Parámetro útiles para la caracterización del riesgo de toxicidad de las sustancias.
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- El 1 enero, 2000
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PRESIÓN DE VAPOR:
Además de ser un parámetro útil para establecer el riesgo de incendio, la presión de vapor puede suministrar infor-mación orientativa de la facilidad de una sustancia para poder penetrar en el organismo por vía respiratoria, como conducto principal.
Generalmente, se ha de esperar que ha mayor presión de vapor de una sustancia mayor facilidad para pasar al esta-do de vapor, con el consiguiente enrarecimiento de la atmósfera circundante.
La temperatura también influye, de forma que cuando la temperatura aumenta, la presión de vapor también lo hace.
Estableciendo una similitud con el caso de líquidos inflamables, se puede tomar la presión de vapor de agua como la unidad y relacionar la presión de vapor de las sustancias con el del agua, siempre tomadas a una temperatura deter-minada, que normalmente será de 20°C. De esta manera es posible comparar la facilidad de paso al estado de vapor de una sustancia con otra conocida por todos, que es el agua.
El hecho de que una sustancia tenga mayor tendencia a la evaporación no significa, necesariamente, que sea más perjudicial para la salud. Lo podemos comparar en la Acetona y el Benceno. La Pv de la primera es de 180 mm/Hg, y la del Benceno, de 95.2 mm/Hg. En cambio, el Benceno es mucho mas perjudicial.
Por este motivo se puede establecer un índice comparativo que relacione un parámetro que nos indique la facilidad que tiene una sustancia para pasar al estado de vapor, la presión de vapor, con otro indicativo del riesgo de alteración de la salud por vía inhalatoria, el cual puede ser un valor limite umbral (TLV, MAK, etc.) o una concentración letal 50.
Tomaremos el TLV por ser el parámetro mas ampliamente utilizado. Así, a este índice lo denominaremos índice de Toxicidad (Itox), cuya expresión es:
I tox= (Pv20°C/TLV) * 100
Es importante aclarar que este índice es simplemente orientativo, siendo útil, por ejemplo, como criterio adicional para la elección de una u otra sustancia para un proceso determinado. Por ejemplo, si es necesario realizar una operación de limpieza industrial y es posible elegir entre varios disolventes, utilizaremos aquel que determine un riesgo menor. Este parámetro, conjuntamente con otros mencionados en este articulo, pueden ayudarnos a una elección acertada. En la tabla 1 se muestran algunos índices de toxicidad.
SUSTANCIA
|
PV20°C
|
T Inf.° C
|
Pv sus/ Pv agua
(20°C) |
TLV-TWA
|
I TOX
|
Agua
|
17,5
|
—
|
1
|
–
|
–
|
Acetaldehido
|
750
|
-37,8
|
42,8
|
25
|
3.000
|
Acetato de etilo
|
76
|
-4,4
|
4,3
|
400
|
19
|
Acrilonitrilo
|
481,1
|
0
|
27,5
|
2
|
24.050
|
Acetona
|
180
|
-17
|
10,3
|
750
|
24
|
Etanol
|
43
|
12,8
|
2,5
|
1.000
|
4
|
Metanol
|
97
|
12
|
5,5
|
200
|
48,5
|
Benceno
|
95,2
|
-11
|
5,4
|
10
|
952
|
DOSIS Y CONCENTRACIÓN LETAL 50:
La dosis y concentración letal 50 se utilizan para la clasificación de las sustancias en base a su riesgo potencial de al-terar la salud.
En muchas ocasiones se emplea el termino tóxico indiscriminadamente, sin el criterio definido. Incluso el termino tóxi-co queda inconcreto si no se hace referencia a la vía de penetración en el organismo. Las dosis y concentración letal 50 nos ayudan a definir cuan tóxica es una sustancia y por cual de las vías de penetración en el organismo lo es.
Se definen como las dosis y concentraciones cuya administración causa la muerte al 50 por 100 de los individuos que la reciben.
Estos parámetros se determinan sobre animales de experimentación, como ratas y conejos. Se pueden diferenciar las siguientes dosis y concentraciones letales:
Dosis letal 50 oral (DL 50 oral):Es aquella cuya administración por vía oral causa la muerte al 50 por 100 de los in-dividuos que la reciben. Se expresa en mg de sustancia por kg., de masa corporal.
