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Lagunas de Guanacache: Un Desastre Ecológico que Lleva Mas de un Siglo de Historia

Sres. Periodistas del Portal Estrucplan:

A continuación se envía una extensa gacetilla de prensa en donde se desarrolla la temática que aborda la Resolución Nº 142 emitida por el Defensor del Pueblo de la Provincia de San Luis, Dr. Jorge A. Sopeña. La razón de este extenso documento es poner en vuestro conocimiento uno de los mayores desastres ecológicos que ha vivido a lo largo de mas de un siglo nuestra provincia, junto a la vuestra y a la de San Juan.

Durante la nota usted podra conocer la responsabilidad que le atañen sobre esta problemática a las provincias de Mendoza y San Juan, además de conocer el llamativo desconocimiento de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación de cual es el sitio geográfico sobre el cual se encuentran estas Lagunas.

A raíz de la Resolucion que emitio la Defensoría del Pueblo de la Provincia de San Luis, la problematica de las lagunas de guanacache fueron abordadas por el Diario el Zonda de San Juan ( Link 1; Link 2; Link 3; Link 4; Link 5 ), ademas de ser tratado en extenso por el Diario de la Republica desde el dia 19 de noviembre hasta la fecha.

Aclarado el porque de la extensión de esta nota, lo saludo cordialmente

Lic. Diego Masci
Comunicación Institucional
Defensoría del Pueblo

Resolución Nº 142

Lagunas de Guanacache: Un Desastre Ecológico que Lleva Mas de un Siglo de Historia

El Defensor del Pueblo de la Provincia de San Luis, Dr. Jorge A. Sopeña, ha emitido el pasado viernes 14 de noviembre la Resolución Nº 142 en la que insta a insta a las áreas de Medio Ambiente, Recursos Hídricos y Turismo, dependientes del Ministerio del Progreso a que realicen esfuerzos en pos de lograr una solución ambientalmente adecuada para la restauración y preservación de los ecosistemas de humedales que conforman las lagunas y bañados de Guanacache a niveles aceptables, en el ámbito territorial de competencia, por el alto valor ecológico, antropológico e histórico que este ambiente representa para el patrimonio de la Provincia.

Además, mediante el máximo instrumento jurídico con que cuenta la Institución, el Dr. Sopeña solicitó a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación a que incluya a la Provincia de San Luis en la definición de Sitio RAMSAR (Humedales de Importancia Internacional) sin excluirla tal como lo ha hecho hasta el momento, de sus derechos de participar en el manejo sustentable de los recursos hídricos y ambientales de la cuenca del Desaguadero e instó a que dicha Secretaría adopte una participación proactiva en la solución de los problemas ambientales ocasionados por el manejo no sustentable de la cuenca que han realizado las provincias de Mendoza y San Juan ya que esta es su responsabilidad.

En esta importante Resolución emitida por el Defensor Sanluiseño en donde se documenta y prueba que se ha producido, por el manejo no sustentable de la cuenca del Desaguadero y de sus tributarios a favor a la producción agrícola de las Provincias de Mendoza y San Juan, un paulatino proceso de desecación de los sistemas Lagunares de Guanacache alterando la estructura de los humedales con la consiguiente pérdida de los ecosistemas, disminución de la biodiversidad y aumento de los fenómenos de desertificación y sus secuelas asociadas: pérdida de suelo, deforestación, empobrecimiento, éxodo de pobladores, etc. se les solicita a los Gobernadores de la Provincia de San Luis, Mendoza y San Juan a que tomen una actitud proactiva en el cumplimiento de los altos objetivos perseguidos en los Tratados Ambientales suscriptos el día 16 de septiembre de 1992, en la Ciudad de Mendoza.

El complejo de las Lagunas de Guanacache es un humedal continental conformado por lagunas, bañados y zonas de inundación ubicados en la zona de límites entre las Provincias de San Luis, Mendoza y San Juan, alimentados por afluentes del río Desaguadero, tales como el río Mendoza, el San Juan y antiguamente el río Bermejo. Este sitio geográfico junto a su entorno natural fueron quienes dieron sustento a la nación Huarpe, quienes habitaron en la región aproximadamente desde el siglo III hasta el siglo XVI, constituyendo por lo tanto un patrimonio antropológico Provincial y Regional de altísimo valor.

Este Complejo lagunar poseía en el pasado un desarrollo mucho mayor que el actual, tal como lo detalla Juan W. Gez (1939) en su obra “Geografía de San Luis”, cuando al describir las dimensiones de la Laguna de Silverio transcribe que tenia aproximadamente “… 5 kilómetros de largo por dos de ancho….”. En la actualidad aquellas lagunas que se ubicaban al oeste de Las Sierras de las Quijadas, ha excepción de la Laguna El Porvenir que solo en las épocas de grandes lluvias llega a definirse, habrían desaparecido.

