Plomo (inorgánico)
- Creado por admin
- El 3 febrero, 2004
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Características |
Toxicidad |
Es un metal gris azulado, maleable y dúctil, Cuyo punto de fusión es a los 327 ºC. Sus principales óxidos son: a) Litargirio (PbO) b) Bióxido de plomo (PbO2) c) Minio (Pb3O4) Usos y exposición: a) Minas de plomo y zinc. b) Metalurgia del Pb y Zn. c) Fabricación de acumuladores d) Pigmentos para pinturas, barnices, esmaltes y materias plásticas C.M.P.: 0,15 mg/m3 TLV-TWA: 0,05 mg/m3 (ACGIH) |
La intoxicación aguda no existe en la industria. Exposición crónica Son targets del plomo: a) S.N.C. y Periférico b) Médula ósea c) Gónadas d) Riñón En la actualidad la IARC a listado al plomo y sus compuestos inorgánicos en el Grupo 2B. Posible carcinógeno para el hombre. |
Examen periódico. Detección de los efectos tóxicos (Vigilancia médica). Realizar |
Examen periódico (Vigilancia biológica) |
ANUALMENTE: EXAMEN CLINICO • General • Con orientación neurológica • Con orientación cardiovascular HEMOGRAMA ORINA: BETA-2- MICROGLOBULINA UREA SANGUINEA URICEMIA CREATININA PLASMÁTICA |
SEMESTRALMENTE se debe realizar: Plombemia (Pbs), o Protoporfirina eritrocitaria (PPE) y Acido delta-aminolevulínico en orina (ALA-U). • Plombemia Valor normal: < a 30 mcg/100 ml de sangre. Actualmente la ACGIH ha fijado el Indice Biológico de Exposición en 30 mcg/100 ml de sangre. • Protoporfirinas libres Valor normal: < 75 mcg/100 ml de hematíes. Indice Biológico de Exposición: hasta 300 mcg/100 ml de hematíes. • Acido delta-amino-levulínico Valor normal: < a 4,5 mg/g de creatinina. Indice Biológico de Exposición: 10 mg/g de creat. (Ver abajo) |
CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS AL PLOMO (INORGANICO).
La vigilancia de la población expuesta se hará:
SEMESTRALMENTE |
PLOMBEMIA. Parámetro de exposición. 1. La toma de la muestra de sangre (anticoagulada) se puede hacer en cualquier momento (no crítica), 2. Realizar con jeringa descartable y mantener en la misma para su transporte. 3. Refrigerada a una temperatura de 4ºC se mantiene por tres semanas. A –18 a –20ºC se conserva mayor cantidad de tiempo. 4. Valor normal: < a 30 mcg/100 ml de sangre. Actualmente la ACGIH ha fijado el Indice Biológico de Exposición en 30 mcg/100 ml de sangre. ACIDO DELTA AMINO LEVULINICO URINARIO (ALA-U). Parámetro de efecto de primera elección • Valor normal: < a 4,5 mg/g de creatinina. Indice Biológico de Exposición: 10 mg/g de creat. PROTOPORFIRINA ERITROCITARIA (PPE). Parámetro de efecto de segunda elección. • Valor normal: < 75 mcg/100 ml de hematíes. Indice Biológico de Exposición: hasta 300 mcg/100 ml de hematíes. ANUALMENTE EXAMEN FISICO • Cansancio fácil. • Trastornos del sueño. • Trastornos digestivos: síndrome doloroso abdominal paroxístico afebril • Calambres y parestesias. • Mialgias y artralgias. • Disminución de la libido. • Poliuria • Nicturia • Hipertensión arterial • Gota Hacer hincapié en el examen clínico con orientación neurológica. También es importante hacerlo con orientación cardiovascular dado que el plomo es causa de hipertensión arterial. HEMOGRAMA • Anemia ORINA: BETA-2-MICROGLOBULINA • Medición de beta-2-microglobulina como marcador de disfunción tubular. UREA SANGUINEA • Aumentada URICEMIA • Hiperuricemia CREATININA PLASMATICA • Elevada |
Recordar: . De acuerdo a la evaluación neurológica realizar E.M.G. o Velocidad de conducción. Disminución de la velocidad de conducción. Recordar: . Ante la sospecha de esterilidad realizar espermograma que puede mostrar Disminución del número y viabilidad de los espermatozoides |
Conducta a adoptar de acuerdo a los resultados de los exámenes periódicos:
