Marco Legal Provincia de San Luis
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- El 26 septiembre, 2023
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Efluentes Líquidos
Código de Aguas de la Provincia de San Luis. Ley VI-159-2004 (Modificada por la Ley VIII-671-2009).
- Ámbito de Aplicación
- Autoridad de Aplicación
- Aprovechamiento de las Aguas Públicas
- Usos Comunes
- Usos Especiales
- Uso Industrial
- Régimen de Utilización de las Aguas Públicas
- Aguas Subterráneas
- Uso Racional y Eficiente del Agua
- Policías de Aguas y Contravenciones
Mediante el Decreto 4.323/08 se crea el Registro Único de Usuarios de Agua en el que deben inscribirse todas las personas físicas y/o jurídicas que requieran agua en sus actividades productivas, industriales y recreativas.
Mediante la Resolución 7/10 se crea el Registro de Usuarios del Agua Subterránea. La misma ha sido modificada por la Resolución 1.471/13 que establece los requisitos exigibles para la obtención de pre factibilidad de perforación, y para la inscripción en el registro.
- Usuarios de Agua Subterráneas
- Renovación Anual
- Obtención de Pre Factibilidad de Perforación
- Inscripción en el Registro de Pozos Existentes
- Formulario de Pre Factibilidad de Perforación y/o Pozo
- Formulario de Registro de Usuarios de Aguas Subterráneas.
La Resolución 607/11 aprueba el Padrón de Usuarios de Aguas Subterráneas.
Mediante la Resolución 260/10 se crea el Registro de Usuarios de Pozos Públicos.
- Requisitos de Inscripción
- Renovación Bianual
De acuerdo a lo establecido por la Resolución 736/11, los usuarios que mantengan perforaciones de reserva sin actividad, deberán someterse a una Inspección Técnica por parte de personal de San Luis Agua S.E.
La Resolución 55/12 establece que los titulares de establecimientos industriales y de servicios, que cuenten con plantas de tratamiento de efluentes, están obligados a contar con Cámara de Toma de Muestras y Medición de Caudales.
Normas reglamentarias necesarias para prevenir el vertido de sustancias contaminantes – Resolución 170/13. La misma ha sido modificada en su Art 21 por la Resolución 54/14 que establece nuevas condiciones para los parámetros de vertido.:
- Prohibición de Contaminación
- Permiso de Vertido de Efluentes
- Cámara de Toma de Muestras
- Renovaciones Bienales
- Vuelco Discontinuo
- Prohibiciones de Vertido
- Parámetros de Vertido
La Resolución 644/11 aprueba el procedimiento de cálculo para líneas de ribera y zonas de riesgo hídrico.
La Resolución 550/11 aprueba el Régimen Sancionatorio de San Luis S.E. en el marco del Código Provincial de Aguas.
- De las Faltas
- De las Sanciones
- Del Procedimiento
La Resolución 4.636/22. Establece medidas respecto de los permisos y concesiones de uso industrial, agrícola y suspende todos los permisos y concesiones de uso minero y energía hidráulica. Encuadrando la presente en lo establecido por el Art. 2º Decreto Nº 11.611-22. Declaración de Estado de Emergencia Hídrica.
Estudios de Impacto Ambiental
La Ley IX-876 establece el marco jurídico aplicable al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
- Ámbito de Aplicación
- Autoridad de Aplicación
- Etapas de la EIA
- Categorización
- Estudio de Impacto Ambiental
- Declaración de Impacto Ambiental
- Renovación del Certificado de Aptitud Ambiental
- Régimen Sancionatorio
Se crea, mediante la Resolución 25/16 (Modificada por Resolución 33/17), el Registro Único de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental (RUCEIA).
- Sujetos Obligados Art 2 – Resolución 25/16
- Requisitos para la Inscripción – Art 5 – Resolución 25/16
Mediante la Resolución 64/12, se aprueba el Instructivo para la confección del Formulario Base para la Categorización de los EIA de Proyectos, Emprendimientos, Obras, Instalaciones o Actividades, y aprueba el modelo de nota para realizar la Solicitud de Categorización.
