La responsabilidad… 05. Apéndice
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- El 12 enero, 2010
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La gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en Argentina
05. APÉNDICE
Apéndice I: Pruebas de la implementación de la responsabilidad individual 25
Tabla A Ejemplos de responsabilidad individual (1): cuando la diferenciación por marcas es realizada por el usuario final
Productos (países)
|
Forma de recolección y
diferenciación |
Arreglo con el establecimiento
de valorización |
Forma de pago de los consumidores
|
Fotocopiadoras (Japón)
|
El productor o la empresa de servicios las recupera.
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La valorización se realiza en el establecimiento de la empresa.
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Internalización de costos
|
Computadoras usadas de oficinas (Países Bajos, Suiza, Japón); AEE grandes de uso profesional (Suecia)
|
El productor/la parte contratada
los recupera |
Los productores firman contratos directos con los encargados del reciclaje, los que, en el caso de Suiza, deben tener una licencia otorgada por una ORP.
|
Internalización en el precio de los productos nuevos (Países Bajos, Suecia); tarifas planas por adelantado (Suiza); paga el usuario final (Japón)
|
Tecnología de la información y
la comunicación (Suecia, Noruega) |
Una empresa intermediaria recupera los aparatos de las oficinas. Una empresa intermediaria establece puntos de recolección distintos para electrodomésticos.
|
Una empresa intermediaria se hace cargo de la valorización a pedido de los productores.
|
Internalización de costos
|
Computadoras usadas en los
hogares (Japón) |
Se devuelven al productor mediante encomienda postal.
|
La valorización se realiza en el establecimiento de la empresa.
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Productos históricos: paga el usuario final; productos nuevos:
tarifas individuales por desechado, visibles y de pago adelantado |
Automóviles (Suecia; vendidos
posteriormente a 1998) |
Los usuarios finales llevan los automóviles a los desguazadores contratados por los respectivos productores.
|
Los productores firman contratos directos con los encargados del reciclaje. En el caso de algunos importadores, los contratos son hechos por una compañía de seguros.
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Internalización en el precio de los
productos nuevos |
Electrodomésticos grandes
(Japón) |
Los minoristas se ocupan de la recolección. Los usuarios finales adquieren órdenes de reciclaje emitidas por cada marca.
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La valorización se realiza en el establecimiento de la empresa o los productores firman contratos directos con otros productores y encargados de reciclaje.
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Paga el usuario final
|
Pilas para usuarios
comerciales (Países Bajos) |
El usuario final las devuelve en comercios intermediarios establecidos.
|
Los productores firman contratos directos con los encargados del reciclaje.
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Internalización de costos.
Cuando se trata de cantidades grandes, paga el usuario final. |
Esto ocurre cuando los usuarios de gran parte de los productos son establecimientos comerciales; no obstante, también existen medidas que regulan la recolección de productos de marcas específicas en casas de familia. Algunos productos (como los AEE grandes de uso profesional y las fotocopiadoras) tienen valores finales altos, mientras que otros no. El modo en que se recolectan los productos de marcas específicas puede variar, como así también el grado de participación de los usuarios finales. Por lo general, los productos se recogen de los usuarios comerciales, pero la participación de los usuarios finales aumenta cuando se trata de RAEE producidos en los hogares. La forma de pago de los consumidores también varía e incluye la internalización de costos, tanto de las tarifas planas e individuales desechadas, visibles y pagadas por adelantado y los casos en los que paga el usuario final. Del mismo modo, cada fabricante tiene distintos grados de participación en la organización de los procesos de recolección y valorización. Algunos fabricantes locales poseen sus propias plantas de valorización, y otras firman contratos con empresas que se encargan del reciclaje. Además de los acuerdos que puedan hacerse con los establecimientos de valorización, la
recolección directamente del usuario es organizada por los mismos productores o se deriva a un tercero. No obstante, lo normal es que los productores, en su totalidad, tengan control sobre el manejo de sus productos.
Diferenciación en los puntos intermediarios de recolección
También existe la posibilidad de clasificar los productos por marca una vez que se recolectan de los consumidores y se derivan a puntos intermediarios de recolección. Los puntos intermediarios de recolección incluyen comercios minoristas, centros regionales de almacenamiento, puntos municipales de recolección, establecimientos de recolección pertenecientes a terceros contratados por los productores, y otros sitios similares. La tabla B resume estos ejemplos.
