Decreto que modifica la Ley de Aguas Naturales. Parte 08
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- El 1 enero, 2000
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TÍTULO SEXTO Usos del Agua Capítulo I Uso Público Urbano ARTÍCULO 44. La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales o del subsuelo por parte de los sistemas del Distrito Federal, estatales o municipales de agua potable y alcantarillado, se efectuarán mediante asignación que otorgue "la Autoridad del Agua", en los términos dispuestos por […]