Presentación de los Estudios de Impacto Ambiental (EsIA). Resolución 65/12 (Modificada por Resolución 250/13):
- Modelo de Carátula Unificada
- Información Preliminar Básica
- Documentación Obligatoria y Excluyente
- Solicitud de Evaluación del EIA
Mediante la Resolución 1/15 se aprueba el procedimiento de recepción y aprobación de los Informes Ambientales Mineros, así como el contenido de los mismos.
• Procedimientos Capítulo III (Anexo) Res 1/15
• Régimen de Inspecciones Capítulo IV (Anexo) Res 1/15
• Estructura y Contenido de los Informes Ambientales Capítulo VI (Anexo) (Apéndice I, II y III) Res 1/15
• Información Minera y Ambiental Capítulo VII Res 1/15
• Disposiciones Transitorias Capítulo VIII Res 1/15
La Resolución 34/20. Establece los aranceles que deben abonarse para revisión y análisis de estudios de impacto ambiental, informes de impacto y auditorías ambientales en el Área de Impacto Ambiental, los cuales se encuentran adjuntos como Anexo II a la presente.
Energía
La Provincia adhiere, mediante la Ley VIII-737, a las disposiciones contenidas en la Ley Nacional N° 26.190 y al Decreto Reglamentario N° 562/2009 de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica.
Mediante la Ley IX-821, se aprueba el “Plan Estratégico de Energía 2012-2025 -Provincia de San Luis”, con el objetivo de garantizar la disponibilidad energética presente y futura de la Provincia.
Flora y Fauna
Mediante la Ley IX 697 se establece el Ordenamiento Provincial de los Bosques Nativos, bajo los términos del Artículo 6° de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
- Autoridad de Aplicación
- Categorías de Conservación
- Autorización de Actividades
- Régimen Sancionatorio
Se sustituye, a través del Decreto 8.936/14, el Plan de Manejo Ambiental de las Áreas Naturales Protegidas de las “Sierras de San Luis”.
Se establecen, mediante la Resolución 250/12, los Planes de Cambio de Uso del Suelo y de Manejo Sostenible de Bosques Nativos.
- Requisitos del Estudio de Impacto Ambiental
- Procedimiento y Etapas de la EIA
- Régimen Sancionatorio
Mediante la Resolución 227/22, se aprueba el Plan Estratégico de Bosques Nativos para la Provincia de San Luis que obra como Anexo I de la presente Resolución elaborado siguiendo las pautas establecidas por el Formulario A de la Resolución N° 497 del COFEMA.
Decreto 1.830/23. Reglamentación de la Ley 1.048/20 “Plan Provincial de Prevención, Presupresión y Lucha contra Incendios”.
Minería
Ley IX 0634-08 y Decreto Reglamentario 805/14 de “Preservación y Restauración Ambiental del Sector Minero”.
Fondo de Garantía Ambiental
Titulares de Concesiones o Derechos Mineros
Plan de Cierre de la Actividad
Mediante el Decreto 48/15 se crea el Reglamento para la Producción, Comercialización y Transporte de Productos Mineros Áridos y sus Derivados.
- Alcance Art 2 – Dec 48/15
- Procedimiento Minero Cap III – Dec 48/15
- Órganos de Control Cap IV – Dec 48/15
- Dirección y normas técnicas de la actividad de áridos Cap VI – Dec 48/15
- Derecho de explotación áridos Cap VII – Dec 48/15
- Registro de Productores y Plantas de Áridos, Hormigón y Asfalto Cap VIII – Dec 48/15.
La Resolución 158/21, aprueba el protocolo para la manipulación de explosivos, destinados a productores mineros, incluyendo como parte integrante a los Anexos uno y dos de la presente.
