Metodología para la evaluación del riesgo de exposición a agentes biológicos en el trabajo (Tercera Parte)
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- El 1 enero, 2000
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ANEXO V
PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS
Implantación de medidas de protección colectiva
La selección de las medidas de protección colectiva debe efectuarse considerando varios parámetros:
- El lugar donde se vayan a desarrollar los trabajos, distinguiendo bien entre trabajos realizados en recintos estrictamente cerrados (con control de accesos y de la atmósfera del recinto) de otros realizados en espacios abiertos o bien en recintos cerrados donde no sea posible realizar un control estricto de los accesos a la zona de trabajo y/o no sea posible controlar la atmósfera del recinto.
- La adscripción del agente biológico a los grupos especificados en el Anexo II del R.D. 664/1997.
- La intención deliberada de manipular el agente biológico.
- La naturaleza del proceso (por ejemplo el trabajo con organismos modificados genéticamente, donde no debe producirse una liberación del agente al medio ambiente).
La aplicación de medidas de contención física puede ser un método de elección, en situaciones donde la naturaleza del proceso lo permita (trabajos en laboratorios, áreas de acceso restringido en un hospital, etc.) o donde la naturaleza del agente biológico (según su clasificación) y la voluntad deliberada de su manipulación lo aconsejan. En tales situaciones, el control de las atmósferas de trabajo, puede abarcar a un recinto completo o limitarse a la utilización de cabinas de seguridad biológica (IIA, IIB o III).
En otras situaciones las medidas de protección colectiva pueden limitarse a la creación de barreras físicas:
- Adopción de medidas que impidan el acceso de vectores, como las vallas perimetrales para evitar el acceso de mamíferos (sobre todo roedores) en estaciones de depuración de aguas residuales o centros de transferencia, tratamiento o reciclaje de residuos sólidos urbanos.
- Colocación de mamparas que protejan a los trabajadores de aerosoles producidos en la etapa de entrada las aguas residuales a una estación de depuración de aguas residuales (sobre todo en el área de los tornillos de Arquímedes).
Puede haber casos en que los medios de protección colectiva pretenden eliminar o reducir la posibilidad de diseminación del agente biológico en el ambiente de trabajo (recipientes y armarios con soluciones desinfectactes a 65 C para herramientas de corte en mataderos industriales; filtros para los sistemas de ventilación, etc…).
En muchas ocasiones, las medidas de protección colectiva pueden facilitar las tareas de descontaminación total o parcial del trabajador antes, durante o después del trabajo (lavamanos de accionamiento a pedal y lavabotas, en mataderos industriales, estaciones de depuración de aguas residuales o instalaciones de gestión de residuos sólidos urbanos).
Finalmente, existen medidas de aplicación en cualquier caso:
- Señalización del riesgo biológico en los accesos a los lugares de trabajo y en los recipientes que pudieran contener materiales susceptibles de originar riesgo biológico.
- Establecimiento de un sistema de limpieza del vestuario, a través de equipos situados en el centro de trabajo o de empresas especializadas en tal tarea, evitando en todo caso que el trabajador pudiera llevar su ropa de trabajo a su casa.
Implantación de procedimientos de selección y utilización de equipos de protección individual
La selección de los equipos de protección individual debe ser consecuencia de un proceso de evaluación de riesgos donde, sólo una vez que se haya verificado:
- El desarrollo de un programa de formación sobre métodos seguros de trabajo.
- La implantación de medidas de limpieza y desinfección, de mantenimiento de equipos e instalaciones y de gestión de los residuos generados
- La adopción de medidas de protección colectiva se aprecie que todavía existe riesgo de exposición, básicamente por las limitaciones de las medidas de protección colectiva.
- La selección del equipo de protección individual considerará esencialmente la vía posible de penetración del agente biológico en el organismo, de modo que se planteará como una barrera frente al mismo:
- Frente a la penetración por vía respiratoria se planteará la elección de mascarillas respiratorias tipo P-3, sin perjuicio de la utilización, en los casos en que el agente biológico lo requiera, atendiendo a su clasificación en el Real Decreto 664/1997 (básicamente en el grupo 4 del Anexo II), de equipos respiratorios autónomos o semiautónomos.
- Frente a la penetración por vía dérmica o hemática (parenteral) se planteará la elección de guantes y/o mandiles o delantales de variable resistencia mecánica y amplitud.