A pesar de la percepción negativa de algunos de los entrevistados a cargo de sistemas colectivos, la clasificación en los puntos intermediarios de recolección se ha venido llevando a cabo de varias maneras. Una solución es que las empresas que deseen contar con un sistema separado establezcan puntos distintos de recolección, como ocurre con los equipos informáticos y de computación en Suecia y en Noruega y con los fabricantes de electrodomésticos grandes en Japón. Esto les permite a las empresas disfrutar de una economía de escala en lo que respecta al transporte y al manejo de los puntos de recolección, a la vez que les da mayor poder para controlar sus propios productos. Al mismo tiempo, es posible concretar acuerdos especiales con los comercios minoristas. Tal como ocurre cuando se diferencian las marcas de los productos desechados al recolectarlos directamente de los usuarios finales, en este caso, el grado de participación de cada productor en la organización de los procesos de recolección y valorización también varía. A menudo estos procesos se derivan a un tercero, lo que no quita que los productores tengan control sobre el destino de sus productos. La forma de pago de los consumidores varía en cada caso.
Tabla B Ejemplos de responsabilidad individual, física y financiera (2): cuando la diferenciación por marcas se realiza en los puntos intermediarios de recolección
Productos (países)
|
Forma de diferenciación
|
Arreglo con el establecimiento de valorización
|
Forma de pago de los consumidores
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Máquinas de café (Suiza)
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Los comercios minoristas las
separan del resto de RAEE; organizado por una ORP. |
La valorización se realiza en el
establecimiento de la empresa. |
Tarifas planas por desechado, visibles y de pago adelantado
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Tecnología de la información y la comunicación (Suecia, Noruega)
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La clasificación es realizada por una empresa intermediaria en los distintos puntos de recolección, cuando así se solicite.
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Una empresa intermediaria se hace cargo de la valorización a
pedido de los productores. |
Internalización de costos
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Electrodomésticos grandes (Japón)
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Los comercios minoristas, los municipios y las entidades legales designadas acercan los productos desechados a dos centros regionales de almacenamiento, según las marcas.
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La valorización se realiza en el establecimiento de la empresa o los productores firman contratos directos con otros productores y encargados de reciclaje.
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Paga el usuario final
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Diferenciación en los establecimientos de valorización
La tabla C resume los casos en los que las marcas de los productos desechados que se recolectan y se transportan juntos a los establecimientos de valorización se diferencian en las plantas. En los ejemplos, se describe que el manejo físico de los productos se realiza de forma colectiva, al menos según el procedimiento actual, y que todos los productos desechados pasan por el mismo proceso de valorización. Sin embargo, las marcas de los productos —y, en el caso de Japón, también los modelos— se diferencian antes del proceso de valorización. La participación de los productores en las actividades de recolección y valorización disminuye, en especial en el caso de los productores de tecnología de la información y comunicación en Suiza y los Países Bajos. No obstante, ellos cuentan con un mecanismo que les permite identificar y llevar un registro de los productos que llegan a las plantas de valorización.
En los sistemas expuestos, el nivel de diseño para el final de la vida útil no se refleja en el monto que pagan los productores, aunque sí se demuestra que pueden diferenciarse las marcas y los modelos de productos en los establecimientos de valorización.
Tabla C Ejemplos de responsabilidad individual, física y financiera (3): cuando la diferenciación por marcas se realiza en los establecimientos de valorización
Productos (países)
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Forma de diferenciación
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Arreglo con el establecimiento de valorización
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Forma de pago de los consumidores
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Tecnología de la información y la comunicación (Países Bajos, hasta fines de 2002)
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Se registraron las marcas y el peso de cada producto.
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Una ORP se encarga de los arreglos generales.
El establecimiento de reciclaje envía una factura a cada productor, teniendo en cuenta el monto total de productos desechados reciclados. |
Internalización de costos
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Electrodomésticos grandes (Japón)
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Un manifiesto adjunto señala la marca y el modelo de cada producto.
