Marco Legal Provincia de Santa Fe
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- El 22 mayo, 2023
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Residuos
Patógenos
- Decreto 388/00: Normas para el manejo y tratamiento de los residuos patológicos
- Resolución 454/19 Sistema de Manifiestos en Línea, certificado de retiro, código de despacho, certificado de tratamiento y reporte de recepción generados para el sistema de gestión de los residuos patológicos y de catering de buques ó aeronaves,
Domiciliarios
- Resolución 128/04 Establece las “Normas Técnicas” para la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos y prohíbe en el ámbito provincial la disposición final de residuos sólidos urbanos en vertederos a cielo abierto, la quema a cielo abierto y el uso de residuos sólidos urbanos para el relleno de lagunas o zonas anegables.
- Ley 13.055 Se establece como “Basura Cero”, el principio de reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos, con plazos y metas concretas, por medio de la adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos, la separación selectiva, la recuperación y el reciclado.
- Ley 13.808 Ley de Regulación, Control y Gestión Integral de Aceites Vegetales y Grasas de Frituras Usados para Producción de Biocombustibles
- Decreto 2.151/14 Establece que las personas físicas o jurídicas generadoras de Residuos No Peligrosos Industriales o de Actividades de Servicios, deberán proceder a la gestión de los mismos, a través del Plan de Gestión Ambiental contenido en el Informe Ambiental de Cumplimiento de la empresa.
- Resolución 463/19 Aprobar el Manifiesto en línea, Código de despacho, Reporte de recepción y el Certificado de tratamiento/destrucción/disposición final para la gestión de los Residuos No Peligrosos Industriales o de Actividades de Servicio.
- Resolución 40/21 Recomendar a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe la adopción de un sistema de gestión que asegure, como mínimo, una separación binaria de los residuos sólidos urbanos generados en sus territorios, promoviendo una disposición inicial selectiva y posterior recolección diferenciada que contemple, por un lado, los residuos reciclables secos, y, por otro, los residuos considerados basura.
Peligrosos
- Ley 13.959 La gestión integral de los residuos peligrosos que se generan en todo el territorio provincial y son transportados para su tratamiento se rige por las disposiciones de la presente ley.
- Ley 11.717 – Capítulo IX. Establece que la reglamentación regulará la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de los Residuos Peligrosos.
- Decreto 1844/02 Sustituye el “Reglamento de los artículos 22º y 23º de la Ley 11.717”, aprobado por Decreto Nº 592/02
- Resolución 10/04 Crea en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos.
- Resolución 165/05 Las Empresas deberán tener disponibles las “Hojas de seguridad Químicas” de las sustancias usadas como materias primas, toda vez que la Autoridad de Aplicación lo requiera.
- Resolución 273/19 Aprueba el manifiesto en línea, certificado de tratamiento/destrucción/disposición final, reporte de recepción y código de despacho para la gestión de los residuos peligrosos.
- Resolución 127/11 Establece que las personas físicas o jurídicas generadoras de aceites minerales usados deberán en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días a partir de la publicación de la presente, tratar y disponer dichos residuos en plantas de tratamientos o disposición final debidamente autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente
- Resolución 238/14 Envases usados de Fitosanitarios.
- Ley 13.842 Sistema Provincial de Gestión Diferencial e Integral de Envases vacíos de Fitosanitarios utilizados en la producción agrícola
- Ley 13.940 Gestión Integral y Sustentable de Residuos de Aparatos eléctricos y Electrónicos (RAEEs)
Efluentes Gaseosos
Resolución 201/04: Tiene por objeto prevenir, controlar y corregir las situaciones de contaminación del aire en el territorio de la Provincia de Santa Fe, cualesquiera que sean las causas que las produzcan.
Se entiende por contaminación del aire a los efectos de esta Resolución, la presencia en él de cualquier agente químico, físico o biológico, o de la combinación de estos, generados por la actividad humana, en concentración y tiempos tales, y la frecuencia de ocurrencia, que puedan ser nocivos para la salud humana o perjudiciales para la vida animal o vegetal, o que impidan el uso y goce de las propiedades o lugares de recreación.
Esta resolución es aplicable a todas las personas jurídicas de carácter público o privado y a las personas de existencia real que sean responsables por la emisión de contaminantes, a través de fuentes fijas o móviles dentro del territorio de la Provincia de Santa Fe.
Efluentes Líquidos
- La Resolución 1089/82 establece las condiciones a que deberá ajustarse el efluente y el proyecto, construcción, reparación, modificación, mantenimiento y contralor de funcionamiento de las instalaciones de que debe dotarse a aquellos inmuebles cuyos líquidos residuales requieran un tratamiento previo para alcanzar las condiciones de vuelco aceptables para su descarga a los cuerpos receptores.
- Resolución 145/07 Establece los requisitos que deberán cumplir las empresas de transporte, operación y posterior vuelco de líquidos de origen sanitario provenientes del desagote de pozos absorbentes por medio de camiones atmosféricos en el ámbito de la Provincia de Santa Fé.
- Resolución 324/11 Reglamento de Control de Calidad de Vertimiento de Efluentes Cloacales
- Resolución 325/11 Aprueba y declara de aplicación en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, el Reglamento de Control de Calidad de Aguas Potables
- Resolución 1.572/17 Aprueba el Reglamento de Control de Calidad de Vertimiento de Efluentes Industriales a Colectora Cloacal para Prestadores de Servicios de Efluentes Cloacales fuera del área de prestación de Aguas Santafesinas S.A.
Recursos Hídricos
- La Ley 9.830 crea el Comité de Cuencas que deberá promover el desarrollo del área a través del manejo y aprovechamiento de los recursos hídricos y que actuará como personas jurídicas de derecho público fijándole competencia territorial.