La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación el 14 de diciembre de 1999 logró que la Convención Sobre los Humedales de Importancia Internacional, más conocida como Convención RAMSAR, declare un sitio RAMSAR en nuestro país denominado Lagunas y Bañados de Guanacache, pero definido únicamente para las Provincias de Mendoza y San Juan, en una pequeña área limítrofe compartida por ambas Provincias.

Esta declaración Internacional por parte de la citada Convención para este sector de las Lagunas y Bañados de Guanacache conlleva varias implicancias de suma importancia: reconocer como un humedal de importancia Internacional que es necesario reestablecer y cuidar; establecer medidas para su protección y preservación mediante apoyo científico altamente calificado y de divulgación internacional, entre otros aportes; obtener apoyo internacional para lograr determinar y desarrollar un manejo sustentable en la gestión de los recursos hídricos; entre otros beneficios

A pesar del amplio espíritu de colaboración y trabajo mancomunado que fuera motivo del Acuerdo del Nuevo Cuyo (ver aparte), la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación cometió una inaceptable exclusión de la Provincia de San Luis, en la participación consensuada para un manejo sustentable de la cuenca, con las consabidas consecuencias ambientales aparejadas.

El Defensor de la Provincia de San Luis, Dr. Jorge A. Sopeña, expresa en los considerandos de la Resolución “Que es la Administración Nacional la que forma parte de la Convención RAMSAR y quien ha avalado la presentación de las Provincias de Mendoza y San Juan, desconociendo este Organismo, cual es la razón por la que se ha excluido a la Provincia de San Luis o en su defecto, cuáles fueron las razones por las que el área abarcada sólo se haya circunscrito a las Provincias arriba mencionadas”.

Un dato interesante sobre la contradicción de la Secretaria de la Nación que no incluye a San Luis como parte de las lagunas de Guanacache se puede ver en la foto (ver archivo adjunto) que aparece en la pagina web oficial del citado organismo (Link 6). La fotografía fue tomada en la Provincia de San Luis, en la misma se puede apreciar las Sierras de las Quijadas de fondo y en el momento presentar la petición de declaración de sitio RANSAR a Guanacache, deja de lado a nuestra provincia

La Defensoría entiende que sería altamente beneficioso realizar esfuerzos para que la Provincia logre reestablecer al menos parte de estos ecosistemas muy degradados para lo cual resulta absolutamente necesario lograr obtener participación en el manejo de los recurso hídricos, determinando y respetando entre otros parámetros hídricos, el mantenimiento de caudales ecológicos mínimos en términos aceptables haciéndose respetar el Articulo 41 de nuestra Constitución Nacional que expresa que “… El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales…”

Es probable que la pérdida de estos sistemas lagunares de Guanacache, hayan originado un fuerte cambio climático a escala regional, acentuando el paulatino proceso de desertificación de una gran parte del territorio puntano, afectando extensos territorios de los Departamentos Ayacucho, Belgrano y Capital. La modificación de los parámetros ambientales habría desencadenado un importante éxodo de lugareños en las zonas críticas, pérdidas de pasturas y bosques en los alrededores del ecosistema lótico propiamente dicho.

Debido a que la afectación de las condiciones ambientales producto de la acción antrópica puede ser considerada como un verdadero desastre ecológico y ambiental, de dimensiones regionales que ha afectado una gran parte del territorio de la Provincia de San Luis, el Defensor del Pueblo de la Provincia de San Luis, Dr. Jorge A. Sopeña, ha enviado la Resolución Nº 142 al Fiscal de Estado Provincial, Dr. José Maria Duran, para ponerlo al tanto de esta grave situación que afecta a los Sanluiseños.

Lic. Diego Masci
Comunicación Institucional
Defensoría del Pueblo

Nota Secundaria

El Defensor del Pueblo dictó el pasado viernes la Resolución Nº 142, en donde efectúa un fuerte reclamo a varias Autoridades para lograr reestablecer al menos en parte las condiciones ambientales en el área de las Lagunas de Guanacache. Estas lagunas y otras formas asociadas se desarrollan en la zona limítrofe compartida entre las Provincias de San Luis, Mendoza y San Juan.

Las lagunas y bañados entre otras se denominan humedales y existe una alta valoración ambiental de estos lugares por su importante presencia de avifauna en cantidad de especies y en números. Lagunas, pantanos y bañados que antes ocupaban muy extensas regiones, poco a poco se han ido desecando, dando lugar al avance del desierto.

En estas zonas se desarrolló la Nación Huarpe, quedando alrededor de 2000 descendientes denominados Laguneros por lo que la zona además, posee además de su importancia ambiental un verdadero valor antropológico. Es decir se trata además de un recurso biológico, antropológico y turístico de gran valor. La Nación logró declarar por parte de la Convención Internacional de Humedales que se lo declare a este sitio de Importancia Internacional, pero solo en el área de Mendoza y San Juan, excluyendo a San Luis.