Normativa General
Constitución de la Provincia de San Luis. Medio ambiente y calidad de vida: (Art. 47º). Dominio de recursos naturales: (Art. 88º).
Ley V-749. Aprueba el Plan Maestro Ambiental: “Tratado de Paz entre Progreso y Medio Ambiente – Estrategia 2010-2020” para la Provincia de San Luis.
La Ley II-526, establece el Patrimonio Cultural de la Provincia. La presente Ley tiene por finalidad implementar la custodia, preservación y expansión del Patrimonio Cultural de la provincial.
La Resolución 1/19, dispone la inscripción y el reempadronamiento de Establecimientos Industriales de todo el territorio provincial, ante el Programa Industria y Agroindustria dependiente del Ministerio de Producción o aquel que lo sustituya en el futuro.
La Resolución 28/10 crea el Registro Provincial de Productos, Actividades o Servicios amigables con el medio ambiente, como instrumento de promoción e incentivo a la producción y consumo sustentables en el marco del concepto de responsabilidad social empresaria.
Residuos
Residuos Peligrosos
La Provincia adhiere, mediante la Ley IX-335, a la Ley Nacional 24.051, que regula la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos.
Mediante el Decreto 1.322/96 se habilita el Registro Provincial de Generadores y Operadores.
Marco Regulatorio conforme al Decreto 2.092/06.
- Ámbito de aplicación
- Autoridad de Aplicación
- Categorías de Generadores
- Registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos
- Manifiesto de Residuos Peligrosos
- Transportistas de Materiales y Residuos Peligrosos
- Infracciones y Sanciones
Decreto 3.042/98. Requisitos para la inscripción en el Registro Provincial de Profesionales responsables de la operación de residuos peligrosos.
La Resolución 92/11 dispone el Reempadronamiento de establecimientos industriales, agroindustriales, comerciales y de servicios inscriptos en el Registro Provincial de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos.
- Formulario de Reempadronamiento
- Documentación a presentar
Operadores de Residuos Especiales – Resolución 533/13:
Inscripción como Empresa Operadora con Equipos Transportables
Habilitación de la Operación “In Situ”
Se incorpora por la Resolución 41/14 como Art 3º bis- la acreditación a los postulados de la Resolución 533-PGA-2013 para las empresas ya inscriptas que requieran operar con equipos de transporte.
La Resolución 61/14 aprueba el Modelo Oficial de Manifiesto de Transporte, de uso obligatorio para los generadores y generadores-operadores inscriptos en el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos.
- Prohibiciones Art 9- Art 12- Res 61/14
- Vigencia Art 10 – Res 61/14
- Circuito de utilización del manifiesto Art 13 – Res 61/14
Ley IX-881. Establece las pautas, obligaciones y responsabilidades inherentes a una gestión sustentable de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) en el territorio provincial.
- Alcance y ámbito de aplicación Capítulo I – Ley IX-881
- Gestión sustentable Capítulo II – Ley IX- 881
- Tratamiento Capítulo III – Ley IX- 881
- Autoridad de aplicación Capítulo IV – Ley IX- 881
- Sanciones Capítulo V – Ley IX- 881
- Disposiciones finales Capítulo VII – Ley IX- 881
Residuos Industriales Asimilables a RSU
Ley IX-873. Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU).Reglamentada por el Decreto 545/15.
- Generación y Disposición Inicial
- Recolección Diferenciada y Transporte
- Tratamiento y Disposición Final
- Prohibiciones
- Mediante el Decreto 5.037/12 (Modificada por Resolución 4.173/23) se crea el Ente Administrador de Plantas de Reciclado y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos.
Suelos
La Protección y Conservación de Suelos se rige por lo dispuesto en la Ley IX-315-2004 (5.461) y su Decreto reglamentario 2.651/07.
- Obligaciones del propietario u ocupante legal de la tierra
- Facultades del organismo de aplicación
- Fondo de protección
- Recursos de la Ley
- Sanciones
- Procedimientos.
