Aplicaciones de la ley 19.587 en aparatos sometidos a presión
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- El 1 enero, 2000
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Todos aquellos que conocen la peligrosidad de aquellos equipos que trabajando con gases sometidos a presión (con o sin fuego), no dudan que las medidas de prevención de los accidentes relacionados con esta problemática, son necesarias y hasta insuficientes dada la siniestralidad existentes.
Aire, oxigeno, acetileno, metano, propano, butano, hidrógeno y otros son gases de común utilización en la industria y en el hogar.
Si bien es muy cierto que se debe mantener estos equipos en perfectas condiciones efectuando los controles correspondientes contemplando plenamente las normas a las que deben ajustarse, no es menos cierto que deben ser previstos los accidentes que por fallas o ataques externos de orden físico-químicos puedan producirse en las fuentes de alimentación (cilindros de almacenamiento y válvulas de suministro) y en el resto del equipo(tuberías rígidas y flexibles reguladores, quemadores o aparatos de transmisión neumática.
La Ley 19.587 contempla las posibles innovaciones tecnológicas destinadas a la prevención surgidas a de su sanción en el Inciso1 Art.5. La “adopción y aplicación… de los medios científicos y técnicos adecuados y actualizados que hagan a los objetivos de esta ley. El decreto reglamentario se ocupa de especificar los requisitos que deben satisfacer los “dispositivos de seguridad, en el Articulo 107,haciendo referencia también en el Articulo 110 a las “herramientas”, en el 135 a “tuberías”, en los Artículos 138 y 141 del capitulo “ Aparatos que pueden desarrollar presión interna” y en el 162 a ”Equipos de calefacción”, en todos los que se contemplan prevenciones a las que habrían de ser destinadas la fabricación de válvulas de bloqueo automático y total por exeso de flujo y al que tendrían que ajustarse todas las variaciones de las mismas que pudieran tener lugar, posteriormente, dentro del régimen federal, habrían de dictarse otras normativas, de las que podríamos destacar la resolución 1069 del año 1991,del ministerio de trabajo y seguridad social de la Nación, que en el Articulo 735 estipula que para el uso de equipos oxiacetilénicos o similares “Se colocarán válvulas de bloqueo automático por exeso instantanio de flujo”.
Es evidente la preocupación por prevenir los accidentes en estos equipos ya que los siniestros son generalmente fatales, afectando en forma inmediata al operador y operarios cercanos y, de acuerdo a la magnitud, a equipos e instalaciones (dificilmente no culmine en un incendio).
En los equipos oxiacetilénicos el accidente mas común, de origen interno, es el retroceso de llama; en dónde por diversas causas la llama del pico del soplete retrocede por el mismo llegando a la manguera de suministro; ésta se quema y estalla por efecto del calor y se convierte en un virtual lanza llama . En el caso del conducto de oxigeno que lleva presiones de hasta 10 kg/cm2 comienza un viboreo de la manguera, afectando rápidamente una gran área.
En los cilindros de almacenamiento, la rotura de la válvula de suministro o la destrucción del regulador de presión hace que la salida del mismo sea directa y a la presión que tenga en ese momento.
Estos tubos están expuestos a estos accidentes durante su manipuleo y transporte.
Los cilindros que alimentan con GNC a equipos de carburación en automotores están obviamente expuestos en los choques y su presión máxima es de 200kg/cm2. Mas fácilmente expuestos están los conductos que van desde el cilindro al regulador. Lo mismo ocurre con los automotores alimentados con GLP.
Los equipos de alimentación por GLP (garrafas) están generalmente expuestos (sobre todo las mangueras), a ser afectados interna y externamente. Debido a la precariedad de estas instalaciones, en su mayoría móviles, son afectadas por agentes mecánicos(tensión, desgaste, cortaduras, aplastamientos etc.) o térmicos (calor solar o del mismo artefacto que alimenta ya sea por transmisión o fuego directo)
En nuestro país existe la tecnología necesaria para prevenir estos siniestros. Estos elementos superan las normas internacionales de calidad (no hay normas nacionales).
Jorge Ismael Mustafá
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