¿Qué es la Convención de Ramsar sobre los Humedales? – 2º Parte
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- El 30 diciembre, 2003
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¿Qué compromisos asumen las Partes que se adhieren a la Convención de Ramsar?
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Los países que se adhieren a la Convención de Ramsar se suman a un esfuerzo internacional encaminado a garantizar la conservación y el uso racional de los humedales. El tratado prevé cuatro compromisos principales que las Partes Contratantes asumen al adherirse.
1. Inclusión de sitios en la Lista
La primera obligación con arreglo a la Convención es designar por lo menos un sitio para que sea incluido en la Lista de Humedales de Importancia Internacional (la “Lista de Ramsar”) y promover su conservación, incluido, cuando resulta procedente, su uso racional. La selección para la Lista de Ramsar ha de basarse en la importancia del humedal en términos ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos. Las Partes Contratantes han adoptado criterios específicos y lineamientos para identificar sitios que cumplen los requisitos para ser incluidos en la Lista de Humedales de Importancia Internacional (véase el Documento Informativo Ramsar No. 4).
2. Uso racional
En virtud de la Convención las Partes Contratantes tienen un deber general de incorporar consideraciones relativas a las conservación de los humedales en su planificación nacional del uso de la tierra. Se han comprometido a formular y llevar a cabo su planificación de forma que promueva, en la medida de lo posible, “el uso racional de los humedales de su territorio” (artículo 3.1 del tratado).
La Conferencia de las Partes Contratantes ha aprobado líneas directrices y orientaciones adicionales sobre cómo lograr el “uso racional”, que ha sido interpretado en el sentido de que es sinónimo de “uso sostenible” (véase el Documento Informativo Ramsar No. 7).
3. Reservas y capacitación
Las Partes Contratantes se han comprometido también a crear reservas naturales en humedales, figuren o no en la Lista de Ramsar, y se prevé asimismo que promuevan la capacitación en los campos de la investigación, el manejo y la custodia de los humedales.
4. Cooperación internacional
Las Partes Contratantes también han acordado consultar a otras Partes Contratantes respecto de la aplicación de la Convención, especialmente en lo que atañe a los humedales transfronterizos, los sistemas hídricos compartidos y las especies compartidas (véase el Documento Informativo Ramsar No. 13).
Con los años, la Conferencia de las Partes Contratantes ha interpretado y ampliado estas cuatro oblligaciones principales previstas en el texto del tratado y ha elaborado líneamientos para coadyuvar a las partes en su cumplimiento. Estos lineamientos se publican en la serie de Manuales de Ramsar (véase el Documento Informativo Ramsar No. 16).
Presentación de informes
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Las Partes Contratantes dan cuenta de los progresos en el cumplimiento de sus compromisos con arreglo a la Convención presentando informes trienales a la Conferencia de las Partes Contratantes. Los Informes Nacionales pasan a ser documentos de carácter público.
La Conferencia de las Partes Contratantes
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La aplicación de la Convención descansa en una asociación continua entre las Partes Contratantes, el Comité Permanente y la Secretaría de la Convención (la Oficina de Ramsar), con el asesoramiento del Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) y el apoyo de las Organizaciones Internacionales Asociadas. Cada tres años los representantes gubernamentales de las Partes Contratantes se reúnen como Conferencia de las Partes Contratantes (COP), el órgano encargado de elaborar las políticas de la Convención, que examina las tendencias generales de la aplicación de la Convención según se refleja en los Informes Nacionales, y adopta decisiones, resoluciones y recomendaciones para mejorar su funcionamiento. El programa de cada reunión de la Conferencia comprende asimismo una serie de sesiones técnicas en que se analizan asuntos importantes en la esfera de la conservación y el uso racional de los humedales, incluido el desarrollo y la interpretación de los conceptos clave de la Convención. Las reuniones de la COP de Ramsar han llegado a ser conocidas como encuentros altamente eficaces que dan cabida a la intervención y participación activa de las comunidades no gubernamental y académica.
Las reuniones ordinarias de la Conferencia de las Partes Contratantes se han celebrado en: 1. Cagliari, Italia, 1980; 2. Groningen, Países Bajos, 1984; 3. Regina, Canadá, 1987; 4. Montreux, Suiza, 1990; 5. Kushiro, Japón, 1993; 6. Brisbane, Australia, 1996; 7. San José, Costa Rica, 1999; 8. Valencia, España, 2002. Según lo previsto, la 9a., se celebrará en Kampala, Uganda, en el 2005.
El Comité Permanente
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El Comité Permanente se reúne cada año para llevar a cabo actividades entre reuniones de la COP relacionadas con cuestiones aprobadas por la Conferencia; preparar la documentación para la COP siguiente; supervisar la aplicación de la política de la Oficina de Ramsar y el empleo del presupuesto de la Oficina; y tomar decisiones respecto de las solicitudes de apoyo a proyectos con cargo al Fondo Ramsar de Pequeñas Subvenciones.
El Comité Permanente está integrado por 13 Partes Contratantes de las seis regiones Ramsar -África, América del Norte, Asia, Europa, Neotrópico y Oceanía- elegidos sobre una base proporcional, así como por representantes de los países anfitriones de la última reunión y de la reunión venidera de la COP. Se invita a las Partes Contratantes donde la Oficina de Ramsar y Wetlands International tienen su sede a asistir como Observadores Permanentes y se invita a las Organizaciones Internacionales Asociadas (véase más adelante) a participar con carácter consultivo.
La Secretaría
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La Oficina de la Convención de Ramsar es la secretaría permanente de la Convención y se encarga de la coordinación corriente de sus actividades. La Secretaría la dirige un Secretario General, quien supervisa la labor de una pequeña plantilla de funcionarios técnicos, administrativos y de comunicaciones (16 en la actualidad), así como cuatro pasantes. Los funcionarios de Ramsar trabajan en varios idiomas (particularmente en los tres idiomas oficiales de la Convención, esto es, el español, el francés y el inglés) y prestan servicios especializados en una serie de disciplinas. De tanto en tanto se contrata a los consultores que hagan falta.
El Grupo de Examen Científico y Técnico
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El Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) presta asesoramiento técnico y científico a la Conferencia de las Partes Contratantes. El GECT está integrado por 13 miembros poseedores de conocimientos científicos y técnicos apropiados elegidos a título personal en las seis regiones Ramsar, y representantes de las Organizaciones Internacionales Asociadas. Otras organizaciones competentes contribuyen también a la labor del GECT en calidad de observadores.
Las Organizaciones Internacionales Asociadas
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La Conferencia de las Partes puede conferir la calidad de Organización Internacional Asociada a organizaciones internacionales tanto intergubernamentales como no gubernamentales que contribuyan “regularmente y con el máximo de sus posibilidades a fomentar el desarrollo de las políticas y los instrumentos técnicos y científicos de la Convención y su aplicación”.
Hasta ahora, cuatro organizaciones internacionales no gubernamentales que han estado asociadas a la Convención desde sus inicios han sido reconocidas como OIA. Se trata de BirdLife International, la UICN – Unión Mundial para la Naturaleza, Wetlands International y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF).
Oficina de la Convención de Ramsar
Rue Mauverney 28
1196 Gland , Suiza
Tel.: (+41-22) 999 0170 – Fax: 999 0169
E-mail: ramsar@ ramsar.org
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