forma resumida:
Para empezar con la OIT, se ha de comentar que sus estudios han detectado cómo las tasas de siniestralidad laboral están aumentando en los países en vías de desarrollo y han reseñado, como factores que pueden explicarlo, la insta-lación de empresas multinacionales, el aumento del denominado “trabajo informal” y la importancia que en aquellos países tienen algunos sectores productivos con riesgos laborales elevados (pesca, minería, agricultura) y que care-cen de la necesaria cobertura legal de protección de los trabajadores. Para hacer frente a estos problemas, la OIT se ha dotado del Programa Infocus sobre Trabajo Seguro, una de cuyas principales estrategias es la de mejorar la in-formación de las industrias y de los gobiernos sobre los beneficios de invertir en prevención, así como impulsar la rati-ficación por los Estados de los Convenios y recomendaciones relativos a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, aprobados por la OIT. En todo caso, hay que hacer mención también al reciente Informe publicado por dicha institución (Conferencia Internacional del Trabajo, 2003), en el que, entre otras ideas, se reclama que la seguri-dad y salud en el trabajo pase a ocupar un lugar más destacado en el orden de prioridades de los países y las em-presas.
En lo que se refiere al ámbito europeo, ha de afirmarse que, pese a que el mayor riesgo de siniestralidad lo siguen teniendo los sectores u ocupaciones tradicionales (construcción, industrias extractivas…), cada vez están aumentado más los problemas de salud mental. Para abordar esta problemática, la Unión Europea ha adoptado la “Nueva Estra-tegia Comunitaria en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (2002-2006)”, que establece como principales orien-taciones para los próximos años, la promoción de un enfoque global para el bienestar físico, moral y social para los trabajadores, un mayor énfasis en aquellos aspectos relacionados con la educación y sensibilización en la prevención de riesgos laborales, y la integración de la salud laboral en las demás políticas comunitarias.
También hay que referirse a la adopción por la Comisión Europea del “Libro Verde sobre Responsabilidad Social de las Empresas”, en el que se explica como uno de los ámbitos principales donde los empresarios deben llevar a cabo comportamientos social y éticamente responsables es la prevención de riesgos laborales, razón por la cual, se pro-mueve la introducción de criterios de protección de la seguridad y salud de los trabajadores como condiciones para adquirir productos o servicios de otras empresas y para promocionar sus propios productos, o el establecimiento del respeto a dichos criterios en el régimen de contratación entre empresas.
En fin, un repaso a las acciones que se han emprendido en el marco de la OIT y de la UE lleva a concluir que la pro-tección de la seguridad y salud en el trabajo requiere la adopción de medidas urgentes tanto a escala mundial como europea, o lo que es lo mismo, la prevención de riesgos laborales y la mejora de la calidad del trabajo han de conver-tirse en los próximos años en uno de los objetivos principales de las políticas públicas y de las empresas.
Ferran Camas Roda
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de Girona.
Prevención Integral (Julio de 2003)
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