La comunicación de la información relativa a las sustancias peligrosas
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- El 8 noviembre, 2004
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«Cortesía de la Autoridad danesa de condiciones de trabajo».
Introducción
La comunicación eficaz acerca de los riesgos para la salud de los trabajadores y su gestión en el lugar de trabajo es un desafío común tanto para los empresarios como para los trabajadores y sus representantes. Esta hoja informativa aborda los elementos que han de tenerse en cuenta para una comunicación satisfactoria.
Legislación
Los reglamentos de la UE relativos a la clasificación y el etiquetado ( 1 ) establecen el marco de las obligaciones de los productores de sustancias químicas. Determinan la información importante ( 2 ) que debe figurar de manera normalizada en las etiquetas de seguridad, los símbolos de riesgo y las fichas de datos de seguridad disponibles para los usuarios.
La directiva relativa a los agentes químicos ( 3 ) especifica que los empresarios recabarán del proveedor o de otras fuentes de fácil acceso toda información adicional que se requiera para evaluar los riesgos. Asimismo, los empresarios garantizarán que se facilite información y formación a los trabajadores y/o sus representantes en lo que atañe a:
- las propiedades peligrosas de los agentes químicos manipulados;
- el nivel, el tipo y la duración de la exposición y las condiciones de trabajo con respecto a dichos agentes;
- las precauciones adecuadas que deban adoptarse con objeto de protegerse a sí mismo y a los demás trabajadores en el lugar de trabajo;
- el efecto de las medidas preventivas adoptadas o que deban adoptarse;
- los valores límites de exposición profesional o los valores límite biológicos;
- y cuando estén disponibles, las conclusiones extraídas de los estudios de vigilancia de la salud y evaluación de la exposición que ya se hayan llevado a cabo.
Además, el empresario garantizará que los trabajadores estén sensibilizados para que tengan en cuenta los cambios que puedan producirse en estas circunstancias.
En lo que se refiere a los trabajadores que tienen probabilidades de estar expuestos a agentes carcinógenos y mutágenos ( 4 ) o a ciertos agentes biológicos ( 5 ), los empresarios tienen que conservar un registro en el que figure la información sobre la exposición y la vigilancia sanitaria. Los trabajadores tienen que tener acceso a sus datos personales.
Estas reglamentaciones deberán ser transpuestas a la legislación nacional. Los Estados miembros pueden incluir disposiciones complementarias o más restrictivas en favor de la protección de los trabajadores, en la medida en que las directivas correspondientes fijan solamente los requisitos mínimos.
El futuro sistema comunitario en materia de registro, evaluación y autorización de productos químicos, REACH, tiene como finalidad incrementar la disponibilidad de la información correspondiente a las propiedades de los productos químicos, sus efectos sobre el medio ambiente y la salud, los usos previstos y las medidas que han de adoptarse para reducir los riesgos.
Por tanto, se recomienda encarecidamente que busque esclarecimiento sobre la legislación nacional específica que pueda aplicarse en relación con el uso de sustancias peligrosas en el lugar de trabajo.
El etiquetado de los productos químicos
En caso de que una sustancia o producto químico sea clasificado como peligroso, el fabricante o importador debe poner sobre el envase o embalaje una etiqueta de peligro con información que mencione por lo menos:
- el nombre o el nombre comercial de la sustancia o producto y el nombre y dirección de la persona responsable de su comercialización;
- el(los) nombre(s) del contenido peligroso que ha dado lugar a la clasificación como producto peligroso;
- los números de registro de la CE para las sustancias, por ejemplo, el número del catálogo Einecs ( 6 ) o la lista Elincs ( 7 );
- indicaciones normalizadas que señalan el peligro, los símbolos de peligro ( 8 ), las indicaciones del riesgo [frases R ( 9 )] y las directrices de seguridad [frases S ( 10 )]. Asimismo, se fijan disposiciones para los preparados que contienen varias sustancias peligrosas que requieren varios símbolos y frases relativas a los riesgos específicos.
