Anexo de Resolución VII.19 (1999) – 2º Parte
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- El 4 mayo, 2004
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2.2 Gestión de especies compartidas dependientes de los humedales
15. La cooperación internacional en la gestión de las denominadas especies compartidas ha sido una de las prioridades de la Convención desde un principio. De hecho, la voluntad de promover la cooperación internacional para conservar las aves acuáticas migratorias fue uno de los principales motivos por lo que los países redactaron e instituyeron una convención como la de Ramsar. Hoy, la Convención continúa promoviendo este aspecto de su normativa muy enérgicamente y a medida que aumenta el conocimiento de las especies migratorias, cobra más fuerza también el imperativo de que la Convención adopte un enfoque más estratégico de gestión de las especies compartidas. Es importante reconocer que los grandes humedales no son siempre críticos para la conservación de las especies migratorias; también muchos humedales pequeños son elementos vitales de las vías migratorias y son importantes colectivamente para la conservación de la diversidad biológica. Se ha de tener presente también que no todas las especies compartidas son migratorias. Hay especies sedentarias con un área de distribución pequeña y se hallan en humedales transfronterizos o países vecinos. La cooperación en la gestión de los humedales preconizada en 2.1 supra es crítica para estas especies.
16. En reconocimiento de la estrecha relación entre la Convención de Ramsar y la Convención sobre las especies migratorias (CEM), existe un Memorándum de Entendimiento entre ellas. El reto de éste para la Convención de Ramsar es velar por la protección y gestión eficaces de las especies migratorias amenazadas que la CEM procura conservar mediante acuerdos multilaterales entre los Estados del área de distribución. Los Criterios revisados para identificar humedales de importancia internacional (Resolución VII.11) y sus Objetivos recién formulados, se concentran ahora más claramente en esto como uno de los aspectos fundamentales de la Visión para la Lista de Humedales de Importancia Internacional.
17. El incremento de los conocimientos sobre la distribución y los aspectos biológicos de estas especies ha traído consigo el reconocimiento de que las especies compartidas no comprenden únicamente a las aves acuáticas con sus migraciones tan remarcadas. En los humedales costeros hay muchas especies que migran, como las tortugas marinas y algunas poblaciones de peces. La Convención, en asociación con la CEM, debe volcar ahora su atención también sobre estas especies, así como sobre las aves acuáticas de las que se ha ocupado tradicionalmente.
18. Las mismas fuerzas que motivaron la elaboración de la Convención de Ramsar y la CEM desempeñaron también una función en la preparación del Plan de manejo de las aves acuáticas de América del Norte, un acuerdo firmado por los gobiernos del Canadá, los Estados Unidos y México (en 1994). Mediante este Plan dichos países procuran lograr juntos la recuperación y protección de las poblaciones de aves acuáticas protegiendo y restaurando los hábitat de humedales de los que dependen en toda América del Norte. Como en el caso de Ramsar, la cooperación internacional ha sido una de las prioridades del Plan desde un principio y las asociaciones de conservación que se han instituido para lograrla, denominadas ‘operaciones conjuntas’ son una de las características distintivas del mismo. En la medida en que el Plan alienta a estos tres países a adoptar un enfoque de conservación tanto a nivel de los hábitat, como de carácter asociativo, no sólo reporta beneficios a largo plazo a un amplio espectro de especies dependientes de los humedales, sino que sirve también de modelo para la cooperación internacional que se ha de poner en práctica en otros lugares del mundo. La conservación de las aves acuáticas migratorias en Asia y el Pacífico se promueve en el marco de la Estrategia de Conservación de las Aves Acuáticas Migratorias de Asia y el Pacífico 1996-2000 mediante el establecimiento de redes para aves playeras, grullas y Anatidae migratorias (véase la Recomendación 6.4). Asimismo la Red de Reservas para Aves Playeras del Hemisferio Occidental ha promovido con resultados satisfactorios la conservación de esas aves en las Américas mediante asociaciones locales creadas en determinados sitios.
