Provincia de La Rioja
- Creado por admin
- El 9 noviembre, 2015
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Provincia de La Rioja |
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Residuos
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Residuos Industriales asimilables RSU
La Ley 8.277 prohíbe el uso de bolsas de material no biodegradable para contener las mercaderías, materiales o productos expedidos por hipermercados, supermercados, almacenes, comercios y/o industrias en general en todo el territorio de la Provincia de La Rioja. Mediante la Ley 8.735, la provincia adhiere en todos sus términos, a la Ley Nacional 24.051, de Generación, Manipulación, Transporte, Trat. y Disp. Final de Residuos Peligrosos.
La Ley 6.250 prohíbe la introducción, el depósito y el transporte de residuos radioactivos, tóxicos peligrosos o susceptibles de serlo. |
Ley 8.837
La Ley 6.281 aprueba el Marco Regulatorio (Anexo A) del Servicio de Agua Potable y Desagües Cloacales, a nivel provincial.
Política Hídrica Provincial. Ley 8.871
La Ley 9.356 establece el procedimiento aplicable para la delimitación y demarcación de la línea de ribera en ríos, cursos de agua, acequias, canales y cuerpos de agua de la provincia, como así también el Régimen de Usos de los Bienes Inmuebles en Áreas Inundables. |
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La Ley 8.072 crea un Registro Único de Consultores para la elaboración de Informes o Estudios de Impacto Ambiental. La Res. 212/08 implementa el Registro Único de Consultores de Informes o Estudios de Impacto Ambiental para la Provincia, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 8.072 y las normas que se detallan en la presente. |
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Mediante la Ley 4.741 y su Decreto reglamentario 773/93 se establece el marco regulatorio de las descargas de los Efluentes Líquidos Industriales, los sistemas de depuración y fiscalización de los mismos. Se excluyen del régimen de la presente, los desagües cloacales de los servicios sanitarios de los establecimientos industriales descargados en forma indepen- diente a pozos absorbentes o a colectora cloacal. |
Ley 9.711. Ordenamiento de los Bosques Nativos existentes en el territorio de la Provincia.
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Ley 7.508
La Ley 9.170 regula la aplicación de agroquímicos. |
A través de la Ley 8.190, se declara de Interés Provincial y Público la generación y uso de energías alternativas blandas o limpias a partir de la aplicación y uso de las fuentes renovables. |
Ley 6.006: Generadores de Vapor.
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Mediante la Ley 8.441, queda prohibido en todo el territorio provincial la circulación de automotores sin chapa patente identificatoria, conforme a las normas de orden nacional, provincial y municipal. |
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