Ley de glaciares: la Corte la declaró constitucional y 44 proyectos mineros quedaron en la mira
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- El 5 junio, 2019
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El máximo tribunal cerró así una causa iniciada por Barrick Gold en 2001. Con la ley en plena vigencia, podrían frenarse posibles inversiones por 18.000 millones de dólares
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró ayer constitucional la Ley de Glaciares. Se trata de la norma que protege los cuerpos de agua de la Argentina y determina, entre otras cosas, dónde puede haber actividad minera y dónde no. El fallo implica lecturas múltiples. Fue celebrado por ambientalistas como una medida en defensa del Medio Ambiente. Pero generó interrogantes sobre el futuro de la industria minera, principal perjudicada por esta decisión. Por elevación, significa además un golpe para el Gobierno, que buscaba modificar la ley para garantizarse nuevas inversiones del sector.
La decisión del máximo tribunal es el punto final de un largo camino, iniciado en 2011 por la minera Barrick Gold, que opera los yacimientos de Pascua Lama y Veladero en San Juan. Entonces, la empresa pidió que se revisara la legalidad de la normativa. Planteaba que debían ser redefinidos los límites geográficos y morfológicos de los sitios donde puede practicarse la actividad porque en buena medida, así como está escrita la ley, los dejaba fuera del negocio.
La decisión de la Corte, en contra de las pretensiones de Barrick, no solo supone un problema para esta compañía, sino que además definirá la suerte de otros 44 proyectos mineros que por su ubicación, de acuerdo con un informe de la Secretaría de Ambiente, afectan áreas glaciares (glaciar propiamente dicho) o periglaciares (suelo congelado). Están ubicados en Santa Cruz, Chubut, Mendoza, San Juan, La Rioja y Catamarca. Muchos de ellos se encuentran en etapa de estudio. Pero ayer mismo, fuentes del sector deslizaron que si quedaran paralizados podrían representar una pérdida de entre 10 mil y 18 mil millones de dólares en inversiones para el país. Desde Barrick, ayer, no hicieron declaraciones oficiales.
El fallo salió de manera unánime. Entre los principales argumentos, los jueces consideraron que Barrick Gold y Minera Argentina Gold no habían demostrado que el sistema de preservación de los glaciares establecido por el Congreso les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera. Agregaron que la provincia de San Juan, que había adherido al planteo de las empresas para obtener la inconstitucionalidad, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio. Resaltaron que la Constitución Nacional establece que la protección del ambiente es una tarea conjunta del Gobierno nacional y de las provincias. Y concluyeron que “la lectura propuesta se inscribe en el consenso internacional que aprobó el Acuerdo de París en 2015, ratificado por la República Argentina en 2016, sobre calentamiento global”. El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, destacó entre sus argumentos que no existía un caso o controversia judicial a los fines de que la Corte pudiera expedirse.
La ley de protección de glaciares establece los presupuestos mínimos para “la protección de los glaciares y del ambiente periglaciar con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico”.
La norma tuvo un debut intrincado. El 10 de noviembre de 2008, al poco tiempo de ser sancionada, Cristina Kirchner la vetó, argumentando que excedía las facultades reservadas a la Nación en el artículo 41 de la Constitución. Sobradas fuentes señalaron entonces que aquella decisión presidencial se había dado como una concesión a las presiones de la industria minera. El periodismo lo llamó “El veto Barrick”, aludiendo a la minera Barrick Gold, cuyos proyectos Pascua Lama y Veladero, en la provincia de San Juan, se veían comprometidos por la aplicación de la ley.
Lo que vino después fue una fuerte presión social, con ecos en el parlamento, y la reglamentación definitiva en 2011, a pesar de la resistencia de la industria y por impulso del entonces diputado Miguel Bonasso.
Durante los años siguientes, por medio de amparos judiciales, la aplicación de la norma fue quedando en suspenso una y otra vez. Las mineras pudieron seguir operando. Pero esto no impidió que el Instituto Argentino de Glaciología, el IANIGLA, llevara adelante el conteo de todos los glaciares del país, un inventario que la misma ley ordenaba que se hiciera. Hace justo un año se conoció el resultado de ese relevamiento. En la Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo (16.078 en la Cordillera y 890 en las Islas del Atlántico Sur). Ocupan 8.484 kilómetros cuadrados.
La minería es una industria muy apuntalada por el gobierno de Cambiemos y sobre todo por el puñado de gobernadores de la provincias mineras. Tanto es así que en 2017 se conoció un paper del gobierno en el que se planteaba directamente una reforma de la ley de glaciares casi a pedido de las mineras. De acuerdo con datos de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (ayer preparaban un comunicado para expresarse sobre el fallo), el sector emplea a más de 80.000 personas y el año pasado pagó casi 30.000 millones de pesos en impuestos a las provincias y a la Nación. Pero el caramelo son las inversiones por casi 18.000 millones de dólares que el sector le viene prometiendo al Gobierno desde 2015. En buena medida, muchas de esas inversiones permanecieron frenadas por dos escenarios indefinidos, lo que ocurriera con la situación económica y el destino final de la ley que protege los cuerpos de hielo cordilleran
Clarín
5 de junio de 2019
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