Dosis letal 50 cutánea (DL 50 cutánea):Es la que al administrarse por vía cutánea causa la muerte al 50 por 100 de los individuos que la reciben. Igualmente se expresa en mg de sustancia por kg. de masa corporal.
Concentración letal 50 (CL 50):Es la concentración que, administrada en el medio ambiente de la población de ani-males en estudio, causa la muerte al 50 por 100 de los individuos. Se expresa en mg de sustancia por litro de aire y un tiempo determinado de exposición (en horas).
Las dosis y concentración letal 50 han sido adoptadas como criterios de clasificación en el Real Decreto 2.216/1985 sobre declaración de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. En el se es-tablecen las categorías que figuran en la tabla 2.
En la actualidad se ha propuesto una modificación de los valores de concentración letal 50 (tabla 3), recogida en la Directiva 92/32/CEE, modificadora de la Directiva 67/548/CEE por séptima vez,estableciendo los valores que figuran en la tabla 3. CL50 para un tiempo de exposición de 4 horas.
CRITERIOS DE TOXICIDAD: TABLA 2
CATEGORÍA
|
DL50 Oral
rata (mg/kg.) |
DL50 Cutánea
rata o conejo (mg/kg.) |
CL 50 Inhal
rata (mg/l) |
Muy tóxica
|
menor a 25
|
menor 50
|
0,50
|
Tóxica
|
20-200
|
50-400
|
0,5-2
|
Nociva
|
200-2.000
|
400-2.000
|
2-20
|
TABLA 3
CATEGORÍA
|
CL 50 rata
|
Muy tóxica
|
menos 0,25
|
Tóxica
|
0,25-1
|
Nociva
|
1-5
|
CONCENTRACIÓN INMEDIATAMENTE PELIGROSA PARA LA VIDA O LA SALUD:
La concentración inmediatamente peligrosa para la vida y la salud (IPVS) es un parámetro que puede ser de utilidad para la elección del método de protección de las vías respiratorias, con el objeto de evitar un accidente producido por una intoxicación aguda por vía inhaladora.
El limite IPVS corresponde a la máxima concentración de contaminante en la atmósfera a la cual, en caso de ausen-cia o fallo del equipo respiratorio, se podría escapar en un plazo de 30 min. sin que la exposición sufrida suponga se-cuelas irreversibles. Se expresa en ppm o mg/m3.
Evidentemente es un dato que debe manejarse con sumo cuidado. Lejos de los parámetros TLV o similares, los cua-les determinan las concentraciones límites, ponderadas en el tiempo, a las que se puede estar expuesto sin que se aprecie alteración de la salud, el estar sometidos a atmósferas de debajo, pero próximas, al limite IPVS puede produ-cir una sintomatologia inmediata, como mareos,nauseas, irritación de ojos y vías respiratorias,etc.
Un ejemplo es el cloruro de hidrogeno (o ácido clorhídrico). Su IPVS es 100 ppm.aunque los efectos comienzan a sentirse a partir de 10 ppm ( el TLV es 5ppm), produciendo irritaciones en las zonas húmedas del cuerpo, volviéndose prácticamente intolerable a partir de 50 ppm.
El IPVS de la acroleina es 5ppm. A partir de 1ppm (TLV 0,1) se comienza a producir lagrimeo y es casi intolerable.
El IPVS del sulfuro de hidrógeno (o ácido sulfhídrico) es de 300 ppm. Entre 50-100 ppm estamos en el umbral de una lesión ocular grave.
VALORES LIMITES UMBRALES:
Los criterios de valoración de contaminantes químicos en el medio ambiente de trabajo permiten vislumbrar, de un modo orientativo, el potencial tóxico de una sustancia.
Los criterios de valoración presentan una serie de limitaciones, derivadas de establecer metodología de estudio que aporten resultados fiables. Por dicha razón, estos criterios pueden variar de un país a otro,e incluso el mismo criterio puede ser revisado periódicamente, ajustándolo a los resultados que arrojen las investigaciones mas recientes.
El criterio mas extendido en nuestro país es el que propone la American Conference of Governmental Industrial Hy-gienist (A.C.G.I.H.), conocido como TLV (Thereshold Limit Values) o Valores Limites Umbrales.
Los TLV son limites recomendables y no una frontera entre condiciones seguras y peligrosas.
