La Prevención de Riesgos Laborales en BRASIL (1940 – 2014)
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- El 29 junio, 2015
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ESTE ARTÍCULO tiene como objetivo presentar la evolución de la Prevención de Riesgos en Brasil en el período de 1940 hasta 2014, bien como presentar indicadores de accidentes, los sectores que son responsables por más accidentes y también la preocupación que el gobierno y las empresas tienen el cambiar la actual situación.
UN BREVE HISTÓRICO
Antes de la década de 1940, en Brasil no tuvimos una legislación específica para protección de los trabajadores en sus actividades laborales, ni tampoco existían EPIs que fuesen capaces de hacer una protección eficaz para los trabajadores. Más el 1 de mayo de 1943, el Presidente Getulio Vargas, a través del Decreto-Ley nº 5.452, sancionó la Consolidación de las Leyes de Trabajo (CLT). La CLT reglamenta las relaciones de trabajo tanto urbano cuanto rural. De entre varios artículos se destacan a continuación los dedicados a seguridad y salud de los trabajadores que, en aquélla época, supusieron un gran avance.
- Las empresas tendrían que hacer que sus empleados conociesen los riesgos de sus actividades.
- Los empleados tendrían que cumplir los reglamentos de seguridad y salud sobre la penalización de su garantía de empleo.
- La empresa tendría que facilitar gratuitamente los EPIs y los empleados tendrían que utilizarlos de forma obligatoria.
- Fue creada la Comisión Interna de Prevención de Accidentes (CIPA) formada por representantes de la empresa y de los empleados.
- Las empresas eran obligadas a realizar exámenes de salud ocupacional antes de la admisión, periódicamente y después de la salida de lo empleado.
- Creación de la Semana Interna de Prevención de Accidentes.
- Seguimiento de la condiciones ambientales de trabajo tales como: conforto térmico, iluminación, ruido y radiaciones, de entre otros.
Fue una evolución en esta época, sin embargo, los indicadores de accidentes continuaron siendo muy altos hasta que en 1978, el Ministerio de Trabajo en Brasil creó las Normativas de Seguridad y Salud, similares a Ley nº 31/1995 de España. Actualmente estas normativas tienen 36 partes:
- Normativa Nº 01 – Disposiciones Generales.
- Normativa Nº 02 – Inspección Previa.
- Normativa Nº 03 – Embargo o Interdicción.
- Normativa Nº 04 – Servicio Especializado en Ingeniería de Seguridad y en Medicina de Trabajo.
- Normativa Nº 05 – Comisión Interna de Prevención de Accidentes.
- Normativa Nº 06 – Equipos de Protección Individual – EPI.
- Normativa Nº 07 – Programas de Control Médico de Salud Ocupacional.
- Normativa Nº 08 – Edificaciones.
- Normativa Nº 09 – Programas de Prevención de Riesgos Ambientales.
- Normativa Nº 10 – Seguridad en Instalaciones y Servicios en Electricidad.
- Normativa Nº 11 – Transporte, Movimiento, Almacenaje y Manoseo de Materiales.
- Normativa Nº 12 – Seguridad en el Trabajo en Máquinas y Equipos.
- Normativa Nº 13 – halderas y Vasos de Presión.
- Normativa Nº 14 – Hornos.
- Normativa Nº 15 – Actividades y Operaciones Insalubres.
- Normativa Nº 16 – Actividades y Operaciones Peligrosas.
- Normativa Nº 17 – Ergonomía.
- Normativa Nº 18 – Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en la Industria de la Construcción.
- Normativa Nº 19 – Explosivos.
- Normativa Nº 20 – Seguridad y Salud en el Trabajo con Inflamables y Combustibles.
- Normativa Nº 21 – Trabajo a Cielo Abierto.
- Normativa Nº 22 – Seguridad y Salud Ocupacional en la explotación minera.
- Normativa Nº 23 – Protección Contra Incendios.
- Normativa Nº 24 – Condiciones Sanitarias y de Confortación en los Locales de Trabajo.
- Normativa Nº 25 – Residuos Industriales.
- Normativa Nº 26 – Señalización de Seguridad.
- Normativa Nº 27 – Registro Profesional de Técnico de Seguridad del Trabajo (cancelada).
- Normativa Nº 28 – Fiscalización y Penalidades.
- Normativa Nº 29 – Seguridad y Salud en el Trabajo Portuario.
- Normativa Nº 30 – Seguridad y Salud en el trabajo en embarcaciones.
- Normativa Nº 31 – Seguridad y Salud en el Trabajo en la Agricultura, Pecuaria, Silvicultura, Explotación en Floresta y Acuicultura.
- Normativa Nº 32 – Seguridad y Salud en el Trabajo en Establecimientos de Salud.
- Normativa Nº 33 – Seguridad y Salud en el Trabajo en Espacios Cerrados.
- Normativa Nº 34 – Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en la Industria de la Construcción y Reparación Naval.
- Normativa Nº 35 – Trabajo en Altura.
- Normativa Nº 36 – Seguridad y Salud en el Trabajo en Empresas de sacrificio y Procesamiento de Carnes y Derivados.
Como percibimos, la legislación de seguridad y salud es cada día más exigente y está presente prácticamente en todas las actividades. A continuación, vamos a destacar algunos puntos importantes de la misma, empezando por la creación de los profesionales especializados en seguridad y salud.
PROFESIONALES DE SEGURIDAD Y SALUD
En el inicio de la década de 1980 se crearon las Portarías Normativas de los profesionales que tendrían que tener actividades exclusivas en seguridad y salud en las empresas. Estos profesionales no podrían ejecutar ninguna otra actividad a no ser de Prevención y sus perfiles abarcan:
- Ingeniero de Seguridad y Salud: Ingeniero con postgrado en Ingeniería de Seguridad y con registro y autorización del Consejo de Ingeniería de Brasil.