Sustancias Químicas
La fabricación, fraccionamiento, formulación, almacenamiento, transporte, comercialización, utilización y aplicación de agroquímicos están sujetos al régimen de la Ley IX-320-2004 y Decreto reglamentario 1.675/09 (Modificado por el Decreto 4.642/09).
- Autoridad de Aplicación
- Habilitación de Aplicadores
- Libros de Registro
- Fabricación
- Transporte
- Comercialización
- Almacenamiento
- Aplicación aérea/terrestre
- Régimen Sancionatorio
La Resolución 9/20, crea el Registro Provincial de DEPÓSITOS y COMERCIOS de productos fitosanitarios habilitados de la provincia de San Luis, dentro de la órbita de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Parques o el organismo que en un futuro lo reemplace; en los cuales se sistematizará la información de los depósitos y comercios en el ámbito provincial.
Mediante la Resolución 3/21 se crea los siguientes registros:
- Registro Provincial de Sistemas de Gestión de Envases Vacíos de Agroquímicos y Productos Fitosanitarios,
- Registro Provincial de Centros de Almacenamiento Transitorio de Envases Vacíos de Agroquímicos y/o Productos Fitosanitarios,
- Registro Provincial de Transportistas de Envases Vacíos de Agroquímicos y/o Productos Fitosanitarios,
- Registro Provincial de Operadores de Envases Vacíos de Agroquímicos y/o Productos Fitosanitarios,
- Registro Provincial de Responsables Técnicos Fitosanitarios.
Seguridad y Salud Ocupacional
Se rige según la Legislación Nacional: Ley 19.587 y Decreto Reglamentario 351/79.
Constitución de la Provincia de San Luis. Art. 58º: Derechos y garantías del trabajador. Art. 59º: Procedimiento laboral. Art. 60º: Derechos gremiales. Art. 61º: Policía del trabajo.
La Ley 1.013, crea el Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la provincia de San Luis como persona jurídica pública de carácter no estatal.
Ley V-121 (Modificada por la Ley V-499). Crea el SubPrograma Derechos del Trabajador con dependencia del Ministerio de la Cultura del Trabajo.
Mediante Resolución 100/12, se crea el Registro para los Profesionales y Auxiliares en Higiene y Seguridad del Trabajo, debidamente autorizados, el que funcionará dentro del ámbito del Área de Salud y Seguridad del Trabajo dependiente del PRL.
El Decreto 3.034/14, crea el Plan de Promoción de la Salud “San Luis Actitud Saludable”, el cual tiene por objetivo disminuir los factores de riesgo de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles, fomentando hábitos saludables para el mejoramiento de la calidad de vida de todos los habitantes de la provincia de San Luis.
El Decreto 206/11 aprueba la reglamentación General de la Ley Antitabaquismo III-0723-2010.
- Lugares donde se Prohíbe Fumar
- Prohibiciones en la Comercialización de Productos
Transito y Seguridad Vial
Se ajusta al régimen de la Ley X-630 (Modificada por la Ley X-744, X-890 y 1.072) de Tránsito y Seguridad Vial y su Decreto Reglamentario 2.507/09. La misma ha sido modificada por la Ley X-0890-2014 en su Art 6 y Art 13.
- Licencia de Conducir
- Requisitos de Circulación
- Transporte de Pasajeros y Carga
Decreto 2.507/09 (Modificado por el Decreto 809/11 y 1.564/23). Aprueba la Reglamentación General de la Ley X-630 de Tránsito y Seguridad Vial de la Provincia de San Luis y Anexo 1: Régimen de Contravenciones y Sanciones por Faltas Cometidas a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial X-630.
Ley V-698 (Modificada por la Ley X-890). Ley de Cédula de Identidad Provincial Electrónica. Objeto. Licencia de Conducir. Autoridad de Aplicación. Tasas.
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