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El daño ambiental es competencia originaria de la Corte

La Corte Suprema declaró su competencia originaria para entender en una causa en la que se solicitaba la prevención, protección y preservación de una cuenca de un río de la Patagonia. Por otro lado le solicitó a los actores que presentes informes actualizados que permitan acreditar el deterioro ambiental. En cambio, se declaró incompetente para resolver sobre la indemnización de daños y perjuicios y ordenó que ésta debía requerirse por vía ordinaria