- Frente a la penetración por la conjuntiva, se planteará la elección de gafas tipo copa o cazoleta, con dispositivos o válvulas antivaho.
En tal situación debe contemplarse la implantación de un procedimiento de trabajo que contemple:
- El establecimiento de una fase de consulta previa a los trabajadores implicados en los que estos puedan participar en la selección del equipo específico que se vaya a adquirir, y cuyas características técnicas estarán en función de lo indicado en la evaluación de riesgos.
- Deben redactarse criterios escritos de utilización de uno u otro EPI (de entre los que se disponga en el centro de trabajo) en cada situación dada o técnica de trabajo seguida.
- Los criterios de utilización deben contener Instrucciones de utilización de cada EPI, que adapten o recojan lo indicado en su manual de instrucciones.
- Debe establecerse un sistema de supervisión de la utilización de los EPI´s, designando a una persona de ello.
Implantación de procedimientos de reducción de las exposiciones
Los procedimientos de reducción del peligro de exposición deben encaminarse a la disminución del tiempo de permanencia en una zona peligrosa. Contemplarán:
- Medidas de control de accesos, para evitar o limitar el acceso y permanencia de trabajadores ajenos al proceso en zonas donde exista riesgo de exposición.
- Establecimiento de turnos u rotaciones, para controlar la permanencia de los trabajadores susceptibles de sufrir exposición en un área determinada por razón de su puesto de trabajo.
- Medidas para evitar o limitar el acceso y la presencia de trabajadores en situación especial a zonas donde exista riesgo de exposición.
La implantación de un método de control de accesos debe incluir la designación de un responsable de los accesos, con competencia para decidir quien puede o no puede acceder a la zona donde exista un virtual riesgo de exposición.
Implantación de procedimientos de limpieza y desinfección
Los procedimientos de limpieza y desinfección deben encaminarse a la disminución, en la medida de los posible, del número de agentes biológicos presentes en los lugares de trabajo y que sean susceptibles de producir exposición. Contemplarán:
- Programación, como mínimo diaria, de las tareas de limpieza y desinfección.
- Programación periódica, en su caso, de las desratizaciones.
- Descripción de las operaciones a seguir, los productos a utilizar, las situaciones en que se efectúe y los responsables de hacerlo.
- Actuaciones específicas en caso de vertidos accidentales.
Debe procederse a la designación de un responsable de la supervisión de las tareas de limpieza y desinfección.
Debe contemplarse la posibilidad e tratamientos de desratización y/o desinsectación (básicamente en estaciones de depuración de aguas residuales o centros de transferencia, tratamiento o reciclaje de residuos sólidos urbanos).
Implantación de procedimientos de gestión de los residuos generados
En los procesos donde exista una intención deliberada de manipular un agente biológico, donde no haya intención deliberada de su existencia pero exista certeza de su existencia o bien en procesos donde exista una posibilidad elevada (asistencia sanitaria, gestión de muestras clínicas en laboratorio de análisis, actividades de saneamiento animal en mataderos industriales con generación de MER1), debe contemplarse la implantación de procedimientos de trabajo para la adecuada gestión y eliminación de los residuos “con riesgo biológico” e identificados como tales:
- Distribución de contenedores apropiados para la recogida de residuos sólidos y líquidos.
- Planificación, como mínimo diaria de las tareas de recogida de contenedores de residuos.
- Designación de un responsable de supervisión de las tareas de gestión de los residuos.
- Asignación de un local para el almacenamiento de los contenedores con residuos bien hasta la retirada por una empresa autorizada bien hasta su eliminación “in situ”.
- Acondicionamiento de los locales de almacenamiento en determinadas circunstancias (creación de zonas sucias para el acceso a los mismos en mataderos industriales, refrigeración de los almacenes donde se depositen MER1 y placas petri utilizadas en cultivos microbiológicos).
- Descripción escrita del proceso de retirada de residuos.
- Establecimiento, en su caso de contratos con empresas especializadas en la gestión de residuos.
* 1. MER. Materiales Especiales de Riesgo, de ganado ovino y bovino (vísceras, médula, etc..)
Implantación de procedimientos de actuación en caso de accidente con riesgo biológico
Las actuaciones contendrán actividades como:
- Existencia de un procedimiento de comunicación inmediata de accidentes e incidentes al responsable de bioseguridad.
