HABILITACIÓN MUNICIPAL. La licencia comercial se otorga a toda actividad que se desarrolle o represente dentro del ejido Municipal, sea o no con fines de lucro. Inclusive aquellas instituciones que por sus características están exentas del aporte tributario (clubes, entidades deportivas, gremiales, culturales y asociaciones mutuales que cumplan con los requisitos de exención impositiva).
Quién puede realizar el trámite? El trámite debe ser iniciado por: – El titular de la licencia – debe ser mayor de 18 años o emancipado o; – Gerente/presidente en caso de ser persona jurídica o; – En caso de no ser el titular o gerente/presidente, la persona que inicie el trámite deberá estar autorizada mediante un poder certificado por escribano o banco. En ambos casos deben presentarse con fotocopia del documento (DNI/ LE / LC)
Donde se realiza? El trámite se realiza en la Dirección Municipal de Comercio, Industria y Calidad Alimentaria.
Inscripción en Dirección Provincial de Rentas de la Provincia del Neuquén o Convenio Multilateral con inscripción en dicha dependencia.
Si es persona física debe ser mayor de 18 años fotocopia de documento con domicilio actualizado.
Si es persona jurídica, debe presentar contrato social con objeto acorde a la actividad que se solicitará y con inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia del Neuquén. Si estuviera inscripto en otra jurisdicción, certificación de vigencia otorgada por el Registro Público de Comercio o por la Inspección General de Justicia, fotocopia del contrato o del estatuto social certificada y pasada por el Colegio de Escribanos de esa jurisdicción.
Parcial o final de obra actualizado, si es que lo posee.
Escritura si es propietario, comodato o contrato de alquiler a favor del titular o titulares, sellado por rentas o certificado por escribano. En el caso de tratarse de una propiedad horizontal, para cualquiera de las situaciones anteriores deberá presentar reglamento de copropiedad de que conste que no está prohibida la actividad propuesta, o en su defecto, autorización del consorcio para desarrollar la actividad.
Comprobante de la nomenclatura catastral por medio de recibo de servicio u otro medio válido. (retributivos o inmobiliario)
Según tipo de actividad o superficie, de acuerdo a disposición vigente, se solicitará informe técnico de seguridad contra incendios o memoria técnica contra incendios, otorgada por profesional matriculado y sellado en cualquiera de los casos por el Consejo Profesional de Agrimensura, Geología e Ingeniería de Neuquén.
Si la licencia es con local, debe presentar un cuaderno tapa dura de 50 hojas rayadas.
Cuando corresponda según reglamentación vigente o a criterio de la autoridad de aplicación, la intervención de otros sectores municipales, esto será informado al solicitante a fin de que tenga conocimiento que le puede ser requerida documentación específica adicional.
Las personas físicas o sociedades de hecho deben presentar el Certificado emitido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios y Morosos, sito en la calle Don Bosco 255.
*Solo en caso de deuda tributaria deberá concurrir a la Dirección General de Determinación Tributaria para regularizar su situación y pedir, luego un informe tributario para presentar. En el caso que sea una deuda contravencional, deberá concurrir al Tribunal Municipal de Faltas. Lo señalado es válido para trámites generales de obtención de licencia comercial según Decreto 257/07. Sin perjuicio de ello, en los casos en que de acuerdo a la actividad por la que se solicita habilitación haya que confeccionar primero un Formulario de Parámetros Ambientales Básicos, éste será considerado como prefactibilidad y no se iniciará el trámite de licencia comercial o habilitación municipal hasta que se encuentre verificada la compatibilidad del uso del suelo de acuerdo al plan urbano ambiental en vigencia. Dicha respuesta tendrá un plazo máximo de 96 horas.
Cómo se realiza? El trámite se realiza de la siguiente manera:
De acuerdo a la normativa vigente, Ordenanza nº 8059 decreto 1381/98, si es que corresponde completar Planilla Formulario de Parámetros Ambientales Básicos, en adelante FOPAB, la propuesta se considerará como prefactibilidad, no exigiéndose en es momento ninguna otra documentación mas que el llenado completo de la Planilla con expresa mención de los metros cuadrados involucrados, incluyendo depósitos y demás dependencias, monto de la inversión, personas que se encuentren en el lugar en forma permanente (empleados) o temporal (clientes, proveedores) y actividades que desarrollará. (ver en formularios, Planilla FOPAB).
Una vez confeccionada la Planilla FOPAB, la misma se derivará al área de evaluación correspondiente, la que deberá categorizar la actividad propuesta en un plazo no mayor al que fije la autoridad de aplicación.
Si no corresponde confeccionar la Planilla FOPAB, se completará la Planilla de Inicio de Trámite con la firma y aclaración del titular o apoderado debidamente acreditado. (ver en formularios, Planilla de Inicio de Trámites).
Costo del trámite
El costo del trámite varía de acuerdo al valor que imponga la Ordenanza Tributaria, la cual es de renovación anual y al grado de molestia que genere al entorno, el cual es determinado por el FOPAB.
Vigencia La vigencia de las Licencias Comerciales o Habilitaciones Municipales son las siguientes: a. En el caso que la actividad se desarrolle en un inmueble locado, se tomará como fecha límite la fecha de vencimiento del contrato correspondiente. b. En el caso que la actividad se desarrolle en un inmueble bajo comodato, se tomará como fecha límite la fecha de vencimiento del contrato correspondiente. En el caso de no especificar vencimiento se emitirá según puntos c) o d). c. Si no hay certificado parcial o final de obra: tres años. d. Si hay certificado parcial o final de obra: 5 años. e. Si hay plan de pago por deudas vigente en el Tribunal Municipal de Faltas o en la Dirección Municipal de Determinación Tributaria superior a un año, el vencimiento de la Licencia Comercial se otorgará por un año. f. Si el vencimiento del plan de pago del inciso anterior es menos a un año, se otorgará una autorización provisoria hasta la fecha de finalización del mismo. g. Las licencias comerciales sin local se otorgarán por un máximo de un año h. En todos los casos de superposición de plazos, se considerará aquel que resulte menor. i. En ningún caso una Licencia Comercial o Habilitación Municipal, tendrá una vigencia superior a cinco años.
Notas La presentación de dicha documentación no excluye de requerimientos adicionales de acuerdo a la actividad a habilitar. Luego de realizada la habilitación del comercio se le otorgan 5 días para que el solicitante se presente en la Dirección de Comercio con un cuaderno de 50 hojas rayada tapa dura para retirar una primera autorización provisoria a efectos de tener plazo para confeccionar el Plastificado de Licencia Comercial, que retirará el titular previo pago de los derechos correspondientes. SE RECOMIENDA DETALLAR EL TIPO DE ACTIVIDAD A DESARROLLAR ANTES DE SOLICITAR LA LICENCIA COMERCIAL. La normativa general vigente para la obtención de licencia comercial es la siguiente: DECRETO 257/07: normativa general. DISPOSICIÓN MUNICIPAL 02/07: Requisitos de Seguridad contra Incendios y siniestros de acuerdo a actividades. DISPOSICIÓN MUNICIPAL 03/07: Actividades especiales.
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