A continuación se entregan algunos datos supletorios a la presente nota debido a la importancia del tema

Acuerdo del Nuevo Cuyo

En el ámbito del Nuevo Cuyo, del 16 septiembre de 1992, se suscribieron importantes Acuerdos Ambientales que implicaban: a) realización de estudios para la restauración sistema Lacustre de Guanacache, San Silverio y Bebedero, b)algunas pautas mínimas de manejo de la cuenca, c) Requerir apoyo técnico y financiero del Gobierno Nacional y de los Organismos Extranjeros e Internacionales, y participación de las Provincias del Nuevo Cuyo, en la elaboración de los Proyectos ecológicos nacionales, d) Gestionar ante el Gobierno de la Nación, la priorización de la región en función de sus características ecológicas en los planes y programas previstos presupuestariamente por la Nación.”

¿Qué es la Convención RAMSAR?

Se convocó por primera vez el 3 de febrero de 1971, en la ciudad iraní de RAMSAR, por lo que también se la conoce como Convención de RAMSAR, primer tratado intergubernamental que busca conservar los recursos naturales a escala global.

La Convención Internacional esta conformada por 133 países suscriptores y ya posee más de 1200 humedales declarados de importancia mundial, habiendo la Argentina suscrito el mismo en 1991.

La Nación el 14 de diciembre de 1999 logró que la Convención Sobre los Humedales de Importancia Internacional, más conocida como Convención RAMSAR, declare un sitio RAMSAR en nuestro país denominado Lagunas de Guanacache, pero definido únicamente para las Provincias de Mendoza y San Juan, en una área limítrofe compartida entre ambas Provincias. Tal declaración Internacional por parte de la Convención conlleva varias implicancias de suma importancia:

El sitio se reconoce como un humedal de importancia Internacional incluido en el listado de 1200 sitios RAMSAR, que es necesario reestablecer y cuidar. Se establecen medidas para su protección y preservación mediante apoyo científico altamente calificado y de divulgación internacional, entre otros aportes.

Además se obtiene apoyo internacional para lograr determinar y desarrollar un manejo sustentable en la gestión de los recursos hídricos, tema prioritario en la recuperación de los humedales.

¿Qué son los humedales?

El término humedales se refiere a una amplia variedad de habitas interiores, costeros y marinos que comparten ciertas características. Generalmente se los identifica como áreas que se inundan temporariamente, donde la napa freática aflora en la superficie o en suelos de baja permeabilidad cubiertos por agua poco profunda. Todos los humedales comparten una propiedad primordial: el agua juega un rol fundamental en el ecosistema, en la determinación de la estructura y las funciones ecológicas del humedal

Los humedales generalmente sustentan una importante diversidad biológica y en muchos casos constituyen habitas críticos para especies seriamente amenazadas. Asimismo, dada su alta productividad, pueden albergar poblaciones muy numerosas. Estos sitios gozan hoy de un gran interés mundial en su revalorización y protección para un manejo sustentable.

¿Cual Es La Causa De Este Proceso De Desecación De Los Humedales En Territorio Sanluiseño Que Se Encuentran En Las Lagunas De Guanacahe?

El manejo de la cuenca, en especial de los tributarios del Desaguadero, los ríos Mendoza y San Juan han sido manejados intensivamente ya sea por aumento de los regadíos principalmente o por los usos hidroeléctricos, es el factor principal de esta degradación ambiental. Esto ha sido reconocido ampliamente por numeroso trabajos históricos e hidrológicos. Es posible que existan otros procesos naturales, pero subordinados- o causados por aquél. Resulta interesante destacar las conclusiones a las cuales llega el trabajo de la Fundación FUNIF en 1999:

Es una realidad el avance del desierto en la zona de las Lagunas de Guanacache, originado por el desecamiento de este complejo lacustre.

El uso intensivo de las aguas de los ríos Mendoza y San Juan, para las necesidades de las zonas de regadíos, es el factor principal de que no lleguen ya aportes a las Lagunas de Guanacache.

Los ocasionales aportes de aguas sobrantes de crecientes que llegan a las Lagunas de Guanacache no permiten restablecer su espejo normal de antaño.

La situación actual existente ha significado para la provincia de San Luis que el cauce del río Desaguadero no aporte aguas al del Bebedero y por consiguiente se ha producido el desecamiento de la laguna del mismo nombre, el avance del desierto en el linde territorial con Mendoza y San Juan y el desecamiento y salinización del curso Desaguadero-Salado.

Lic. Diego Masci
Comunicación Institucional
Defensoría del Pueblo