Los símbolos de riesgo, y las frases relativas al riesgo (R) y a la seguridad (S) son indicaciones del peligro de la sustancia y de las medidas de seguridad relativas a dicha sustancia. Tanto las frases R como las S han sido fijadas por las Directivas de la Comunidad Europea ( 11 ). Se utilizan en el etiquetado de los embalajes y en las fichas de datos de seguridad a fin de advertir y orientar el uso de los productos y preparados peligrosos. Las frases relativas al riesgo son presentaciones normalizadas de los perjuicios potenciales que el producto entraña para la salud y la seguridad en condiciones normales de manipulación y uso, por ejemplo, la R21, «Nocivo en contacto con la piel». Las frases tipo relativas a la seguridad y sus combinaciones presentan las medidas que han de adoptarse tales como la S15, «Conservar alejado de fuentes de calor».
Para el uso en el lugar de trabajo, tiene que facilitarse en las fichas de datos de seguridad una información suplementaria más amplia y normalizada relativa a los efectos sobre la salud, el contenido del producto, las medidas de protección adecuadas y el equipo de protección personal.
Fichas de datos de seguridad (FDS)
Los fabricantes y proveedores de productos químicos deberán facilitar a los usuarios profesionales fichas de datos de seguridad ( 12 ) en las que figure la información relativa a las propiedades de la sustancia, los peligros que representa para la salud y el medio ambiente, los riesgos que entrañan sus propiedades físicas y químicas, el almacenamiento, la manipulación, el transporte y la eliminación de residuos, así como orientaciones para la protección de los trabajadores, la lucha contra incendios, las medidas que han de adoptarse en caso de emisión accidental y los primeros auxilios en cada caso. La finalidad principal de las fichas de datos de seguridad es permitir a los empresarios determinar si en el lugar de trabajo hay algún agente químico peligroso y evaluar todos los riesgos que el uso de dicho agente pueda entrañar para la salud y la seguridad de los trabajadores y/o el medio ambiente. Los trabajadores o sus representantes deben tener acceso a las fichas de datos de seguridad.
La información que figura en las fichas de datos de seguridad puede ser el punto de partida para identificar los peligros a los que se encuentran expuestos los trabajadores y las medidas de control que se requieren. No obstante, el productor no puede prever todas las condiciones eventuales de uso. Por tanto, las medidas de protección recomendadas en las fichas de datos de seguridad tienen que adaptarse a las condiciones de cada lugar específico de trabajo.
Otras fuentes de información
En el caso de algunos productos, tales como los productos farmacéuticos (por ejemplo, las medicamentos citostáticos) o los cosméticos (por ejemplo, los productos para el cuidado del cabello), los proveedores no tienen que facilitar fichas de datos de seguridad.
En algunos casos, puede requerirse más información a pesar de disponerse de fichas de datos de seguridad. Por tanto, a fin de recopilar la información necesaria para evaluar los riesgos y adoptar las medidas preventivas, es preciso:
- recurrir a otras fuentes (documentación técnica, instrucciones de uso, documentos y publicaciones técnicos y científicos de referencia);
- preguntar a los fabricantes y proveedores;
- consultar a los servicios de prevención;
- buscar el asesoramiento de las organizaciones profesionales (asociaciones profesionales, cámaras de comercio, organizaciones sindicales, la seguridad social y otros);
- ponerse en contacto con las autoridades.
Los agentes biológicos se clasifican de acuerdo con el riesgo que entrañan para la salud. Se aconseja consultar la legislación nacional relativa a la manipulación de agentes biológicos en el lugar de trabajo que incluya tablas de clasificación de los agentes biológicos peligrosos (microorganismos y parásitos) de acuerdo con el nivel de riesgo, que servirán de base para la evaluación de los riesgos y las medidas preventivas que han de adoptarse al utilizar estas sustancias.
Ejemplos de sistemas de información útiles
El sitio Internet interactivo del control de sustancias peligrosas para la salud «COSHH Essentials» ( 13 ) de la autoridad británica en la materia, Health and Safety Executive, tiene como finalidad facilitar a las pequeñas empresas una orientación sencilla paso a paso para la evaluación y control de las sustancias peligrosas que utilizan en el lugar de trabajo.