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La valorización se realiza en el establecimiento de la empresa o los productores firman contratos directos con otros productores y encargados de reciclaje.
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Paga el usuario final
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Tecnología de la información y la comunicación (Suiza)
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Se toman muestras periódicas para conocer la cantidad promedio de productos devueltos que fueron fabricados por cada marca.
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Una ORP se encarga de los arreglos generales. Los productores le pagan a la ORP en proporción a la cantidad de productos.
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Tarifas planas por desechado, visibles y de pago adelantado
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Apéndice II: Normas de tratamiento en las directivas RAEE de la UE 25
Tratamiento selectivo de materiales y componentes de RAEE de acuerdo con el artículo 6 (1)
1. Las siguientes sustancias, preparados y componentes deben, como mínimo, quitarse de cualquier RAEE que se recolecte en forma separada:
- capacitores que contengan bifenilos policlorados de acuerdo con la directiva del Consejo 96/59/EC del 16 de septiembre de 1996 sobre el desecho de bifenilos policlorados y terfenilos policlorados (1);
- componentes que contengan mercurio, como interruptores o lámparas de luz difusa;
- pilas;
- placas de circuitos impresos, generalmente, de teléfonos móviles, o de otros aparatos, si la superficie de la placa mide más de diez centímetros cuadrados;
- cartuchos de tóner, líquidos y pastosos, y tóner de color;
- plásticos que contengan retardadores de llama bromados;
- residuos de amianto y componentes que contengan amianto;
- tubos de rayos catódicos;
- clorofluorocarbonos (CFC), hidroclorofluorocarbonos (HCFC) o hidrofluorocarbonos (HFC), hidrocarbonos (HC);
- lámparas de descarga de gas;
- pantallas de cristal líquido (junto con sus soportes, cuando sea necesario) con una superficie mayor de 100 centímetros
cuadrados y toda pantalla que se ilumine mediante lámparas de descarga de gas; - cables eléctricos externos;
- componentes que contengan fibras cerámicas refractarias, tal como se describe en la directiva de Comisión 97/69/EC del 5 de diciembre de 1997, acerca de la adaptación a los avances técnicos, y la directiva del Consejo 67/548/EEC, en relación con la clasificación, el embalaje y el etiquetado de sustancias peligrosas (2);
componentes que contengan sustancias radioactivas, excepto los que estén por debajo de los niveles de exención dispuestos en el artículo 3 y en el anexo I de la directiva del Consejo 96/29/Euratom del 13 de mayo de 1996, la que establece normas de seguridad básicas con el fin de proteger la salud de los obreros y del público en general contra los peligros provocados por la radiación ionizante (3), - capacitores electrolíticos que contengan sustancias peligrosas (con una altura de 25 mm, un diámetro de 25 mm, o un
volumen proporcionalmente similar) Estas sustancias, preparados y componentes deben desecharse y
valorizarse de acuerdo con el artículo 4 de la directiva del Consejo 75/442/EEC.
2. Los siguientes componentes de RAEE que se recolectan en forma separada deben tratarse de la siguiente manera:
- tubos de rayos catódicos: debe quitarse la capa fluorescente;
- equipos que contengan gases que dañen la capa de ozono o tengan un potencial de calentamiento global (PCG) superior a 15, como los de las espumas y circuitos de refrigeración: los gases deben extraerse y tratarse adecuadamente; los gases que dañan la capa de ozono deben tratarse de acuerdo con la disposición (EC) Nº 2037/2000 del Parlamento europeo y del Consejo del 29 de junio de 2000, referida a las sustancias que dañan la capa de ozono (4);
- lámparas de descarga de gas: debe quitarse el mercurio.
3. Teniendo en cuenta las consideraciones ambientales y la conveniencia de poner en práctica procesos de reutilización y reciclaje, los términos en los párrafos 1 y 2 deberían aplicarse de tal modo que la reutilización y el reciclaje de componentes o de equipos enteros se lleve a cabo sin problemas y de forma adecuada en términos ambientales.