- Médico de Trabajo: Médico con postgrado en Medicina de Trabajo y con registro y autorización del Consejo de Medicina de Brasil.
- Enfermero de Trabajo: Enfermero con postgrado en Enfermería de Trabajo y con registro y autorización del Consejo de Enfermería de Brasil.
- Técnico de Seguridad del Trabajo: profesional con curso técnico de seguridad de trabajo de enseñanza medio y con registro y autorización del Ministerio de Trabajo de Brasil.
- Técnico de Enfermería del Trabajo: profesional con curso técnico de enfermería de trabajo de enseñanza medio y con registro y autorización del Consejo de Enfermería.
- Auxiliar de Enfermería del trabajo: auxiliar de enfermería o técnico de enfermería portador de certificado de conclusión de curso de calificación de auxiliar de enfermería de Trabajo y con registro y autorización del Consejo de Enfermería.
Estos grupos de profesionales constituyen el Servicio Especializado de Ingeniería de Seguridad y Salud del Trabajo, y las empresas están obligadas a tenerlos de acuerdo con su grado de riesgo, que puede variar entre 1 a 4, en relación al número de empleados de su empresa y también por la actividad a la que se dedica, conforme al cuadro diseñado por el Ministerio de Trabajo (ver Cuadro 1).
En mi opinión, dimensionar el número de profesionales de seguridad y salud teniendo en consideración también el de empleados es un equívoco que podría conducirnos a la siguiente situación:
Supongamos que una empresa tiene las siguientes características:
- Cantidad de empleados: 600.
- Grado de Riesgo: 3.
Ello le llevaría a tener la obligación de disponer de:
- 1 Ingeniero de Seguridad.
- 1 Médico de Trabajo.
- 3 Técnicos de Seguridad de Trabajo.
Supongamos también que esta empresa ha tenido que hacer después un ajuste de plantilla y su cuadro actual está en 500 empleados. Ello implicaría que en su cuadro de profesionales de seguridad y salud tendría que tener:
- 2 Técnicos de Seguridad de Trabajo.
En mi opinión es un error porque no habiendo cambiado la actividad de la empresa y siendo los riesgos los mismos, sin embargo el número de profesionales de seguridad y salud ha tenido que disminuir solo porque el número de empleados se ha visto reducido.
COMISIÓN INTERNA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Otro avance ha sido la creación de la Comisión Interna de Prevención de Accidentes, que está formada por representantes de la empresa y de los empleados. En su inicio tuvo como objetivo que empleados que no tuviesen una formación específica de seguridad y salud debatir los temas relacionados con la prevención a través de reuniones mensuales.
En un principio, los representantes de los empleados sufrían despidos porque no concordaban con la dirección de las empresas en algunos deba tes sobre el tema de prevención. Entonces, una Ley dispuso que todos los representantes de los empleados tendrían una estabilidad en el empleo de dos años, siendo 1 año el de su mandato y otro después del mismo. Esto funcionó en los primeros tiempos pero, sin embargo, de manera progresiva algunos empleados utilizaron la estabilidad casi exclusivamente para asegurar su puesto de trabajo, dejando el punto principal, que es la seguridad y salud, en segundo plano.
ACCIDENTES DE TRABAJO EN BRASIL
Los últimos datos estadísticos de Accidentes de Trabajo en Brasil fueron divulgados en 2011 por el Ministerio de la Previdencia Social. Estos datos indican, en comparación con los años anteriores, un pequeño aumento en el número de accidentes de trabajo registrados, que han pasado de 709.474 en 2010 a 711.164 en 2011.
El número de óbitos también ha registrado un aumento, pasando de 2.753 muertes registradas en 2010 a 2.884 en 2011. Y finalmente, los datos apuntados por el Ministerio de la Previdencia Social en relación a las docenas ocupacionales registraron una caída de 17.177 en 2010 a 15.083 en 2011.
El coste total de los accidentes de trabajo en Brasil está en torno a los 70 mil millones de reales (R$) por año, que suponen cerca de 21.700 mil millones de euros (€).
ANÁLISIS FINAL
El punto positivo es que en Brasil el tema de Prevención de Riesgos y de Salud Ocupacional está cambiando para mejor. Las empresas cada vez más están invirtiendo en seguridad, en equipos de protección, en formación y principalmente cambiando la cultura de sus empleados para que los accidentes no existan. Muchas empresas tienen un sistema de gestión de seguridad y salud certificado (OHSAS 18.001), a la vez que están poniendo en marcha grandes proyectos en prevención orientados al objetivo de 0 accidentes.
Otro punto muy importante ha sido la creación de órganos oficiales tales como la Asociación Brasileña de Prevención de Accidentes, la Sociedad Brasileña de Ingeniería de Seguridad y la Asociación Brasileña de Medicina Laboral.
Para mí, profesional de Seguridad durante 16 años, creo que vivimos la mejor fase de la prevención y salud en Brasil, y a pesar de que continuamos teniendo altas tasas de siniestralidad las grandes empresas están desempeñando un papel de extrema importancia, tanto ellas como sus profesionales de Prevención y Salud. Ambos están contribuyendo a ejercer un auténtico Liderazgo en seguridad para cambiar la cultura de la sociedad en este ámbito.
Por: Claudio Luis de Oliveira Jorge
Fuente: Prevencionar
- TAE de PRL en Gas Natural Fenosa y Auditor Líder en Seguridad y Salud (OHSAS 18.001)
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