2.2.1 Aves acuáticas migratorias
19. En lo que atañe a las aves acuáticas migratorias, la Convención de Ramsar tiene el deber de velar, en el marco de la cooperación internacional, por que los hábitat de humedales importantes que forman vías migratorias se reconozcan y gestionen debidamente a perpetuidad. La Lista de Humedales de Importancia Internacional es el instrumento de que dispone la Convención para tratar de alcanzar esta meta. Las Partes Contratantes deben tener como prioridad identificar y designar todos los sitios que cumplan los Criterios para la identificación de humedales de importancia internacional relativos a las aves acuáticas. La Convención hará una contribución importante a los esfuerzos para conservar estas especies como resultado de la elaboración y ejecución de planes de gestión de estos sitios. El concepto de redes de sitios (véase la sección 2.4.3) es uno de los conceptos que la Convención debe promover más enérgicamente a fin de relacionar entre sí a los administradores de estos sitios para hacer posible intercambiar datos y promover la fijación de objetivos de conservación estratégicos en vez de encararlos sitio por sitio únicamente.
2.2.2 Otras especies migratorias
20. Como se indica en la introducción de esta sección sobre las especies dependientes de humedales compartidos, hoy se reconoce que la Convención de Ramsar debería estar desempeñando una función más activa en la protección y gestión de hábitat de humedales de un espectro más amplio de aves que las acuáticas. En el marco de la CEM se hallan en marcha actividades para elaborar acuerdos multilaterales de conservación de especies como las tortugas marinas. También en este sentido la Convención de Ramsar puede contribuir mediante la designación de hábitat críticos como Humedales de Importancia Internacional y la promoción de redes de sitios. Como en el caso de las aves migratorias mencionadas anteriormente (véase 2.2.1), los Criterios para designar humedales de importancia internacional en base a peces pueden ofrecer un medio de acción concertada de las Partes Contratantes para velar por que estas áreas críticas de las vías migratorias se designen y gestionen debidamente.
Sección B Lineamientos relativos a especies compartidas dependientes de los humedales B1. Las Partes Contratantes deben asignar prioridad a la identificación y designación de todos los sitios que satisfagan los Criterios para Identificar Humedales de Importancia Internacional en base a aves acuáticas, y luego a la elaboración y ejecución de planes de gestión de dichos sitios. En el contexto de estos Lineamientos ello debe aplicarse especialmente a los sitios de las vías migratorias y compartidos. Análogamente, la designación y manejo por las Partes Contratantes de hábitat de humedales importantes para otras especies compartidas (como los peces) es un deber en términos de la cooperación internacional. B2. La Convención debe promover más enérgicamente el concepto de redes de sitios, con vistas a relacionar entre sí a los administradores para que sea posible intercambiar datos y asistencia técnica y financiera cuando sea necesario. La fijación de metas de conservación estratégicas para las redes en su conjunto y las poblaciones de las especies que sustenten, es crucial. Las Partes Contratantes deben considerar la inclusión de sitios en las redes internacionales relevantes (Red Asia/Australasia de Reservas para Aves Playeras, Red de Sitios para las Grullas de Asia Nordoriental, Red de Sitios para Anatidae del Asia Oriental, y Red de Reservas para Aves Playeras del Hemisferio Occidental). B3. La Convención pedirá también asesoramiento a la CEM sobre las especies que dependen de los humedales y apoya sus esfuerzos para alentar la elaboración de acuerdos multilaterales de conservación de las mismas. B4. Se insta a las Partes Contratantes a examinar y adoptar, cuando proceda, modelos regionales idóneos, como el Plan de Manejo de las Aves Acuáticas de América del Norte y la Estrategia de Conservación de las Aves Acuáticas Migratorias de Asia y el Pacífico 1996-2000, a la hora de instituir acuerdos multilaterales para conservar especies dependientes de los humedales. Lo ideal sería que estos acuerdos dieran cabida a los enfoques asociativos promovidos por el Plan y la Estrategia mencionados, que agrupan a todos los niveles administrativos de gobierno, a las ONG y al sector empresarial.
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2.3 Labor de Ramsar en asociación con convenciones y organismos internacionales/regionales relacionados con el medio ambiente
21. En el Objetivo Operativo 7.2 del Plan Estratégico adoptado en 1996 se dan orientaciones sobre la cooperación internacional relacionada con convenciones y organismos internacionales/regionales relacionados con el medio ambiente. Básicamente, este Objetivo fija las prioridades de la Convención de fomentar la cooperación y la sinergia con estas convenciones y organismos a fin de promover objetivos y metas comunes. La Convención de Ramsar también mantiene una asociación singular con diversas organizaciones no gubernamentales internacionales (BirdLife International, el Fondo Mundial para la Naturaleza, la UICN – Unión Mundial para la Naturaleza y Wetlands International) y busca ampliar estas relaciones a través de la Resolución VII.3. La cooperación con estos Asociados Internacionales seguirá aumentando el ritmo de aplicación de la Convención a todos los niveles, desde el internacional hasta el local.