Se definen tres tipos de TLV, en función de la variedad de efectos que las sustancias pueden producir a las personas expuestas:
TLV-TWA (Valor Limite Umbral Media Ponderada en el Tiempo):
Es la concentración limite, ponderada en el tiempo para una jornada normal de ocho horas diarias y cuarenta horas semanales, a la cual la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos repetidamente, día tras día, sin sufrir efectos adversos.
Este valor es el mas característico al que hace referencia habitualmente cuando se cita el valor TLV.
TLV-TWA (Valor Limite Umbral Limite de Exposición de Corta Duración):
Se define como el limite de la exposición media ponderada en el tiempo durante 15 minutos, que no debe sobrepa-sarse en ningún momento de la jornada, aunque la concentración media de exposición ponderada en el tiempo duran-te ocho horas sea inferior al TLV-TWA. Las exposiciones para poder aplicar este valor no deben ser mayores de quince minutos, y no deben repetirse mas de cuatro veces al día, existiendo un periodo mínimo de sesenta minutos entre sucesivas exposiciones. Este es un valor complementario al TLV-TWA.
TLV-C (Valor Limite Umbral Techo):
Es la concentración limite que no debe sobrepasarse en ningún momento de la exposición durante el trabajo.
Todos estos valores se expresan en ppm o mg/m3.
Los TLV se establecen principalmente para exposiciones por vía inhalatoria. No obstante, en algunos TLV de sustan-cias se hace referencia a la potencial aportación a la exposición total por vía dérmica, incluidos los ojos y las mem-branas mucosas, bien por contacto directo de la sustancia.
También se hace referencia a la posibilidad de que la sustancia sea un agente carcinogénico, estableciéndose la si-guiente clasificación:
A1. Cancerígenos confirmados en los seres humanos.
A2. Cancerígenos con sospecha de serlo en los seres humanos.
A3. Cancerígenos en animales.
A4. No clasificados como cancerígenos en los seres humanos.
A5. No sospechoso como cancerígenos en los seres humanos.
Algunos ejemplos son mostrados en la tabla 4 (valores propuestos para 1993-1994).
SUSTANCIA
|
TLV-TWA (ppm)
|
Etanol
|
1000
|
Butano
|
800
|
Acetona
|
750
|
Éter Etílico
|
400
|
Metanol
|
200
|
Monoxido de Carbono
|
25
|
Benceno
|
10
|
Formaldehído
|
0.3
|
Acrilonitrilo
|
2
|
Cloro
|
0.5
|
UMBRAL OLFATIVO:
La utilidad principal de este parámetro es su comparación con todos los valores limites umbrales (TLV), con objeto de seleccionar el respirador más adecuado.
El umbral olfativo de una sustancia es la concentración de esta en el aire a partir del cual es detectable su olor. El problema surge cuando una sustancia posee un umbral olfativo superior a su valor limite umbral. Esto significa que, cuando se aprecia el olor de la sustancia, la concentración de esta en el aire podría ya ser perjudicial para la salud.
Por ejemplo, el umbral olfativo del Benceno es de 34-119 ppm, mientras que su TLV es de 10 ppm. El umbral olfativo del cloruro de vinilo es de 10-20 ppm y su TLV de 5 ppm. El Metilcloroformo tiene su umbral olfativo de 390, y su TLV, es de 350 ppm.
En estos casos, el umbral olfativo supera el TLV. En un trabajo continuado con estas sustancias, el estar apreciando su olor indica que estamos en una situación de riesgo para la salud. Si el respirador elegido es dependiente del aire del medio, por ejemplo, mascaras y mascarillas con filtros específicos, se debe evitar que estos lleguen a la total satu-ración, estableciéndose una frecuencia de cambio segura. Si el respirador es independiente del aire del medio, el problema desaparece.
En la tabla 5 se muestran umbrales olfativos de sustancias:
SUSTANCIA
|
UMB Olfativo (ppm)
|
Acetona
|
40
|
Ácido clorhídrico
|
0.26-10.1
|
Ácido sulfhidrico
|
0.0010-13
|
Amoniaco
|
0.043-53
|
Benceno
|
34-119
|
Cloro
|
0.08
|
Dioxido de azufre
|
2.7
|
Gasolina
|
0.3
|
Metilcloroformo
|
390
|
Monoxido de carbono
|
100.000
|
Tolueno
|
0.16-37
|
Cloruro de vinilo
|
10-20
|
Enrique E. Rueda
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