- La Ley 13.740 regula la gestión integrada de los recursos hídricos de la provincia de Santa Fe, con el fin de promover los distintos usos del agua de manera sustentable. Esta ley rige la gestión de todas las aguas -superficiales, subterráneas y atmosféricas.
Impacto Ambiental
- Ley 11.717 – Capítulo VIII Establece que las personas físicas o jurídicas responsables de proyectos, obras o acciones que afecten o sean susceptibles de afectar el ambiente, están obligadas a presentar ante la Secretaría, conforme al artículo 21°, un estudio e informe de evaluación del impacto ambiental de todas sus etapas.
- Ley 13.723 Modifica el Artículo 18 de la Ley 11.717 por el siguiente: Artículo 18 – Los organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, los entes autárquicos, las sociedades con participación estatal mayoritaria, las empresas privadas o los particulares, están obligados a presentar a la Autoridad de Aplicación un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) de los proyectos en los que intervengan y que sean susceptibles de afectar el medio ambiente, antes de comenzar las actividades preparatorias o tenga principio de ejecución el emprendimiento de que se trata.
- El Decreto 101/03 establece los requisitos, categorización y contenidos a los que deben ajustarse los E.I.A., que deben realizar todos los proyectos o emprendimientos capaces de modificar el ambiente para la/s etapa/s que correspondieren.
- Resolución 306/14 Estudio de Análisis de Riesgo. Deben exhibir un grado de detalle definido en función del nivel de riesgo inherente a la actividad que desarrollan.
- Resolución 403/16. Establece nuevas presentaciones ambientales de Formularios de Presentación, Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) e Informes Ambientales de Cumplimiento (IAC).
Conservación de Suelos
Mediante la Ley 8.829 se adhiere la provincia de Santa Fe a la Ley Nacional 22.428 de conservación y recuperación de la capacidad productiva de los suelos. Por su parte, la Ley 10.552 declara de orden público en todo el territorio provincial el control y prevención de todo proceso de degradación de los suelos, la recuperación, habilitación y mejoramiento de las tierras para la producción y la promoción de la educación conservacionista.
Seguro Ambiental
- A través del Decreto 1.879/13, se establece que las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que deseen obtener o mantener vigentes las respectivas habilitaciones, Informe Ambiental de Cumplimiento, permisos e inscripciones que otorga el Poder Ejecutivo a través de la Autoridad de Aplicación cuyo Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) en los términos de la Resolución Nº 177/07, modificatorias, ampliatorias y complementarias de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) sea igual o mayor a catorce (14) puntos, deberán acreditar la contratación de un Seguro por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva en observancia a lo establecido por el Artículo 22 de la Ley General del Ambiente -Nº 25.675- y las normas reglamentarias. La presentación del seguro será condición previa al comienzo de las actividades en los términos de los Capítulos VIII y X de la Ley Nº 11.717.
- Resolución 92/22 Crea el programa provincial SELLO VERDE, en el ámbito de la Subsecretaría de Tecnologías para la Sostenibilidad, destinado a todos los emprendedores, PyMES, así como instituciones públicas y privadas, que estén radicadas y desarrollen actividades en la Provincia de Santa Fe y se distingan por implementar acciones concretas frente al cambio climático.
- Ley 12.923 Ley de preservación de la producción vegetal a través de la utilización racional de técnicas, métodos, recursos y mecanismos que propendan a la correcta práctica de protección vegetal preservando la salud humana y los recursos naturales, evitando la contaminación del ambiente y de los alimentos, en todo el territorio de la provincia.
Forestación
- Ley 11.111 Plan Forestal Santafesino.
- Ley 11.768 Adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional 25.080 – Ley de Inversiones Para Bosques Cultivados.
Seguridad e Higiene
Según la Constitución Provincial en el Art. 20º protege el trabajo en todas sus formas y aplicaciones y, en particular, asegura el goce de los derechos que la Constitución y las leyes nacionales reconocen al trabajador. Reglamenta las condiciones en que el trabajo se realiza, incluso la jornada legal de trabajo, y otorga una especial protección a la mujer y al menor que trabajan. Cuida la formación cultural y la capacitación de los trabajadores mediante institutos adecuados, tanto en las zonas urbanas como en las rurales. Promueve y facilita la colaboración entre empresarios y trabajadores y la solución de sus conflictos colectivos por la vía de la conciliación obligatoria y del arbitraje.
La provincia de Santa Fe se encuentra adherida a la Legislación Nacional mediante aprobación del Pacto Federal del Trabajo suscripto por Ley Provincial 11.752. Por otra parte, la Ley 12.913 junto a su Decreto Reglamentario 396/09 constituyen en la provincia de Santa Fe los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. Los mismos son órganos paritarios con participación de trabajadores/as y empleadores, destinados a supervisar, con carácter autónomo y accesorio del Estado, el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de control y prevención de riesgos laborales y también la consulta regular y periódica de las actuaciones de las empresas, establecimientos empresarios y dependencias públicas en materia de prevención de riesgos.
Resolución 136/17 Crea el “Acta Digital” a utilizar en la realización de Inspecciones de Salud y Seguridad en el Trabajo, llevada a cabo por el cuerpo de inspectores dependientes de la Dirección Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo, en el marco previsto por la Ley 10.468 Y sus normas modificatorias.
Matafuegos y ASP
La Ley 1.373 prohíbe el uso de máquinas a vapor y/o aparatos sometidos a presión sin previa inspección o prueba por la oficina técnica a cuyo cargo está el cumplimiento de esta ley y del cumplimiento de las obligaciones establecidas por el Reglamento para la Inscripción, habilitación, inspección y atención y manejo de calderas y aparatos sometidos a presión (CyASP) creado por el Decreto 605/16.
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