1. Plombemia < a 30 mcg/100 ml, y/o ALA-U < a 10 mg/g. de creatinina o PPE < a 300 mcg/100 ml.
a) Control semestral
2. Plombemia de 30 a 60 mcg/100 ml, y/o ALA-U 10 a 15 mg/g. de creat. o PPE > a 300 mcg/100 ml.
a) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante.
b) Educación del trabajador sobre normas de higiene y protección personal
c) Control trimestral hasta normalización de los valores.
d) Luego, control semestral.
3. Plombemia de 60 a 80 mcg/100 ml, y/o ALA-U > a 15 mg/g. de creat., o PPE > a 300 mcg/100 ml, con o sin algunas de las siguientes manifestaciones de enfermedad de carácter reversible:
• Cansancio fácil, cefaleas, hipersomnia, trastornos digestivos, disminución de la libido, parestesias en miembros superiores y/o inferiores, etc.
• Disminución de la velocidad de conducción nerviosa periférica.
• Alteraciones en el espermograma.
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Establecer tratamiento.
c) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
d) Para decidir retorno a la exposición se hará control de laboratorio a los quince días, si no hubo tratamiento, repitiéndose a los quince días si los valores no se normalizaron. Si se hizo tratamiento, el médico decidirá la conducta a seguir.
e) Una vez que retorne a la exposición se hará control trimestral durante seis meses.
f) Luego, control semestral.
4. Plombemia > a 80 µg/100 ml y/o ALA-U > a 15 mg/g. de creat., o PPE > a 300 µg/100 ml, con o sin algunas de las siguientes manifestaciones de enfermedad de carácter reversible:
• Cansancio fácil, cefaleas, hipersomnia, trastornos digestivos (especialmente dolor abdominal de tipo cólico y/o constipación), disminución de la libido, parestesias, etc.
• Disminución de la velocidad de conducción nerviosa periférica.
• Modificaciones en el espermograma.
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Establecer tratamiento.
c) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
d) Estudio y tratamiento de acuerdo a criterio del área medica de la ART.
e) Control clínico y de laboratorio a los diez días de finalizado el tratamiento. De acuerdo a dicha evaluación decidir el retorno a la exposición.
f) Una vez normalizados los valores y vuelto a la exposición, control trimestral durante seis meses.
g) Luego, retomar el control semestral.
5. Plombemia > a 80 µg/100 ml y/o ALA-U > a 15 mg/g. de creat., o PPE > a 300 µg/100 ml, con las siguientes manifestaciones de enfermedad:
• Anemia.
• Compromiso renal.
• Manifestaciones de encefalopatía.
• Compromiso neurológico periférico clínico-electromiográfico.
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Establecer tratamiento.
c) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
d) Control clínico-neurológico, control electromiográfico, si fuere necesario, hasta mejoría y control de laboratorio, con el fin de determinar la oportunidad de recalificación laboral.
e) Para la RECALIFICACIÓN laboral se evaluará la presencia de agentes de riesgos, en el nuevo puesto de trabajo, que pudieran influir sobre las lesiones ocasionadas por el plomo.
Se sugiere control trimestral durante un año.
Dr. Nelson F. Albiano
Información extractada de la página de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Libro: “Toxicología Laboral: Criterios para la vigilancia de los trabajadores expuestos a sustancias químicas peligrosas” del Dr. Nelson F. Albiano, Consultor de la S.R.T. en Toxicología Laboral y responsable de PREVENTOX (Centro de información y asesoramiento en Toxicología Laboral).
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