La base de datos del sistema de información sobre sustancias peligrosas Gestis-substance database ( 14 ) de las instituciones alemanas para la prevención y el seguro obligatorio contra accidentes facilita información sobre unas 7 000 sustancias. El sistema está enlazado con una base de datos relativa a las exposiciones (DOK-MEGA) ( 15 ) y una base de datos con fichas de datos (ISI) ( 16 ) que proporciona enlaces a más de 410 000 fichas de datos de seguridad procedentes de 200 productores. Además, se complementa con una base de datos sobre las características de la combustión y la explosión (Gestis-Dust-Ex) ( 17 ) de más de 4 000 muestras de polvo que abarcan la mayor parte de los sectores industriales.
Las Fichas internacionales de seguridad química (ICSC) ( 18 ) elaboradas gracias a la cooperación de tres organizaciones internacionales, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el contexto de la cooperación con la Comisión de las Comunidades Europeas facilitan información sobre más de 1 200 sustancias. Las fichas ICSC resumen la información esencial en materia de seguridad y salud para el uso sobre el terreno de los productosquímicos por parte de los trabajadores y empresarios. Las fichas también están disponibles en otros idiomas.
Más información
En el sitio: http://osha.eu.int/ew2003/ también pueden encontrarse más ejemplos de cómo comunicar de manera satisfactoria la información y otras hojas informativas de esta serie sobre sustancias peligrosas. Esta fuente se actualiza y desarrolla constantemente.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha recopilado un módulo de instrucciones destinado a los comités de seguridad y salud sobre la manera de hacer llegar a los trabajadores y al empresario las cuestiones relativas a la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, incluidos los riesgos químicos en los lugares de trabajo. Este módulo está disponible gratuitamente en: http://www.itcilo.it/english/actrav/telearn/osh/com/comain.htm
- ( 1 ) Por ejemplo, la Directiva 67/548/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1967, y sus modificaciones posteriores presentan los requisitos para la prueba, la clasificación y el embalaje de sustancias peligrosas, y la Directiva 1999/45/CE, relativa a la clasificación, embalaje y etiquetado de sustancias peligrosas.
- ( 2 ) Directiva 91/155/CEE de la Comisión, de 5 de marzo de 1991, y sus modificaciones por la que se definen y fijan las modalidades del sistema de información específica, relativo a los preparados peligrosos (fichas de datos de seguridad).
- ( 3 ) Directiva 98/24/CE del Consejo, de 7 de abril de 1998, relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
- ( 4 ) Directiva 90/394/CEE del Consejo, de 28 de junio de 1990, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos durante el trabajo.
- ( 5 ) Directiva 2000/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
- ( 6 ) Catálogo europeo de sustancias químicas comercializadas (Einecs), un catálogo que contiene 100 195 sustancias; véase: http://ecb.jrc.it/new-chemicals/
- ( 7 ) Lista europea de sustancias químicas notificadas, véase: http://ecb.jrc.it/new-chemicals/
- ( 8 ) http://www.ilo.org/public/english/protection/safework/cis/products/icsc/dtasht/symbols/index.htm
- ( 9 ) http://www.ilo.org/public/english/protection/safework/cis/products/icsc/dtasht/riskphrs/index.htm
- ( 10 ) http://www.ilo.org/public/english/protection/safework/cis/products/icsc/dtasht/sftyphrs/index.htm
- ( 11 ) Directiva 2001/59/CE, de 6 de agosto de 2001, por la que se adapta por 28 a vez al progreso técnico, la directiva 67/548/CEE del Consejo.
http://europa.eu.int/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexapi!prod!CELEXnumdoc&lg=en&numdoc=32001L0059&model=guichett - ( 12 ) http://europa.eu.int/comm/enterprise/chemicals/sds/sdsdir.htm
- ( 13 ) www.coshh-essentials.org.uk
- ( 14 ) http://www.hvbg.de/bia/gestis-database
- ( 15 ) http://www.hvbg.de/d/bia/fac/mega/megae.htm
- ( 16 ) http://www.hvbg.de/d/bia/fac/ISI/isi.htm
- ( 17 ) http://www.hvbg.de/d/bia/fac/expl/exple.htm
- ( 18 ) http://www.ilo.org/public/english/protection/safework/cis/products/icsc/
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Gran Vía, 33, E-48009 Bilbao, España
Tel. (34) 944 79 43 60. Fax: (34) 944 79 43 83
Correo electrónico: [email protected]
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