2.3.1 Otras convenciones mundiales relacionadas con el medio ambiente
22. El Objetivo Operativo 7.2 del Plan Estratégico 1997-2002 de Ramsar se refiere al fomento de la cooperación con el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), la Convención del Patrimonio Mundial, el Programa del Hombre y la Biosfera, la CEM (véase 2.2 supra), la CITES (véase más adelante 2.6.2), la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y la Convención de lucha contra la desertificación. La Convención sobre los Humedales mantiene un Memorándum de Cooperación y un Plan de Acción Conjunto con el CDB, en cuyo marco colabora como la principal asociada en las cuestiones concernientes a los humedales. Según se ha indicado anteriormente, existe asimismo un Memorándum de Entendimiento con la CEM, que se fortalecerá también mediante acciones conjuntas en el marco de estos Lineamientos (véase la sección 2.2 supra). En diciembre de 1998 y en mayo de 1999 se firmaron un Memorándum de Cooperación con la Convención de lucha contra la desertificación, y un Memorándum de Entendimiento con la Convención del Patrimonio Mundial. La Convención de Ramsar continuará concertando acuerdos parecidos con las otras convenciones internacionales mencionadas y elaborando planes de acción conjuntos en el marco de los mismos. En la sección 2.6.2 de estos Lineamientos se sientan las bases para la cooperación con la CITES en el futuro inmediato.
23. En el plano nacional las Partes Contratantes necesitan cerciorarse de que estas convenciones se apliquen de forma armónica e integrada cuando quiera que sea posible. Además del deber de tomar medidas internas, cada una de ellas supone también deberes en materia de cooperación internacional y a la hora de cumplirlos las Partes Contratantes deben procurar coordinar sus respuestas. Esto se aplica, en mayor o menor grado, a todas las actividades propuestas en el presente documento y por ende la adopción de un enfoque integrado debería redundar en una mayor eficacia en función de los costos.
2.3.2 Convenciones, acuerdos y organizaciones regionales relacionados con el medio ambiente
24. Al igual que con las convenciones internacionales relativas al medio ambiente, la Convención de Ramsar necesita establecer asociaciones con las convenciones, los acuerdos y las organizaciones regionales pertinentes. En la acción 7.2.8 del Plan Estratégico de la Convención de Ramsar se identifican varios de estos convenios, acuerdos y organizaciones y las acciones en asociación con ellos deberían ser una de las prioridades. Entre ellos figuran el Programa Regional de Medio Ambiente del Pacífico Sur, el Convenio de Berna sobre la conservación de la fauna y flora silvestres y los hábitat naturales de Europa, y el Tratado de Cooperación Amazónica. La asociación con estas iniciativas regionales promoverá respuestas regionales más coherentes a los retos ambientales, con inclusión de la conservación y el uso racional de los humedales. La Iniciativa para los Humedales Mediterráneos (MedWet), en la que participan los países de la cuenca del Mar Mediterráneo, es un ejemplo de acuerdo de base regional que contribuye en gran medida a fomentar la cooperación con vistas a la conservación y el uso racional de los humedales. Se trata de un modelo que la Convención debe promover (ver la Resolución VII.22).
2.3.3 Programas y organizaciones internacionales
25. Existen numerosos programas y organizaciones internacionales con los que la Convención de Ramsar debería estar colaborando más estrechamente. Algunos actúan en el marco de las Naciones Unidas y sus órganos y organismos (la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible, el PNUD, el PNUMA, la Organización Mundial de la Salud, etc.), y para ello se promoverá la elaboración de un Memorándum de Cooperación formal con los programas pertinentes de las Naciones Unidas. En la sección 2.5 se analiza detalladamente la relación que la Convención de Ramsar debería mantener con los organismos donantes. Además de los programas y organizaciones citados, existen otros, como la Red Internacional de Organizaciones de Cuencas y la Red Mundial de Educación sobre el Medio Fluvial, que pueden poner su personal especializado a disposición de las Partes Contratantes en la Convención de Ramsar y no cabe ninguna duda de que sería ventajoso colaborar con ellos sobre la base de una asociación más estrecha. Según se ha indicado anteriormente, la continuación de las actividades de cooperación con los Organizaciones Internacionales Asociadas a la Convención (Resolución VII.3) reviste también una importancia crítica y cabría incrementar los esfuerzos para elaborar enfoques de más estrecha colaboración con estas organizaciones. La Convención de Ramsar seguirá estableciendo asociaciones con otros tratados, acuerdos y programas internacionales y regionales pertinentes (como los que ha concertado con el CDB, la CEM, la CLD y la CPM), y por su intermedio elaborará y aplicará programas de trabajo conjuntos.