Requerimientos técnicos de acuerdo con el artículo 6(3)
1. Lugares para almacenar (incluso en forma temporaria) RAEE antes de su tratamiento (sin perjuicio de los requerimientos de la directiva del Consejo 1999/31/EC):
- superficies impermeables en las áreas que corresponda, con implementos para recoger lo que pueda derramarse y, en el caso de ser necesario, decantadores y limpiadores desengrasantes;
- protección impermeable en las áreas que corresponda.
2. Lugares para el tratamiento de RAEE:
- balanzas para pesar los desechos tratados;
- superficies y protección impermeables en las áreas que corresponda, con implementos para recoger lo que pueda derramarse y, en el caso de ser necesario, decantadores y limpiadores desengrasantes;
- condiciones de almacenamiento adecuadas para las piezas
desensambladas; - recipientes adecuados para el almacenamiento de pilas, de capacitores que contengan bifenilos policlorados y terfenilos
policlorados y de otros residuos peligrosos, como los radioactivos; - equipos para el tratamiento del agua, acordes con lo que estipulan las disposiciones en materia de salud y medio ambiente.
Apéndice III: Comparación entre países
Argentina
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India
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Unión Europea*
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Suiza
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Maine, EE.UU.
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Marco legal
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N.C. (No corresponde)
(Las propuestas de leyes aún están en elaboración.) |
N.C. (En las pautas para el manejo adecuado en términos ambientales de residuos electrónicos, establecidas en 2008, se propuso aplicar a algunos RAEE leyes ya existentes relacionadas con residuos peligrosos.)
|
Directiva 2002/96/EC del Parlamento europeo y del Consejo del 27 de enero de 2003 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE de la UE) (2002)**
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Ordenanza para la
devolución, el recupero y el desecho de electrodomésticos aparatos electrónicos (1998) |
Ley para la protección del medio
ambiente y la salud pública mediante la promoción de un sistema de responsabilidad compartida para la seguridad en el reciclaje y la recolección de residuos electrónicos (2004) |
Normas para productos elaborados según normativas similares a las RoHS
|
N.C.
|
N.C.
|
Directiva 2002/95/EC del
Parlamento europeo y del Consejo del 27 de enero de 2003 sobre la restricción en el uso de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directivas RoHS de la UE) (2002, en vigencia a partir de julio de 2006) |
Ordenanza para la reducción de riesgos en el manejo de determinadas sustancias particularmente peligrosas (2005, en vigencia a partir del 18 de mayo)
|
Ley para reducir la contaminación de
la leche materna y del medio ambiente causada por la liberación de productos químicos bromados en los productos de consumo masivo (2004, en vigencia a partir de enero de 2006; sólo para retardadores de llama bromados) |
Alcance
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N.C.
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N.C.
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Directivas RAEE de la UE:
todos los aparatos eléctricos y electrónicos agrupados en 10 categorías de productos *** Directivas RoHS de la UE: 8 de las categorías de productos que figuran en las directivas RAEE de la UE, además de lamparillas eléctricas y aparatos de iluminación hogareños *** |
Aparatos electrónicos de consumo masivo que funcionan con energía eléctrica; aparatos de oficina; tecnología de la información y la comunicación; electrodomésticos;
artefactos de iluminación; lámparas (excepto las incandescentes); herramientas (excepto las herramientas industriales fijas de gran tamaño); aparatos utilizados para el deporte y el esparcimiento; juguetes (y sus componentes) |
Unidades centrales de procesamiento
de computadoras y aparatos de reproducción de video |
ORP
|
N.C.
|
N.C.
|
Al menos una por estado
miembro |
SWICO (aparatos electrónicos como radios, televisores y videojuegos) y SENS (electrodomésticos
grandes como lavarropas y heladeras) |
Principalmente, un programa RIP que
permita soluciones colectivas |
Medidas para una futura recolección por separado
|
N.C.
|
N.C.
|
Sí
|
Sí
|
Sí
|
Clasificación en productos históricos y nuevos
|
N.C.
|
N.C.
|
Sí; a partir del 13 de agosto de 2005
|
No
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No; pero tiene un programa basado
en las marcas y, además, exige que todos los productos que se hayan lanzado al mercado después del 1 de enero de 2005 tengan etiquetas que los identifiquen |
Recolección física
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Algunas marcas, a través de los centros de atención
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A través del sector informal
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Varía según el estado
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