- Cumplimentación de fichas de seguimiento de trabajadores afectados en accidentes e incidentes.
- Vigilancia específica de la salud de trabajadores supuestamente expuestos.
- Planificación escrita de actuaciones en caso de que, en trabajos con manipulación deliberada de agentes biológicos, estos superasen las medidas de contención (incluyéndose, en su caso, planes de evacuación).
- Mantenimiento de registros de exposiciones, incidentes, accidentes y ausencias.
La implantación de un procedimiento de actuación en caso de accidentes debe incluir la designación de un responsable de bioseguridad, referente de estas actuaciones en particular y de las acciones de prevención del riesgo biológico en general.
Implantación de Programas de mantenimiento de equipos e instalaciones relacionados con la prevención de los riesgos biológicos en el trabajo
- Dentro del programa general de mantenimiento de equipos e instalaciones del centro de trabajo debe incluirse un programa específico de mantenimiento de equipos e instalaciones relacionados con la prevención de la exposición a agentes biológicos en el trabajo y que contemplen, en todo o en parte lo siguiente:
- Inventario de equipos de protección individual, con indicación de la asignación individual y de fechas de revisiones.
- Inventario de equipos de protección colectiva (cabinas de seguridad biológica y sistemas de ventilación general en laboratorios, lavabotas y lavapies en mataderos, estaciones de tratamiento de aguas residuales y centros de transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos, etc…) con indicación de fechas de revisiones y/o limpieza de los mismos.
- Inventario de otros equipos relacionados (cámaras frigoríficas en laboratorios para impedir crecimiento de muestras en placas Petri; autoclaves en laboratorios; sistemas neumáticos de eliminación de vísceras en mataderos; aspiradoras de succión de médula en mataderos; incineradoras en mataderos, hospitales, laboratorios…; equipos de limpieza del vestuario de los trabajadores, básicamente lavadoras, en la mayoría de este tipo de empresas, etc…).
- Cuestionarios de revisión de instalaciones y lugares de trabajo (vallas contra la intrusión de mamíferos, sobre todo roedores en estaciones de depuración de aguas residuales y centros de transferencia y/o tratamiento de residuos sólidos urbanos; sistemas de control de accesos, esclusas, etc., en laboratorios, …).
- Indicación de responsables de las tareas de verificación y revisión o, en su caso, contratos con empresas especializadas.
Deben existir procedimientos escritos de actuación en las actividades de mantenimiento de los equipos de trabajo e instalaciones.
Debe procederse a la designación de un responsable de la ejecución del plan de mantenimiento.
Actividades formativas específicas sobre los procedimientos de trabajo a seguir
Las actividades formativas deben incluir referencias a:
- Indicaciones para evitar la exposición.
- Procedimientos de limpieza y desinfección.
- Procedimientos de gestión de residuos generados.
- Procedimientos de actuación en caso de accidentes.
- Mantenimiento y revisión de equipos de trabajo.
- Mantenimiento y revisión de instalaciones.
Actividades formativas específicas sobre la utilización de equipos de protección individual
Las actividades formativas deben incluir referencias, por cada puesto de trabajo a:
- Criterios escritos de utilización de cada EPI en cada situación dada y en cada técnica de trabajo seguida.
- Método de utilización del EPI, con aclaración de sus instrucciones de utilización.
- Debe establecerse un sistema específico de formación del trabajador encargado de la supervisión de la utilización de los EPI´s, que incluya la información anterior para cada uno de los puestos de trabajo que debe supervisar.
Existencia de vigilancia de la salud protocolizada
Además de la valoración inicial de la posibilidad de introducir vacunaciones eficaces en función de los riesgos biológicos debería realizarse una programación anual de las evaluaciones periódicas del estado de salud de los trabajadores en riesgo de exposición, con la aplicación de técnicas diagnósticas específicas para el agente biológico en cuestión (placa de tórax y tuberculina, frente a la tuberculosis; hemocultivos, para brucelosis, etc).
Se considera razonable y necesaria la realización de tareas de educación de la salud que creen en los trabajadores actitudes favorables para que accedan a la realización de los reconocimientos médicos y a la vacunación, en su caso.
Carbajal Orduña, Jorge
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