Sección C Lineamientos relativos a las asociaciones con convenciones y organismos internacionales/regionales relacionados con el medio ambiente C1. En el plano nacional, las Partes Contratantes han de cerciorarse de que estas convenciones se apliquen de forma armónica e integrada cuando quiera que sea posible. Esto hará posible que cada una de ellas adopte un enfoque más integrado para cumplir sus obligaciones en materia de cooperación internacional y regional. C2. Se promoverá la elaboración de un Memorándum de Cooperación formal entre la Convención de Ramsar y las Naciones Unidas y se insta a la Oficina de Ramsar y a las Autoridades Administrativas nacionales Ramsar a establecer vínculos de trabajo con las Organizaciones Internacionales Asociadas a la Convención y con otros órganos competentes, como la Red Internacional de Organizaciones de Cuencas y la Red Mundial de Educación sobre el Medio Fluvial. |
2.4 Intercambio de conocimientos e información
2.4.1 Intercambio de conocimientos
26. En todos los países existen conocimientos técnicos sobre gestión de humedales y expertos en ello. A veces los depositarios de dichos conocimientos son las pueblos indígenas que han dependido de los humedales durante generaciones y recurrido a prácticas de uso racional para conservarlos durante siglos. Está también el entendimiento no escrito que las poblaciones que viven en asociación con un humedal han adquirido con el tiempo por el hecho de formar parte del mismo ecosistema, lo que ha generado empatía y respeto por los valores del humedal. Luego están los últimos conocimientos adquiridos gracias a la investigación y al perfeccionamiento de nuevas tecnologías. Puede tratarse de investigaciones prácticas y directas, de equipo refinado o de tecnologías de bajo costo, o de la promoción de mejores prácticas de gestión mediante la aplicación de conocimientos científicos nuevos en muchos campos que los administradores de humedales deben incorporar en la actualidad.
27. Uno de los factores clave para que la Convención de Ramsar cumpla su misión es hallar medios para hacer compartir este acerbo de conocimientos. De acuerdo con el Programa de Promoción de la Convención (Resolución VII.9), se deberán designar en cada Parte Contratante Coordinadores de comunicación, educación y concienciación del público sobre humedales; análogamente, en la Resolución VII.2 se solicita que en cada Parte Contratante se designe un Coordinador Nacional para los asuntos del Grupo de Examen Científico y Técnico. Se prevé que estos coordinadores formen una red de expertos y evalúen sus recursos nacionales en ambos campos (conocimientos tradicionales y locales y resultados de investigaciones contemporáneas/cooperativas) con vistas a promover el intercambio de conocimientos. Es importante también que estos coordinadores, las Autoridades Administrativas Ramsar y la Oficina de Ramsar aprovechen cada oportunidad de colaborar con quienes participan en la aplicación de otras convenciones para promover el intercambio expeditivo de conocimientos. El concepto de centros nacionales y regionales de recogida de datos está siendo apoyado cada vez más en algunas partes del mundo.
2.4.2 Capacitación
28. La capacitación de personal para la aplicación de la Convención en todos sus aspectos y gestionar los humedales sigue siendo altamente prioritaria. Hay diversas instituciones en el mundo que ofrecen capacitación en distintos campos. El reto de la Convención es dar la capacitación apropiada a quienes la necesitan y aspiran a recibirla. La Oficina ha empezado a recoger información sobre el particular en su ‘Directory of Wetland Management Training Opportunities’ (Directorio de posibilidades de capacitación en manejo de humedales), disponible actualmente en su sitio en la Word Wide Web. Sin embargo, esto no suministra los recursos necesarios para que el personal que se ocupa de los humedales participe en programas de capacitación o para que se organicen programas de capacitación en el terreno en las Partes Contratantes donde se necesitan urgentemente. Otra laguna estriba en que muy pocos países han realizado análisis para determinar sus necesidades prioritarias en cuanto a capacitación a nivel nacional, subnacional y local. A falta de estos exámenes de las necesidades de capacitación, se corre el riesgo de que la capacitación dada u ofrecida no sea pertinente.
29. Reconociendo la necesidad de compartir y brindar oportunidades de capacitación destinadas a la aplicación de la Convención en todos sus aspectos en la región de Asia y el Pacífico, y la falta de mecanismos internacionales para ello, se debería desarrollar para esta región una iniciativa similar a la de Humedales para el Futuro en ejecución en el Neotrópico. Una iniciativa de esa naturaleza podría beneficiarse con el establecimiento de un centro regional para la capacitación en materia de humedales en la región de Asia y el Pacífico.
30. Una de las prioridades de los Lineamientos para la cooperación internacional con arreglo a la Convención de Ramsar es movilizar recursos para actividades de capacitación. La práctica de hermanar y crear redes de sitios (véase 2.4.3 infra) puede servir de medio para movilizar recursos para estas actividades. La práctica de recurrir directamente a los organismos donantes bilaterales y multilaterales es otro (véase la sección 2.5). La capacitación es una de las prioridades del Fondo Ramsar de Pequeñas Subvenciones y con el apoyo generoso de los Estados Unidos la Oficina de Ramsar administra la iniciativa Humedales para el Futuro, que se concentra en programas de capacitación y creación de capacidad en la Región Neotropical.
2.4.3 Hermanamientos o redes de sitios
31. En el marco de la Convención de Ramsar se promueve el concepto de hermanamiento de sitios de distintas Partes Contratantes como medio de promover el diálogo y el intercambio de información. En los Informes Nacionales presentados a la COP7 se informa de que cuando se redactaron existían menos de 25 sitios hermanados en las Partes Contratantes. En el marco de la Convención se ha promovido también el concepto de redes de sitios que enlacen los humedales utilizados por especies migratorias.
32. El número de acuerdos de hermanamiento en vigor pone de manifiesto que el potencial de la práctica de hermanar sitios y crear redes de sitios como instrumentos para promover la cooperación internacional con arreglo a la Convención no ha sido explorado a fondo aún y ésta es una de las prioridades de estos Lineamientos. Convendría que las Partes Contratantes promovieran con carácter prioritario acuerdos de esta clase, haciendo que la práctica de hermanar o crear redes de sitios tenga por objeto intercambiar información, experiencias y recursos entre los sitios pertinentes. Estos mecanismos pueden servir de marco para intercambiar personal con fines de capacitación, así como para aprovechar posibilidades de intercambio de conocimientos sobre la gestión de especies y sitios.
33. Los hermanamientos y las redes de sitios pueden servir también de medio para concertar acuerdos de prestación de asistencia directa entre sitios, especialmente en una dirección norte-sur.
Sección D Lineamientos relativos al intercambio de experiencias e información D1. La Convención incrementará sus esfuerzos para promover el intercambio de conocimientos (tradicionales e indígenas, así como tecnologías y métodos de origen más reciente) entre las Partes Contratantes por conducto de los Coordinadores de comunicación, educación y sensibilización del público acerca de los humedales y los Coordinadores para asuntos del Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT). Una de las prioridades de estos coordinadores ha de ser la creación de redes de expertos a nivel nacional para que esta información se pueda reunir y difundir con rapidez. D2. La capacitación del personal encargado de aplicar la Convención y de gestionar los humedales en todos sus aspectos sigue siendo una de las más altas prioridades de la Convención y ha de ser promovida mediante el intercambio de información (véase supra), la movilización de recursos de los organismos de asistencia para el desarrollo, programas como el Fondo Ramsar de Pequeñas Subvenciones y Humedales para el Futuro en el Neotrópico, y mediante el hermanamiento y la creación de redes de sitios. Se insta a otras Partes Contratantes a que sigan el ejemplo de programas existentes de capacitación para personal encargado de los humedales, que han tenido resultados satisfactorios. D3. Uno de los requisitos previos para realizar actividades de capacitación es evaluar las necesidades de capacitación a nivel nacional, subnacional y local para garantizar la pertinencia. D4. Se insta a las Partes Contratantes a asignar prioridad al hermanamiento de sitios y a la creación de redes de sitios como medio de promover intercambios de información entre los administradores de sitios, ofrecer posibilidades de capacitación y, cuando proceda, la asistencia directa para el desarrollo. |
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